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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 426-2016-EF/41 Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del
12/22/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 426-2016-EF/41 Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del
Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2016-EF/41 Lima, 21 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2016-EF/41
Lima, 21 de diciembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación;
y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley Nº 28411
- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM);
Que, el numeral 71.2 del artículo 71 de la referida Ley, dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, conforme a su escala de prioridades;
Que, el numeral 71.3 del artículo 71 de la misma Ley, señala que los planes operativos institucionales refl ejan las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar a corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidas para dicho periodo, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada órgano;
607297 NORMAS LEGALES
Jueves 22 de diciembre de 2016
El Peruano / Que, el artículo 18 de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN
"Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional del Planeamiento Estratégico", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2014-CEPLAN/PCD, establece que el POI es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública que toma como base la información generada en el Plan Estratégico Institucional.
Este documento desagrega las acciones estratégicas identificadas en el PEI en actividades para un periodo determinado.
Que, con Resolución Ministerial Nº 425-2016-EF/41, se aprueba el Plan Estratégico Institucional 2017 - 2019 del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que cuenta con el Informe Técnico de No Objeción emitido por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN);
Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, de fecha 30 de noviembre de 2016, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
Que, con Resolución Ministerial Nº 413-2016-EF/41, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al año fiscal 2017;
Que, la Directiva Nº 001-2011-EF/41.01 "Normas y Lineamientos para la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas" aprobada con Resolución Ministerial Nº 798-2011-EF/41, señala que el Plan Operativo Institucional (POI) es un instrumento de gestión que contiene la programación de actividades de los distintos órganos del Ministerio de Economía y Finanzas a ser ejecutadas en un periodo anual, orientado hacia la consecución de los objetivos y metas institucionales; contribuye al cumplimiento de los objetivos, lineamientos de política y acciones estratégicas del PEI y permite la ejecución de los recursos presupuestarios asignados al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) con criterios de eficiencia, calidad de gasto y transparencia;
Que, el literal b) del artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo Nº 117-2014-EF y modificatoria, señala entre las funciones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, la de formular y evaluar el Plan Operativo Institucional;
Que, el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2017 ha sido elaborado con la participación de los órganos y unidades ejecutoras del Ministerio de Economía y Finanzas, y articulado con los objetivos y actividades estratégicas establecidas en el Plan Estratégico Institucional 2017 - 2019, y con el presupuesto asignado a los órganos y unidades ejecutoras, a través de las metas presupuestales;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28411 -
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF y modificatoria, y la Resolución Ministerial
Nº 798-2011-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del POI 2017
Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio de Economía y Finanzas, documento que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicación del POI 2017
El Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por la presente resolución, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
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