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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 248-2016-RE Autorizan al SENASA del Ministerio de Agricultura y Riego a
11/11/2016
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 248-2016-RE Autorizan al SENASA del Ministerio de Agricultura y Riego a
Autorizan al SENASA del Ministerio de Agricultura y Riego a efectuar el pago de la cuota correspondiente al año 2016 del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur - COSAVE, y de la Organización Internacional de Sanidad Animal - OIE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 248-2016-RE Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTO: El Oficio Nº 0264-2016-MINAGRI-SENASA-OPDI, de 21 de octubre de 2016, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del Ministerio de Agricultura y
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 248-2016-RE
Lima, 10 de noviembre de 2016
VISTO:
El Oficio Nº 0264-2016-MINAGRI-SENASA-OPDI, de 21 de octubre de 2016, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016, Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2016-RE se modificó el referido "Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", en lo que respecta al Pliego Presupuestario 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, en el presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), se han previsto recursos para el pago de diversas cuotas, conforme el detalle que se consigna en la presente resolución, a fin de autorizar el respectivo pago;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de pago de cuotas Autorizar al Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a efectuar el pago de las cuotas internacionales comprendidas en la Ley de Presupuesto Nº 30372 correspondientes al año 2016, de acuerdo al siguiente detalle:
PLIEGO PRESU-PUESTARIO
MONTO (En soles)
PERSONA JURÍDICA
160: SERVICIO
NACIONAL DE
SANIDAD AGRAR-IA - SENASA
190,060.00
COMITÉ DE SANIDAD VEGETAL DEL
CONO SUR - COSAVE
137,000.00
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL - OIE
Artículo 3.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA.
Artículo 4.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.
Artículo 5.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores 1452399-10
603970 NORMAS LEGALES
Viernes 11 de noviembre de 2016 / El Peruano Autorizan al IPD efectuar pago de cuotas a la Agencia Mundial Antidopaje - WADA
- AMA y al Consejo Iberoamericano del Deporte - CID
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 249-2016-RE
Lima, 10 de noviembre de 2016
VISTOS:
Los Oficios Nº 713-2016-IPD-P y Nº 787-2016-IPD-P, de 29 de agosto y 04 de octubre de 2016, respectivamente, del Instituto Peruano del Deporte, mediante los cuales solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, en el presupuesto del Instituto Peruano del Deporte, se han previsto recursos para el pago de las cuotas a favor de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA
- AMA) y del Consejo Iberoamericano del Deporte (CID), por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización Autorizar al Instituto Peruano del Deporte a efectuar el pago de las siguientes cuotas:
PLIEGO
PRESUPUESTARIO
MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA
342: Instituto Peruano del Deporte
SOLES 55 746.00
Agencia Mundial Antidopaje -
WADA - AMA
SOLES 4 254.00
Consejo Iberoamericano del Deporte - CID
Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte.
Artículo 3.- Equivalencia en extranjera nacional Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.
Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
VÍCTOR LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores 1452399-11
{E}SALUD
Autorizan viaje de Profesional de la DIGEMID a Chile, en comisión de servicios
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2016-SA
Lima, 9 de noviembre del 2016
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, se llevará a cabo la "IX Reunión de la Comisión Mixta Peruano - Chilena de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas", los días 15 y 16 de noviembre de 2016;
Que, mediante documento OF.RE(DGM-DCD) Nº 22-6-BB/128 de fecha 24 de agosto de 2016, la Ministra Consejera Encargada de la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, invita a 603971 NORMAS LEGALES
Viernes 11 de noviembre de 2016
El Peruano / un representante del Ministerio de Salud a participar en el mencionado evento;
Que, el mencionado evento tiene como objetivo desarrollar algunas actividades comunes enmarcadas en los cuatro (4) Equipos de Trabajo materia de la citada reunión, a saber: a) Grupo de Trabajo Nº 01: Control de oferta, b) Grupo de Trabajo Nº 02: Reducción de la Demanda, c) Grupo de Trabajo Nº 03: Lavado de Activos y d) Grupo de Trabajo: Cooperación Jurídica Internacional y Asistencia Mutua Penal;
Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud es la autoridad técnico-normativa a nivel nacional y sectorial, responsable de proponer la regulación y normar dentro de su ámbito, así como evaluar, ejecutar, controlar, fiscalizar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios;
Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud solicita se autorice el viaje del químico farmacéutico Christian Salcedo Quijano, miembro del Equipo de Drogas de la Dirección de Productos Farmacéuticos de la citada Dirección General;
Que, en tal sentido, atendiendo a la temática y al objetivo del evento antes mencionado, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje de citado profesional para que participe en representación del Ministerio de Salud;
Que, los gastos de viaje al exterior del químico farmacéutico Christian Salcedo Quijano de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, por concepto de pasajes y viáticos para participar en el evento antes señalado, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional, conforme a lo indicado por la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud mediante 2122-2016-OGA/MINSA, para cuyo efecto se cuenta con los Certificados de Crédito Presupuestario Nº 0000005014 y 0000005015-2016 del Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias, y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del químico farmacéutico Christian Salcedo Quijano, Profesional de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 14 al 17 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje del citado profesional en cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje aéreo, tarifa económica para 1 persona : US$ 501.04 (Incluido TUUA)
- Viáticos por 3 días : US$ 1,110.00 (US$ 1,110.00 incluido gastos de instalación)
TOTAL : US$ 1,611.04
Artículo 3.- Disponer que el citado profesional, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante la Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud 1452399-12
Constituyen Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la empresa privada que financiará y/o ejecutará los Proyectos priorizados por la Resolución Ministerial Nº 738-2016/MINSA, y la entidad privada supervisora
{N}RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 877-2016/MINSA
Lima, 8 de noviembre de 2016
Visto: el expediente Nº 16-101242-001 que contiene el Informe Nº 852-2016-OGPPM/MINSA, emitido por el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado y normas modificatorias, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales y Universidades Públicas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2014-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, que tiene como objeto establecer disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la Ley Nº 29230;
Que, mediante el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico, modificado por el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1238, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar Proyectos de Inversión Pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 409-2015-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico;
603972 NORMAS LEGALES
Viernes 11 de noviembre de 2016 / El Peruano Que, en virtud de lo propuesto con el documento de Visto, resulta necesario constituir el Comité Especial a efectos de llevar a cabo la convocatoria, organización y ejecución de los procesos de selección para la elegir a la empresa privada y a la entidad privada supervisora de los proyectos: Mejoramiento de los servicios de salud de establecimientos de salud Huari, Distrito y Provincia de Huari, Departamento de Ancash; Mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del establecimiento de salud Llata, Distrito de Llata, Provincia de Huamalíes, Región Huánuco;
y, Mejoramiento de la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud de la provincia de Chumbivilcas, mediante la instalación de servicios y atención pre hospitalaria y telesalud, en el marco de las RIAPS, Departamento de Cusco; hasta el otorgamiento de la buena pro o cancelación de los mismos de ser el caso;
Que, de conformidad al artículo 8 del Reglamento del artículo 17 de la Ley Nº 30264, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, el comité especial estará conformado por tres (3) representantes de la entidad pública, los mismos que serán designados por su Titular. En caso que la entidad pública encargue el proceso de selección a PROINVERSIÓN, el Comité Especial estará conformado por tres (3) representantes de dicho organismo público, los mismos que serán designados por su Director Ejecutivo, dando cuenta al Consejo Directivo;
y Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General (e); y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, la Ley Nº 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico y su Reglamento; y, el Decreto Supremo 409-2015-EF que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29230;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constituir el Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la empresa privada que financiará y/o ejecutará los Proyectos priorizados por la Resolución Ministerial Nº 738-2016/MINSA, de fecha 23 de septiembre de 2016, y la entidad privada Supervisora, bajo los alcances del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1238, que modifica el artículo 17 de la Ley Nº 30264, que incorpora a las entidades del Gobierno Nacional en los alcances de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, su Reglamento y normas supletorias que correspondan, el mismo que estará integrado de la siguiente manera:
1. Lisel Huanca Palomino, Presidente 2. Ricardo Israel Chuquimia Vidal, Primer Miembro 3. Hubert Espinoza Valenzuela, Segundo Miembro
MIEMBROS SUPLENTES
1. Jesús Miguel Fabián Yupanqui, Suplente del Presidente 2. Paul Armando Lucich Osorio, Suplente del 1er.
Miembro 3. Yessica Fabiola Hidalgo Chagray, Suplente del 2do.
Miembro Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a los miembros del Comité Especial constituido, el cual se instalará inmediatamente después de notificados y su actuación se ceñirá estrictamente a las disposiciones establecidas en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1238, que modifica el artículo 17 de la Ley Nº 30264, que incorpora a las entidades del Gobierno Nacional en los alcances de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº006-2015-EF y normas supletorias que correspondan, bajo responsabilidad.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a los miembros designados del Comité Especial y a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, cuando corresponda, para los fines de ley.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http:/www.minsa.gob.pe/transparencia/ index.aspfiop=115.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
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