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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 504-PE-ESSALUD-2016 Conforman la "Unidad Funcional de Lucha
11/04/2016
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 504-PE-ESSALUD-2016 Conforman la "Unidad Funcional de Lucha
Conforman la "Unidad Funcional de Lucha Contra la Corrupción" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 504-PE-ESSALUD-2016 Lima, 31 de octubre de 2016 VISTOS: La Carta Nº 1890-GCPD-ESSALUD-2016 y el Informe Técnico Nº 144-GOP-GCPD-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo; la Carta Nº 2687-GCAJ-ESSALUD-2016 y el Informe Nº 533-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 1.2 del
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 504-PE-ESSALUD-2016
Lima, 31 de octubre de 2016
VISTOS:
La Carta Nº 1890-GCPD-ESSALUD-2016 y el Informe Técnico Nº 144-GOP-GCPD-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo; la Carta Nº 2687-GCAJ-ESSALUD-2016 y el Informe Nº 533-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, concordado con el artículo 39º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que correspondan al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;
Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. El objetivo es alcanzar un Estado: (i) al servicio de la ciudadanía; (ii) con canales efectivos de participación ciudadana; (iii) descentralizado y desconcentrado; (iv) transparente en su gestión; (v) con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados; y (vi) fiscalmente equilibrado;
Que, por Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM
se definen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, señalando entre ellas la Política Anticorrupción, en mérito de la cual el Estado busca fortalecer la lucha contra la corrupción en las licitaciones, las adquisiciones y la fijación de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; garantizar la transparencia y la rendición de cuentas; promover, a través de sus acciones y comunicaciones, la Ética Pública; y fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 463-PE-ESSALUD-2016 se conformó en el Seguro Social de Salud la Comisión Anticorrupción encargada de supervisar, articular y monitorear las acciones correspondientes que debe seguir la Institución para prevenir y combatir la corrupción, la misma que está integrada por: (i) el Presidente Ejecutivo, o su representante, quien la presidirá; (ii) el Gerente General o su representante; (iii) el Secretario General o su representante; (iv) un representante de la Sociedad Civil;
y (v) un representante de los asegurados;
Que, con Carta e Informe Técnico de Vistos la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo remite el proyecto de Resolución para la conformación de la Unidad Funcional de Lucha Contra la Corrupción en la Secretaría General, la misma que será responsable de apoyar a la Comisión Anticorrupción conformada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 463-PE-ESSALUD-2016, mediante la elaboración de políticas, planes y estrategias de prevención, análisis de información para detectar posibles actos de corrupción y construir los indicadores respectivos, entre otras funciones;
Que, asimismo, manifiesta que la implementación de la citada Unidad no modifica la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones ni el Cuadro para Asignación de Personal del Seguro Social de Salud, por lo que no irroga incremento presupuestal para el financiamiento de nuevas plazas;
Que, además, en el precitado Informe se manifiesta que es necesario dejar sin efecto el numeral 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 481-PE-ESSALUD-2015, que conformó un Comité de Alto Nivel de Lucha contra la Corrupción a cargo de supervisar la ejecución del Plan de Lucha contra la Corrupción - ESSALUD 2015-2016, disponiéndose que la Secretaría Técnica de dicha instancia transfiera el acervo documentario a la Unidad Funcional que se conformará con la presente Resolución;
Que, con Carta Nº 2687-GCAJ-ESSALUD-2016
e Informe Nº 533-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 la Gerencia Central de Asesoría Jurídica emitió opinión señalando que resulta procedente la conformación de la Unidad Funcional de Lucha Contra la Corrupción en la Secretaría General, para que brinde apoyo a la Comisión Anticorrupción constituida por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 463-PE-ESSALUD-2016, entre otras funciones;
Que, de acuerdo a lo establecido en los literales c)
y d) del artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, es competencia del Presidente Ejecutivo aprobar la estructura orgánica y funcional del Seguro Social de Salud, así como su Reglamento de Organización y Funciones y los demás Reglamentos internos;
Con las visaciones de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, la Secretaría General y la Gerencia General;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas;
SE RESUELVE:
1. CONFORMAR la unidad funcional denominada "Unidad Funcional de Lucha Contra la Corrupción"
dependiente de la Secretaría General, encargada de apoyar a la Comisión Anticorrupción del Seguro Social de Salud, formular las políticas, planes y estrategias de prevención contra la corrupción; así como, monitorear y vigilar la aplicación de las mismas en el ámbito institucional, la cual tendrá a su cargo las funciones que se detallan en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
2. DISPONER que la Secretaría General adopte las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
3. PRECISAR que lo dispuesto en el numeral precedente no modifica la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones ni el Cuadro para Asignación de Personal del Seguro Social de Salud.
4. DISPONER que los Órganos Centrales, Desconcentrados y Prestadores Nacionales, bajo responsabilidad, brinden las facilidades y el apoyo necesario que requiera la Unidad Funcional conformada 603467 NORMAS LEGALES
Viernes 4 de noviembre de 2016
El Peruano / mediante la presente Resolución para el cumplimiento de sus funciones.
5. DEJAR SIN EFECTO el numeral 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 481-PE-ESSALUD-2015, que aprobó la conformación de un Comité de Alto Nivel de Lucha contra la Corrupción, correspondiendo al Secretario Técnico del referido Comité transferir el acervo documentario de la citada instancia a la Unidad Funcional de Lucha Contra la Corrupción.
6. DEJAR SUBSISTENTES todos los demás extremos de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 481-PE-ESSALUD-2015.
7. DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud - ESSALUD (www.essalud.gob. pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GABRIEL DEL CASTILLO MORY
Presidente Ejecutivo
ANEXO Nº 1
La Unidad Funcional de Lucha Contra la Corrupción tiene a cargo las siguientes funciones:
a) Apoyar a la Comisión Anticorrupción en las acciones que le asigne.
b) Dirigir el procedimiento para la atención oportuna de las denuncias de presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud - ESSALUD, recibidas en la Mesa de Partes y/o a través del Botón "Denuncia la Corrupción" disponible en el Portal web institucional (http:/ www.essalud.gob.pe/).
c) Elaborar, proponer y evaluar la política, planes y estrategias de prevención, lucha contra la corrupción en el Seguro Social de Salud - ESSALUD.
d) Realizar análisis e investigación para detectar posibles actos de corrupción e informar a las instancias que correspondan.
e) Construir los indicadores para la gestión de la lucha contra la corrupción y vigilar su aplicación, informando de los resultados y proponiendo las acciones correctivas que se requieran.
f) Difundir información sobre prácticas de corrupción detectadas y las responsabilidades que estas pueden acarrear.
g) Proponer alianzas estratégicas con otras entidades y organismos nacionales para la prevención y erradicación de la corrupción.
h) Realizar otras funciones que le asigne la Secretaría General.
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