7/20/2016

RESOLUCIÓN N° 1020-2016-JNE Restablecen la vigencia de credencial otorgada a alcalde de la

Restablecen la vigencia de credencial otorgada a alcalde de la Municipalidad Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac RESOLUCIÓN Nº 1020-2016-JNE Expediente Nº J-2016-00063-I01 TALAVERA - ANDAHUAYLAS - APURÍMAC INHABILITACIÓN Lima, once de julio de dos mil dieciséis VISTOS el Oficio Nº 1168-2016-P-CSJAP/PJ, recibido el 26 de junio de 2016, remitido por René Olmos Huallpa, presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, y la solicitud de reestablecimiento de credencial
Restablecen la vigencia de credencial otorgada a alcalde de la Municipalidad Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN Nº 1020-2016-JNE
Expediente Nº J-2016-00063-I01
TALAVERA - ANDAHUAYLAS - APURÍMAC
INHABILITACIÓN
Lima, once de julio de dos mil dieciséis VISTOS el Oficio Nº 1168-2016-P-CSJAP/PJ, recibido el 26 de junio de 2016, remitido por René Olmos Huallpa, presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, y la solicitud de reestablecimiento de credencial presentada el 27 de junio de 2016 por Juan Andía Peceros.

ANTECEDENTES
1. Por medio de la sentencia del 22 de diciembre de 2015 (fojas 3 a 21), el Juzgado Penal Liquidador de Andahuaylas, en el Expediente Nº 00146-2014-0-0302-JR-PE-01, condenó a Juan Andía Peceros, alcalde de la Municipalidad Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, como autor del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de abuso de autoridad, en agravio de Lázaro Huallpa Ortega.

593611 NORMAS LEGALES
Miércoles 20 de julio de 2016
El Peruano / A través de dicha sentencia, se le impuso dos años de pena privativa de la libertad, con ejecución suspendida e inhabilitación por el mismo periodo, conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal, en concordancia con el artículo 426 del mismo cuerpo legal.

2. Asimismo, mediante Oficio Nº 183-2016-CSJAP/ PJ, recibido el 4 de febrero de 2016 (fojas 111 a 137), el presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac remite los Oficios Nº 0116-2016-JPLIQ-AND-CSJAP/ PJ.2SEC y Nº 0156-2016-JPLIQ-AND-CSJAP/PJ.2SEC, a través de los cuales el Juzgado Penal Liquidador de Andahuaylas informa que se ha dispuesto la ejecución provisional de la pena de inhabilitación que se le impuso al cuestionado alcalde en la sentencia condenatoria de fecha 22 de diciembre de 2015.

3. En mérito a lo dispuesto por el órgano jurisdiccional, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución Nº 0070-2016-JNE, del 5 de febrero de 2016 (fojas 249 a 251), dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial otorgada a Juan Andía Peceros, que lo reconoce en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac. Asimismo, convocó a César Quintana Moscoso y a Josefina Ojeda Ramírez para que asuman, de forma transitoria, el cargo de alcalde y regidora, respectivamente, de la citada entidad edil.

4. Posteriormente, mediante oficio del visto, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac remitió el Oficio Nº 1168-2016-P-CSJAP/PJ, recibido el 26 de junio de 2016, con el que envió los Oficios Nº 818-2016-SMDIAND.CH-CSJAP/PJ y Nº 01-2016-RP-SMDIACH, a través de los cuales remitió, a su vez, copia certificada de la Resolución Nº 60, de fecha 9 de junio de 2016 (sentencia de vista), recaída en el Expediente Nº 09-2016, que declaró nula la sentencia contenida en la Resolución Nº 46, del 22 de diciembre de 2015, que condenó al mencionado burgomaestre como autor del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de abuso de autoridad, por lo que le impuso dos años de pena privativa de la libertad, con ejecución suspendida, inhabilitación por el mismo periodo, conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal, y el pago de la suma de cinco mil soles por concepto de reparación civil.

5. Por consiguiente, en atención al Oficio Nº 1168-2016-P-CSJAP/PJ, de fecha 26 de junio de 2016, remitido por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, mediante el cual se informó que el órgano jurisdiccional competente ha declarado nula la sentencia que comprendía la pena de inhabilitación impuesta por el Juzgado Penal Liquidador de Andahuaylas, corresponde reestablecer la credencial concedida a Juan Andía Peceros, debido a que la razón por la cual se dejó sin efecto la credencial otorgada a dicha autoridad edil ya no está existe.

6. Por ello, también corresponde dejar sin efecto las credenciales concedidas a César Quintana Moscoso y a Josefina Ojeda Ramírez, quienes habían asumido de modo provisional el cargo de alcalde y regidora, respectivamente, del Concejo Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, los cuales fueron convocados a través de la Resolución Nº 0070-2016-JNE, del 5 de febrero de 2016.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a César Quintana Moscoso, con la cual asumió provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, conforme se dispuso en la Resolución Nº 0070-2016-JNE.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Josefina Ojeda Ramírez, con la cual asumió provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, conforme se dispuso en la Resolución Nº 0070-2016-JNE.

Artículo Tercero.- REESTABLECER la vigencia de la credencial otorgada a Juan Andía Peceros, que lo reconoce como alcalde de la Municipalidad Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
FERNÁNDEZ ALARCÓN
CHANAMÉ ORBE
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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