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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 478-2016-MEM/DM Otorgan a favor de Hydro Global Perú S.A.C. concesión
11/22/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 478-2016-MEM/DM Otorgan a favor de Hydro Global Perú S.A.C. concesión
Otorgan a favor de Hydro Global Perú S.A.C. concesión definitiva para la generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica San Gabán III RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2016-MEM/DM Lima, 16 de noviembre de 2016 VISTOS: El Expediente Nº 11373516 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto Central Hidroeléctrica San Gabán III, presentada por Hydro Global Perú S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 13448628
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2016-MEM/DM
Lima, 16 de noviembre de 2016
VISTOS: El Expediente Nº 11373516 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto Central Hidroeléctrica San Gabán III, presentada por Hydro Global Perú S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 13448628 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, Oficina Registral de Lima; y, el Informe Nº 588-2016-MEM/DGE-DCE;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento con Registro Nº 2619796 de fecha 1 de julio de 2016, Hydro Global Perú S.A.C. solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica San Gabán III con una potencia instalada de 205,8 MW, ubicada en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno;
Que, de acuerdo a las normas vigentes en la fecha de su solicitud, la peticionaria presentó (i) la Resolución Directoral Nº 290-2012-MEM/AAE de fecha 31 de octubre de 2012, mediante la cual la Dirección de General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprueba el Estudio de Impacto Ambiental para el estudio de factibilidad del Proyecto Central Hidroeléctrica San Gabán III, ubicado en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno;
y, (ii) la Resolución Directoral Nº 037-2016-SENACE/ DCA de fecha 30 de junio de 2016, mediante la cual la Dirección de Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE otorga la conformidad al Informe Técnico Sustentatorio para el incremento de potencia de la Central Hidroeléctrica San Gabán III mediante mejoras tecnológicas;
Que, de acuerdo con el Informe Nº 588-2016-MEM/ DGE-DCE, la solicitud se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3 y 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en los artículos pertinentes de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación;
Estando a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;
Con la opinión favorable de la Directora General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la concesión definitiva de generación a favor de Hydro Global Perú S.A.C., que se identifica con el código Nº 11373516, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroléctrica San Gabán III, con una potencia instalada de 205,8 MW, ubicada en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 494-2016 a suscribirse entre Hydro Global Perú S.A.C.
y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19
cláusulas y 4 anexos.
Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Electricidad, o quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al indicado Contrato de Concesión Nº 494-2016, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta del concesionario de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas
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