Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 302-2016-ANA Aprueban delimitación del ámbito territorial de la
11/18/2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 302-2016-ANA Aprueban delimitación del ámbito territorial de la
Aprueban delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Colca - Siguas - Chivay RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 302-2016-ANA Lima, 16 de noviembre de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 036-2016-ANA-DCPRH-GRH/ GSB de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos sobre la delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Colca - Siguas - Chivay; y, CONSIDERANDO: Que, según el artículo 17º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos,
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 302-2016-ANA
Lima, 16 de noviembre de 2016
VISTO:
El Informe Técnico Nº 036-2016-ANA-DCPRH-GRH/ GSB de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos sobre la delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Colca - Siguas - Chivay; y,
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 17º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como órganos desconcentrados, que a su vez tienen Administraciones Locales de Agua, a través de los cuales ejerce presencia a nivel nacional;
Que, el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG, en el inciso 23.1 del artículo 23º establece que el ámbito territorial de las Administraciones Locales de Agua son aprobados por resolución jefatural;
Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, ratificó la delimitación del ámbito territorial de las Autoridades Administrativas del Agua efectuada por Resolución Jefatural Nº 0546-2009-ANA, entre las cuales se aprobó la delimitación de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña;
Que, con Informe del visto, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos alcanza el documento "Delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Colca - Siguas - Chivay" según el cual la delimitación propuesta tiene como antecedente el ámbito jurisdiccional del ex Distrito de Riego Colca creado por Resolución Ministerial Nº 01121-76-AG, administrativamente comprendido en la Zona Agraria VI - Arequipa; reconformado posteriormente por Resolución Suprema Nº 0045-92-AG, conformándose el distrito de riego Colca - Siguas - Chivay;
Que, el ámbito de la Administración Local de Agua propuesto se encuentra en los departamentos de Arequipa (95.3%), Cusco (3.6%) y Puno (1.0%);
Que, la gestión integrada de los recursos hídricos es un proceso que promueve en el ámbito de la cuenca hidrográfica, el manejo y desarrollo coordinado del uso y aprovechamiento multisectorial del agua con los recursos naturales vinculados a ésta, orientado a lograr el desarrollo sostenible sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas, ello conforme dispone el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos;
Que, la propuesta de delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Colca -Siguas - Chivay, contribuirá con la gestión sostenible del recurso hídrico al establecer el ámbito de una Administración Local de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña, en la cual se administran los recursos hídricos y sus bienes asociados, razón por la cual resulta necesaria su aprobación;
Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el visto de 604413 NORMAS LEGALES
Viernes 18 de noviembre de 2016
El Peruano / la Secretaría General, Dirección de Administración de Recursos Hídricos, Oficina de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el inciso 15 del artículo 15º de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Colca - Siguas - Chivay Aprobar la delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Colca - Siguas - Chivay comprendida en el ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña, de acuerdo al documento de Delimitación que forma parte integrante de la presente resolución, así como el mapa anexo y conforme al siguiente detalle:
Autoridad Administrativa del Agua Administración Local de Agua Área (Km 2
)
%
AAA
Sede Administrativa Oficina de Enlace I Caplina - Ocoña Colca - Siguas - Chivay 11,460.13 12.31 El Pedregal Chivay Artículo 2º.- Publicación en el Portal Institucional Publíquese en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe, el documento "Delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Colca - Siguas - Chivay", que sirve de sustento para la delimitación de la Administración Local de Agua.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA
Jefe Autoridad Nacional del Agua
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)