10/30/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 369-2016-VIVIENDA Aprueban listados que contienen Valores Arancelarios de

Aprueban listados que contienen Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos para Centros Poblados Menores ubicados en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 369-2016-VIVIENDA Lima, 26 de octubre de 2016 VISTOS, el Informe Nº 379-2016-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU
Aprueban listados que contienen Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos para Centros Poblados Menores ubicados en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 369-2016-VIVIENDA
Lima, 26 de octubre de 2016
VISTOS, el Informe Nº 379-2016-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo y, los Informes Nºs.
017 y 018-2016-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-WSC, del Coordinador del Área de Valores de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, respectivamente; y,
CONSIDERANDO:

Que, el segundo párrafo del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que a efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicará los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación vigentes al 31 de octubre del año anterior y las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba anualmente el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial;

Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, correspondiéndole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo citado en el considerando anterior, establece que toda referencia normativa al Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA se entenderá hecha al MVCS;

Que, el literal e) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del MVCS aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, establece como función de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, el conducir y supervisar la formulación de los valores arancelarios y supervisar su aplicación en la valorización oficial de terrenos urbanos y rústicos de todo el país;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU se aprueba la "Norma para determinar los Valores Unitarios Oficiales de Terrenos Urbanos a nivel Nacional", modificada por Resolución Directoral Nº 016-2015-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU, estableciendo en el Título III, la metodología para calcular los valores arancelarios de terrenos urbanos para uso de vivienda, comercio y usos especiales;

Que, en el marco de la Resolución Directoral Nº 004-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, su modificatoria y de la función asignada en el literal e) del artículo 66 del ROF del MVCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo ha procedido a formular los listados que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos para Centros Poblados Menores ubicados en el territorio de la República, comprendidos en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, vigentes para el ejercicio fiscal 2017;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar los listados que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos para Centros Poblados Menores ubicados en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2017, los cuales podrán ser recabados en la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del MVCS, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2016-VIVIENDA.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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