12/22/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1499-2016-DE/SG 607285 NORMAS LEGALES Jueves 22 de diciembre de 2016 El

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1499-2016-DE/SG Lima, 21 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. F-0823, del 14 de noviembre de 2016 y F-0865, del 19 de diciembre de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de los EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1499-2016-DE/SG
Lima, 21 de diciembre de 2016
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nro. F-0823, del 14 de noviembre de 2016 y F-0865, del 19 de diciembre de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, con Oficio G.500- 5433, del 25 de noviembre de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, del 22 de diciembre de 2016 al 05 de enero de 2017, con la finalidad de participar en el Curso de Entrenamiento en medicina tropical para militares en el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales - NAMRU - 6 en la Provincia Constitucional del Callao y en la ciudad de Iquitos;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República 1
, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los Estados Unidos de América, del 22 de diciembre de 2016
al 05 de enero de 2017, con la finalidad de participar en el Curso de Entrenamiento en medicina tropical para militares en el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales - NAMRU - 6 en la Provincia Constitucional del Callao y la ciudad de Iquitos.

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa 1
Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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