11/11/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 280-2016-TR Aprueban transferencias financieras del Programa Nacional de

Aprueban transferencias financieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" a favor de entidades ejecutoras del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2016-TR Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 737-2016-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, el Informe Nº 318-2016-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/ UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", el Memorando
Aprueban transferencias financieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" a favor de entidades ejecutoras del sector público
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2016-TR
Lima, 10 de noviembre de 2016
VISTOS: El Oficio Nº 737-2016-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, el Informe Nº 318-2016-JOVENES
PRODUCTIVOS/DE/ UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", el Memorando Nº 1784-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", el Memorando Nº 2692-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGC de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", el Oficio Nº 1077-2016-MTPE/3/24.2 del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", el Oficio Nº 1054-2016-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 3076-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 013-2011-TR, modificado por los Decretos Supremos Nº 004-2012-TR y Nº 004-2015-TR, se creó el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra" (actualmente "Jóvenes a Productivos"), dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", la misma que cuenta con autonomía técnico-administrativa, económica y financiera y que tiene por finalidad la inserción de los y las jóvenes de 15 a 29 años de edad, de escasos recursos económicos y/o en situación de vulnerabilidad, de las familias más pobres de la población rural y urbana, a través de su capacitación y fomento en el acceso al mercado de trabajo formal;

Que, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa Nacional de Empleo Juvenil 603973 NORMAS LEGALES
Viernes 11 de noviembre de 2016
El Peruano / "Jóvenes a la Obra" (actualmente "Jóvenes Productivos"), estableciendo que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza de manera excepcional realizar transferencias financieras con entidades públicas, para cubrir los costos realizado por las entidades públicas con las cuales se suscriban convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo autorizarse las transferencias financieras mediante resolución del titular del pliego y publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el literal m) del artículo 11 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", aprobado por Resolución Ministerial Nº 179-2012-TR, se autoriza aprobar y suscribir convenios o contratos y sus modificatorias necesarias durante el desarrollo de las acciones del Programa;

Que, a través del numeral 8.2.4 de la Directiva
Nº 01-2016-MTPE-JOVENES PRODUCTIVOS/DE, "Procedimiento y mecánica operativa para la suscripción de convenios con entidades de capacitación pública para los servicios de capacitación y autorización de inicio de cursos", aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva
Nº 041-2016-MTPE/3/24.2/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE, se establece el procedimiento para la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional y autorización de transferencias financieras;

Que, la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, mediante Memorando Nº 2692-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC e Informe
Nº 1290-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC/ ACSEC, señala que "....los convenios cuentan con su respectiva viabilidad técnica que permitirá la ejecución de los convenios suscritos en el marco de la Convocatoria Nº 006-2016-UGS", por lo que corresponde aprobar las transferencias financieras a dichas entidades con la finalidad de cubrir los costos establecidos;

Que, en atención con lo señalado precedentemente, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa, mediante Memorando Nº 1784-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGP e Informe Nº 1324-2016-JOVENES
PRODUCTIVOS/DE/UGP/AP, emite opinión favorable sobre la procedencia de las transferencias financieras otorgando la viabilidad presupuestal por contar con marco presupuestal conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 676-2016, por el monto total de S/.3 882
527,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y
DOS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES)
comprendida en el Informe Nº 498-2016-JOVENES
PRODUCTIVOS/DE/UGP/AP, la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 1077-2016, por el monto total de S/.1
045 036,00 (UN MILLÓN CUARENTA Y CINCO MIL
TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) comprendida en el Informe Nº 1050-2016-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/ UGP/AP y la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 1117-2016, por el monto total de S/.4 890 784,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES)
comprendida en el Informe Nº 1127-2016-JOVENES
PRODUCTIVOS/DE/UGP/AP, correspondiente a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que financiarán los costos de veinte (20) convenios de colaboración interinstitucional suscritos con entidades de capacitación del sector público, ascendente a la suma de S/. 4 592 441.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y
UNO Y 00/100 SOLES);

Que, mediante el Informe Nº 318-2016/JOVENES
PRODUCTIVOS/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, emite opinión favorable sobre la procedencia que se apruebe las transferencias financieras a las entidades de capacitación pública, con la finalidad de cubrir los costos establecidos en los convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de capacitación técnica laboral y el servicio de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo autorizarse las transferencias financieras hasta por la suma de S/. 4 592 441.00 (CUATRO MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) de conformidad con lo establecido en el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 del artículo 15 y en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Que mediante el Oficio Nº 1054-2016-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico Nº 1061-2016-MTPE/4/9.2, de la Oficina de Presupuesto, el cual emite opinión favorable respecto al marco presupuestal en el cual se indica que la Unidad Ejecutora 002:
"Jóvenes Productivos" cuenta con el respectivo crédito presupuestario en el Grupo Genérico 2.4 Donaciones y Transferencias para realizar las transferencias financieras para el financiamiento a favor de las entidades Capacitadoras (Universidades - UGEL) hasta por el importe de S/. 4 592 441.00 (CUATRO MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios, recomendando continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada por el mencionado Programa;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante el Informe Nº 3076-2016-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación y de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo 004-2014-TR; inciso iv) literal a) numeral 15.1 del artículo 15 y la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" a favor de las entidades ejecutoras del sector público, hasta por la suma de S/. 4 592 441.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y
DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO Y
00/100 SOLES), en el marco de los convenios suscritos detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que la presente resolución y el anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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