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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 401-2016-INEI 605526 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2016 / El
12/01/2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 401-2016-INEI 605526 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2016 / El
Aprueban Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de noviembre 2016 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 401-2016-INEI Lima, 30 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29438, modifica el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario oficial "El Peruano" y difundirá por cualquier medio
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 401-2016-INEI
Lima, 30 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29438, modifica el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario oficial "El Peruano" y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010-EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, encargada de fijar una metodología para construir un indicador estadísticamente confiable para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional;
Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, ha elaborado el cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de noviembre 2016 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: diciembre 2011 =
100) correspondiente al mes de noviembre 2016, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.
AÑO / MES
NÚMERO ÍNDICE
BASE: Dic. 2011
VARIACIÓN PORCENTUAL
MENSUAL ACUMULADA
2016
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SETIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
114,18
114,37
115,06
115,08
115,21
115,39
115,60
115,94
116,21
116.72
117,09
0,42
0,17
0,60
0,02
0,11
0,16
0,18
0,30
0,24
0,43
0,32
0,42
0,58
1,19
1,21
1,32
1,48
1,66
1,96
2,20
2,64
2,97
Artículo 2º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de noviembre 2016, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.
AÑO / MES
NÚMERO ÍNDICE
BASE: 2009 = 100
VARIACIÓN PORCENTUAL
MENSUAL ACUMULADA
2016
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SETIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
122,23
122,44
123,17
123,19
123,45
123,62
123,72
124,16
124,42
124,93
125,30
0,37
0,17
0,60
0,01
0,21
0,14
0,08
0,36
0,21
0,41
0,29
0,37
0,55
1,15
1,16
1,37
1,51
1,60
1,96
2,17
2,59
2,89
Artículo 3º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información Oficial del Índice de Precios Promedio Mensual al Consumidor a Nivel Nacional, y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de noviembre 2016 y la metodología de este indicador.
Regístrese y comuníquese.
ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR
Jefe(e)
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