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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 281-2016-EF/52 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito
8/23/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 281-2016-EF/52 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito
Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2016-EF/52 Lima, 22 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 196-2016-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento - CAF, hasta por la suma de US$ 153 813 112,00 (CIENTO CINCUENTA Y
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2016-EF/52
Lima, 22 de agosto de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 196-2016-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento - CAF, hasta por la suma de US$ 153 813 112,00 (CIENTO CINCUENTA
Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL
CIENTO DOCE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa, cuya Unidad Ejecutora estará a cargo del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, a través del Proyecto Especial Chavimochic (PECH);
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del citado Decreto Supremo dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará al Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, los recursos provenientes de la citada operación de endeudamiento externo mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado mediante resolución ministerial;
Que, asimismo, el numeral 4.2 del acotado artículo 4 señala que el citado Convenio establecerá, adicionalmente, los términos y condiciones en los cuales el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad trasladará al Ministerio de Economía y Finanzas los recursos relacionados con el servicio de la deuda derivada de la operación de endeudamiento externo;
Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, señala que los pagos a favor del Gobierno Nacional, correspondientes a compromisos de deuda generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, son efectuados a través de un fideicomiso; además, dicha norma establece que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar dichos pagos se realicen mediante Asignaciones Financieras, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlo directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda;
Que, de otro lado, con fecha 09 de mayo de 2014, el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad y la empresa Concesionaria Chavimochic S.A.C. suscribieron el Contrato de Concesión "Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic", en cuyo marco se ha constituido un fideicomiso denominado "Fideicomiso Chavimochic - BN" en el Banco de la Nación, mediante el contrato Primera Enmienda al Contrato de Fideicomiso, celebrado el 27 de octubre de 2014, entre el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, la empresa Concesionaria Chavimochic S.A.C., el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, conforme al cual, entre otros, se establece el procedimiento de reembolso del citado Gobierno Regional al Ministerio de Economía y Finanzas de los recursos correspondientes al servicio de deuda de la mencionada operación de endeudamiento externo;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, la Ley Nº 30374, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el Decreto Supremo Nº 196-2016-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos y lo referido a la atención del servicio de la deuda derivada de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 196-2016-EF.
Artículo 2.- El mecanismo de pago de las obligaciones derivadas del Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, será el Fideicomiso constituido en virtud del contrato Primera Enmienda al Contrato de Fideicomiso celebrado el 27 de octubre de 2014, entre el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, la empresa Concesionaria Chavimochic S.A.C., el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación.
Artículo 3.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo 1 de esta Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
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