12/23/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2016-MIDIS Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2017 del

Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2016-MIDIS Lima,22 de diciembre de 2016 VISTOS: Los Informes Nº 227-2016-MIDIS/SG/OGPPM y Nº 229-2016-MIDIS/SG/OGPPM, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la propuesta de formulación del Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley
Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2016-MIDIS
Lima,22 de diciembre de 2016
VISTOS:

Los Informes Nº 227-2016-MIDIS/SG/OGPPM y Nº 229-2016-MIDIS/SG/OGPPM, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la propuesta de formulación del Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica;

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, "Dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes";

Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, señala que las entidades públicas, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional. Asimismo, en el numeral 71.3
prevé que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;

Que, el artículo 18 de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN-PCD, establece que "el Plan Operativo Institucional es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública que constituyen pliegos presupuestarios"; y que la información del mismo, contribuirá a la gestión de la entidad para el logro de sus objetivos estratégicos. A su vez, indica que "El POI debe ser utilizado para orientar la asignación presupuestal que efectúa el titular del pliego correspondiente. El POI
se elabora para un periodo de 1 año. Es aprobado por el titular de la entidad";

607511 NORMAS LEGALES
Viernes 23 de diciembre de 2016
El Peruano / Que, el literal a) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS, prevé como una de las funciones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, "Proponer a la Alta Dirección las políticas, planes, lineamientos, programas y proyectos sectoriales, presupuestos y acciones de desarrollo organizacional, y modernización en el ámbito del Ministerio";

Que, mediante los Informes Nº 227-2016-MIDIS/SG/ OGPPM y Nº 229-2016-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización propone la aprobación del Plan Operativo Institucional 2017 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual comprende a las Unidades Ejecutoras 001:

Sede Central, 003: Programa Nacional Cuna Más, 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social -
FONCODES, 005: Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS, 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", y 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en los informes citados, señala que el Plan Operativo Institucional propuesto se encuentra alineado a las prioridades de la Política Social del Perú 2016 - 2021, así como a la metodología establecida por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, y se encuentra financiado con recursos del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), aprobado con Resolución Ministerial Nº 293-2016-MIDIS;

Que, habiéndose formulado el Plan Operativo Institucional 2017 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión social propuesto por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el marco de sus competencias, resulta necesario su aprobación;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional -
POI 2017 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Las Unidades Ejecutoras del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social darán cumplimiento a lo establecido en el Plan Operativo Institucional - POI 2017; e informarán a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sobre la ejecución de las metas y tareas contenidas en el Plan Operativo Institucional - POI 2017 aprobado por la presente Resolución, así como sobre las propuestas de modificación que resulten pertinentes.

Las respectivas Unidades Ejecutoras son responsables de mantener actualizados sus respectivos planes operativos para luego ser considerados en la Reformulación del Plan Operativo Institucional - POI
2017, según corresponda.

Artículo 3.- Disponer la publicación del Plan Operativo Institucional -POI 2017 del Pliego 040:

Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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