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RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 072-2016-OEFA/SG Aprueban el Sistema de Registro y Control del
8/07/2016
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 072-2016-OEFA/SG Aprueban el Sistema de Registro y Control del
Aprueban el Sistema de Registro y Control del Certificado de Descuento sobre Multas (SIRCDM) del OEFA y Lineamientos para el Acceso y Uso del SIRCDM RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 072-2016-OEFA/SG Lima, 5 de agosto de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Nº 033-2016-OEFA/ OTI de la Oficina de Tecnologías de la Información, el Memorando Nº 1293-2016- OEFA-OA de la Oficina de Administración y el Informe Nº 368-2016-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 072-2016-OEFA/SG
Lima, 5 de agosto de 2016
VISTOS: El Informe Técnico Nº 033-2016-OEFA/ OTI de la Oficina de Tecnologías de la Información, el Memorando Nº 1293-2016- OEFA-OA de la Oficina de Administración y el Informe Nº 368-2016-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 5º del Reglamento del Régimen de Incentivos en el ámbito de la fiscalización ambiental a cargo del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 040-2014-OEFA-CD, establece que el Certificado de Descuento sobre Multas constituye un incentivo económico que tiene por finalidad reconocer la inversión realizada por la unidad fiscalizable para la ejecución de las prácticas que superen en términos positivos lo dispuesto en la normativa ambiental y/o en sus compromisos ambientales;
El referido artículo señala que el Certificado de Descuento sobre Multas es un documento que contiene un valor económico expresado en Unidades Impositivas Tributarias (UIT), el cual es otorgado por el OEFA a favor de un administrado. El referido certificado tiene carácter divisible y es transferible solo por el administrado beneficiario que obtuvo el incentivo económico como reconocimiento a su buena práctica. Asimismo, precisa que dicho certificado tiene como único fin el pago de multas administrativas impuestas por el OEFA; en ningún caso se podrá utilizar para cancelar multas impuestas por la comisión de hallazgos críticos previstos en el Artículo 18º del Reglamento de Supervisión Directa del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 016-2015-OEFA-CD;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 002-2016-OEFA/CD se aprobó las "Disposiciones para el Uso del Certificado de Descuento sobre Multas otorgado por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA", de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Reglamento del Régimen de Incentivos, que regula entre otros, el ámbito de aplicación, registro, emisión y 596358 NORMAS LEGALES
Domingo 7 de agosto de 2016 / El Peruano otorgamiento del Certificado de Descuento sobre Multas, así como su uso y prohibiciones, la transferencia y el trámite para el pago de multas administrativas con cargo al Certificado de Descuento sobre Multas o Certificado de Transferencia;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la acotada norma señala que a través de un sistema informático se realizará progresivamente las acciones establecidas para el uso del Certificado de Descuento sobre Multas, en el que se emitirá el Reporte de multas administrativas, Reporte de saldo y será empleado para la emisión y registro del Certificado de Descuento sobre Multas, Certificado de Transferencia y Certificado de Pago;
Que, asimismo, la referida disposición establece que la Secretaría General aprobará las disposiciones que regulen la obligatoriedad y uso del sistema, así como las responsabilidades de los órganos a cargo de su administración, control y registro;
Que, el Numeral 9.1 del Artículo 9º de la Directiva Nº 009-2015-OEFA/SG "Lineamientos para el Desarrollo y/o Mantenimiento de Aplicativos y/o Sistemas Informáticos en el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA" aprobado por Resolución de Secretaria General Nº 082-2015-OEFA/SG precisa que la Oficina de Tecnologías de la Información es la responsable de realizar el análisis, diseño, construcción, pruebas e implantación de sistemas informáticos alineados a los procesos y objetivos de la institución, así como de mantenerlos actualizados en producción;
Que, el Numeral 9.3 del Artículo 9º de la Directiva Nº 009-2015-OEFA/SG señala que culminado el desarrollo del sistema informático y dada la conformidad correspondiente, es responsabilidad del área usuaria el uso y registro de la información en el mismo;
Que, mediante Informe Técnico Nº 033-2016-OEFA/ OTI, la Oficina de Tecnologías de la Información, concluye que el Sistema de Registro y Control del Certificado de Descuento sobre Multas (SIRCDM) ha sido implementado en base a los requerimientos definidos por cada una de las áreas usuarias, esto es la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos y la Oficina de Administración; asimismo, remite los Lineamientos para el Acceso y Uso del SIRCDM, los cuales cuentan con la conformidad de las áreas usuarias;
Que, al respecto, con Informe Nº 368-2016-OEFA/ OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta necesario aprobar mediante Resolución de Secretaría General el Sistema de Registro y Control del Certificado de Descuento sobre Multas (SIRCDM) y los Lineamientos para el acceso y uso del referido sistema, el cual identifica a los órganos encargados de la administración, control y registro;
Que, en ese sentido, corresponde aprobar el Sistema de Registro y Control del Certificado de Descuento sobre Multas (SIRCDM); así como los Lineamientos que señalen las condiciones de acceso y uso del referido sistema;
Con el visado de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, la Oficina de Tecnologías de la Información, la Oficina de Administración, y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de las Disposiciones para el Uso del Certificado de Descuento sobre Multas otorgado por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 002-2016-OEFA/ CD, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal d) del Artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Sistema de Registro y Control del Certificado de Descuento sobre Multas (SIRCDM) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
OEFA.
Artículo 2º.- El Sistema de Registro y Control del Certificado de Descuento sobre Multas (SIRCDM) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
constituye el conjunto de elementos interrelacionados que permiten realizar un control adecuado de los Certificados de Descuento sobre Multas y transferencias aplicables a los pagos de multas administrativas por parte de los administrados beneficiarios y adquirentes.
Artículo 3.- Aprobar los Lineamientos para el Acceso y Uso del Sistema de Registro y Control del Certificado de Descuento de Multas - SIRCDM del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAURICIO AUGUSTO RICARDO CUADRA
MORENO
Secretario General
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