10/14/2016

DECRETO SUPREMO N° 282-2016-EF Modifican la tasa de restitución de derechos arancelarios

Modifican la tasa de restitución de derechos arancelarios contemplada en el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 104-95-EF DECRETO SUPREMO Nº 282-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 104-95-EF aprobó el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, el cual ha sido posteriormente modificado; Que, el Decreto Supremo Nº 314-2014-EF
Modifican la tasa de restitución de derechos arancelarios contemplada en el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 104-95-EF
DECRETO SUPREMO Nº 282-2016-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo Nº 104-95-EF aprobó el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, el cual ha sido posteriormente modificado;

Que, el Decreto Supremo Nº 314-2014-EF modificó la tasa de restitución de derechos arancelarios a la que se refiere el primer párrafo del Artículo 3 del señalado Reglamento;

601578 NORMAS LEGALES
Viernes 14 de octubre de 2016 / El Peruano Que, de acuerdo al contexto internacional se ve conveniente modificar la señalada tasa;

De conformidad con lo establecido en el artículo 74
y los incisos 8) y 20) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación de la Tasa de Restitución de Derechos Arancelarios señalada en el Decreto Supremo Nº 104-95-EF
1.1 La tasa de restitución de derechos arancelarios a la que se refiere el primer párrafo del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 104-95-EF será de 4%.

1.2 A partir del 01 de enero de 2019, la tasa de restitución antes señalada será de 3%.

Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas

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