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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 236-2016-PCM Modifican la R.M. N° 030-2016-PCM, mediante la cual se
11/15/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 236-2016-PCM Modifican la R.M. N° 030-2016-PCM, mediante la cual se
Modifican la R.M. Nº 030-2016-PCM, mediante la cual se conformó el Grupo de Trabajo "Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia Datem del Marañón, del departamento de Loreto" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2016-PCM Lima, 14 de noviembre de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 0889-2016-PCM/ONDS y los Informes Nº 037-2016-PCM/ONDS-AJAM y Nº 036-2016-PCM/ONDS-GRLL de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2016-PCM
Lima, 14 de noviembre de 2016
VISTOS:
El Memorando Nº 0889-2016-PCM/ONDS y los Informes Nº 037-2016-PCM/ONDS-AJAM y Nº 036-2016-PCM/ONDS-GRLL de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 030-2016-PCM, se conformó el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia Datem del Marañón, del departamento de Loreto", con el objeto de realizar acciones de coordinación para el desarrollo de la provincia Datem del Marañón del departamento de Loreto, proponer un plan de trabajo que atienda las prioridades recomendadas por el Grupo de Trabajo, entre otras acciones, cuya vigencia fue ampliada por Resolución Ministerial Nº 170-2016-PCM, hasta el 30 de noviembre de 2016;
Que, en la actualidad, las comunidades nativas de los distritos de Barranca y Morona atraviesan situaciones adversas por los derrames petróleo del Oleoducto Nor Peruano que se han producido entre enero y agosto de 2016, los cuales generarían una situación de vulnerabilidad de tales comunidades;
Que, asimismo, los pobladores de la provincia de Datem del Marañón vienen sufriendo problemas de índole intercultural que implicarían a integrantes del pueblo indígena Candoshis en el Lago Rimachi;
Que, la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, viene efectuando el seguimiento a las acciones y/o tareas desarrolladas por los sectores responsables, lo cual ha permitido evidenciar que, luego de una revisión pormenorizada de las demandas canalizadas y tratadas, no se ha logrado cumplir con la totalidad de los compromisos sectoriales asumidos;
Que, de conformidad con en el Acta de Sesión del Grupo de Trabajo de fecha 24 de octubre de 2016, los integrantes del citado Grupo de Trabajo acordaron la conformación de sub grupos de trabajo y la ampliación del plazo de vigencia, hasta el 30 de junio de 2017;
Que, la Cuarta Política de Estado del Acuerdo Nacional "Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado", establece el compromiso de construir y mantener un Estado eficiente, eficaz, moderno y trasparente al servicio de las personas y de sus derechos y que promueva el desarrollo y buen funcionamiento del mercado y de los servicios públicos;
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo.
Coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, de acuerdo al marco normativo en mención, la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha trazado como objetivo primordial el coordinar los procesos de diálogo involucrando a los diversos actores sociales, representantes de entidades privadas y públicas, así como a los funcionarios en sus diversos niveles de Gobierno, a fin de encausar las distintas demandas ciudadanas, encaminar la solución de controversias, diferencias, confl ictos y expectativas de la población, y preservar la seguridad de las personas, el orden público y la paz social;
Que, en ese escenario, se busca responder a una nueva visión de Estado, de contar con un Estado moderno -aquél que está orientado al ciudadano, es eficiente, unitario y descentralizado, inclusivo y abierto-, guiado por la obtención de resultados para el ciudadano, procurando generar igualdad de oportunidades y asegurando sobre todo, el acceso a servicios públicos de calidad;
Que, en tal sentido, resulta pertinente introducir una modificación al artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 030-2016-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 170-2016-PCM, que permita la conformación de subgrupos de trabajo para abordar la problemática de las veintiún comunidades del Morona, Barranca y Situación de los Candoshis, así como ampliar la vigencia del Grupo de Trabajo, conforme lo expuesto en los documentos de Vistos;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 030-2016-PCM, modificada mediante Resolución Ministerial Nº 170-2016-PCM.
Modifíquese el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 030-2016-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 170-2016-PCM, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo estará integrado por representantes de:
- La Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá;
- El Ministerio de Energía y Minas;
- El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
- El Ministerio de Educación;
- El Ministerio de Salud;
- El Ministerio de Cultura;
- El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
- El Gobierno Regional de Loreto;
- El Municipalidad Provincial Datem del Marañón;
- El Municipalidad Distrital de Barranca;
- El Municipalidad Distrital Cahuapanas;
- El Municipalidad Distrital Manseriche;
- El Municipalidad Distrital Morona;
- El Municipalidad Distrital Pastaza;
- El Municipalidad Distrital Andoas;
- La organización representativa indígena del Datem del Marañón;
- La sociedad civil organizada de la provincia Datem del Marañón;
- La empresa Petroperú S.A.
Para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo podrá acodar la constitución de los siguientes subgrupos de trabajo:
a) Veintiún comunidades del Morona b) Barranca c) Situación de los Candoshis La coordinación de los tres subgrupos recaerá en la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros (...)"
Artículo 2.- Prórroga de vigencia Prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para el Desarrollo de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto" hasta el 30 de junio de 2017.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
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