10/13/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 494-2016-MINEDU Disponen incluir en la R.M. N° 126-2016-MINEDU la

Disponen incluir en la R.M. Nº 126-2016-MINEDU la facultad y atribución al Director Ejecutivo de PRONABEC de suscribir Adendas a los Convenios celebrados por el Ministerio de Educación, referidos a becas y créditos educativos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 494-2016-MINEDU Lima, 12 de octubre de 2016 VISTOS, el Oficio Nº 1271-2016MINEDU/VMGI-PRONABEC, el Informe Nº 2069-2016-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ, el Informe Nº 797-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en
Disponen incluir en la R.M. Nº 126-2016-MINEDU la facultad y atribución al Director Ejecutivo de PRONABEC de suscribir Adendas a los Convenios celebrados por el Ministerio de Educación, referidos a becas y créditos educativos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 494-2016-MINEDU
Lima, 12 de octubre de 2016
VISTOS, el Oficio Nº 1271-2016MINEDU/VMGI-PRONABEC, el Informe Nº 2069-2016-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ, el Informe Nº 797-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, el Ministro de Educación es la máxima autoridad del Sector Educación y titular del pliego presupuestal;

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, mediante Ley 29837, modificada por Ley Nº 30281, se creó el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos, para el financiamiento de estudios de educación técnica y superior; estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 535-2015-MINEDU, se modificó el Manual de Operaciones del PRONABEC, aprobado por Resolución Ministerial Nº 108-2012-ED, incluyendo como una de las funciones del Director Ejecutivo, ejercer la representación legal institucional del PRONABEC ante cualquier entidad u organismo nacional o internacional, público o privado, pudiendo suscribir y/o modificar contratos, convenios o acuerdos e instrumentos de similar naturaleza, y sus respectivas adendas, referidos a becas y créditos educativos, así como aquellos otros instrumentos que resultasen necesarios para su implementación y ejecución; y todos los demás documentos que en tal virtud correspondan;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 126-2016-MINEDU, se delegó en el Director Ejecutivo del PRONABEC - Unidad Ejecutora 117, durante el Año Fiscal 2016, la facultad y atribución de suscribir las adendas a los convenios celebrados por el Ministerio de Educación, referidos a becas y créditos educativos que se encuentran detallados en el Anexo de la citada resolución;

Que, con Informes Nº 758-2016-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OBE y 2147-2016-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OBPREG, la Oficina de Becas Especiales y la Oficina de Becas de Pregrado del PRONABEC, respectivamente, sustentan la necesidad de que el Convenio Nº 003-2013-MINEDU, Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional para la implementación de Becas y Crédito Educativo, suscrito entre el Ministerio de Educación y la Alianza Francesa de Lima, y el Convenio Nº 555-2014-MINEDU, Convenio de Colaboración Interinstitucional, suscrito entre el Ministerio de Educación y la Universidad Peruana Unión, sean modificados mediante la suscripción de las respectivas Adendas;

Que, mediante Informe Nº 2069-2016-MINEDU/ VMGI-PRONABEC-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONABEC considera necesario que en el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 126-2016-MINEDU, se incluyan los Convenios Nº 003-2013-MINEDU y 555-2014-MINEDU, a efectos de que el Director Ejecutivo del PRONABEC, durante el Año Fiscal 2016, se encuentre facultado a suscribir las Adendas a los citados Convenios;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, modificada por la Ley Nº 30281; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

601441 NORMAS LEGALES
Jueves 13 de octubre de 2016
El Peruano /
SE RESUELVE:

Artículo Único.- Incluir en el Anexo que forma parte integrante de la Resolución Ministerial Nº 126-2016-MINEDU, que delegó en el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo -
PRONABEC - Unidad Ejecutora 117, durante el Año Fiscal 2016, la facultad y atribución de suscribir Adendas a los Convenios celebrados por el Ministerio de Educación, referidos a becas y créditos educativos, los siguientes convenios:

CONVENIOS SOBRE BECAS DE PREGRADO Y
BECAS ESPECIALES
PERU
CONVENIO Nº 003-2013-MINEDU
UNIVERSIDAD
PERUANA UNIÓN
CONVENIO Nº 555-2014-MINEDU
ALIANZA FRANCESA
DE LIMA
Regístrese, comuníquese, y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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