11/05/2016

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 253-2016-SERFOR-DE Aprueban Marco Metodológico del Inventario

Aprueban Marco Metodológico del Inventario Nacional Forestal y de Fauna Silvestre RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 253-2016-SERFOR-DE Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 155-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR, de fecha 6 de octubre de 2016, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal Nº 262-2016-SERFOR-OGAJ, de fecha 14 de octubre de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica,
Aprueban Marco Metodológico del Inventario Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 253-2016-SERFOR-DE
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO:

El Informe Técnico Nº 155-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR, de fecha 6 de octubre de 2016, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre;
y el Informe Legal Nº 262-2016-SERFOR-OGAJ, de fecha 14 de octubre de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como un organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el artículo 10 de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, dispone que el Estado, a través de los sectores competentes, realiza los inventarios y la valorización de los diversos recursos naturales y de los servicios ambientales que prestan, actualizándolos periódicamente;

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1220, Decreto Legislativo que establece medidas para la lucha contra la tala ilegal, declara de interés nacional el inventario nacional forestal, que tiene como objeto contar con información real sobre el potencial existente de los recursos forestales y las actividades forestales y de fauna silvestre para realizar un mejor control y fiscalización del aprovechamiento, transporte, comercialización y exportación de los productos forestales y de fauna silvestre;

Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29763, señala que el SERFOR es la autoridad encargada de elaborar de forma permanente y actualizar de forma periódica el inventario nacional y la valoración de la diversidad forestal y de fauna silvestre en coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras instituciones públicas y privadas; así también, aprueba los criterios técnicos para la elaboración de inventarios forestales y de fauna silvestre en cada uno de sus niveles;

Que, el artículo 37 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, establece que los inventarios son procesos mediante los cuales se evalúa cualitativa y cuantitativamente diversas características de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre; y precisa que el diseño y metodología para la ejecución de los inventarios, así como de su monitoreo, son aprobados por el SERFOR, en coordinación con el Ministerio del Ambiente y las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre;

Que, el numeral 38.1 del artículo 38 del Reglamento en mención precisa que el Inventario Nacional Forestal y de Fauna Silvestre es el proceso mediante el cual se registra variables cualitativas y cuantitativas de los recursos forestales y de fauna silvestre en las áreas que comprenden el territorio nacional, y que permiten contar con información sobre las especies, composición, distribución, estructura, productividad y dinámica en los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, la cuantificación de carbono u otras variables;

Que, la propuesta de "Marco Metodológico del Inventario Nacional Forestal y de Fauna Silvestre" es el resultado de un trabajo consensuado y aprobado a nivel del Grupo Técnico de Apoyo y la Unidad Técnica Central encargada del componente 1: Monitoreo e Inventario Nacional Forestal, en el marco del "Proyecto Inventario Nacional Forestal y Manejo Forestal Sostenible del Perú ante el Cambio Climático" (Proyecto GCP/GLO/194/MUL), integrada por representantes del Ministerio del Ambiente - MINAM, Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, los Gobiernos Regionales, Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO, Universidad Nacional Agraria La Molina - UNALM, Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, Iniciativa del Sector Forestal del Perú - PFSI, entre otras instituciones nacionales e internacionales;

603646 NORMAS LEGALES
Sábado 5 de noviembre de 2016 / El Peruano Que, mediante Informe Técnico Nº 155-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR, elaborado por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, se evaluó la propuesta del "Marco Metodológico del Inventario Nacional Forestal y de Fauna Silvestre", recomendando su aprobación;

Que, de acuerdo al artículo 14 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, es función del SERFOR
emitir normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, las cuales deben ser aprobadas mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI;

Con el visado del Director de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Marco Metodológico del Inventario Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, el cual comprende la Memoria Descriptiva del Mapa de Ecozonas, el Manual de Campo para las Ecozonas Selva Baja, el Manual de Campo para las Ecozonas Selva Alta e Hidromórfica y el Manual de Campo para las Ecozonas Costa y Sierra, que como anexos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La referida resolución y sus anexos serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOHN LEIGH VETTER
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

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