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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 974-2016/MINSA 606791 NORMAS LEGALES Sábado 17 de diciembre de 2016 El
12/17/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 974-2016/MINSA 606791 NORMAS LEGALES Sábado 17 de diciembre de 2016 El
Disponen inicio del proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud al Ministerio de Salud y conforman la Comisión de Transferencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 974-2016/MINSA Lima, 16 de diciembre del 2016 Visto, el Expediente Nº 16-115345-001 que contiene el Informe Nº 181-2016-OGPPM-OOM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 974-2016/MINSA
Lima, 16 de diciembre del 2016
Visto, el Expediente Nº 16-115345-001 que contiene el Informe Nº 181-2016-OGPPM-OOM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1167 se crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Salud, determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica;
Que, con Decreto Supremo Nº 016-2014-SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud;
Que, mediante Ley Nº 30526, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de diciembre de 2016, se desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y se deroga el Decreto Legislativo Nº 1167;
Que, la precitada Ley dispone en el numeral 2.1 de su artículo 2, que el Ministerio de Salud asume las competencias y funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, garantizando la continuidad de la prestación de los servicios de salud que correspondan;
Que, por su parte, el numeral 2.2 del artículo 2 de la citada Ley Nº 30526, establece que en un plazo de noventa días calendario contados a partir de su vigencia, el Ministerio de Salud emite la resolución ministerial para determinar los órganos a los cuales se transfieren las competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; previéndose, además, que dentro de dicho plazo culmina también el proceso de transferencia;
Que, conforme al numeral 2.3 del artículo 2 de la acotada Ley, en tanto se lleve a cabo el proceso de transferencia referido en el considerando precedente, el Ministerio de Salud emite la normas correspondientes para garantizar la continuidad de la prestación de servicios y el desarrollo de las competencias y funciones asignadas al Instituto de Gestión de Servicios de Salud;
Que, en ese sentido, resulta necesario emitir las disposiciones correspondientes, en tanto se lleve a cabo el proceso de transferencia a que alude la Ley
Nº 30526;
Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos; del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; del Director General de la Oficina General de Administración; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer el inicio del proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud al Ministerio de Salud, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30526; para cuyo efecto, se conforma la Comisión de Transferencia integrada por:
- Un representante del Despacho Ministerial, quien la preside.
- El titular del Pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud.
- El Secretario General del Ministerio de Salud.
- La Secretaria General del Instituto de Gestión de Servicios de Salud.
- La Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud.
- El Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, quien actúa como Secretario Técnico.
- El Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud.
- El Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud.
- El Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud.
- La Directora General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto de Gestión de Servicios de Salud.
- La Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud.
- La Directora General de la Oficina de Administración del Instituto de Gestión de Servicios de Salud.
La Comisión de Transferencia podrá invitar a representantes del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud como veedores del proceso de transferencia.
Los integrantes designados en la Comisión de Transferencia podrán acreditar a representantes alternos.
Artículo 2.- La Comisión de Transferencia se instala dentro del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Disponer la continuidad de la prestación de los servicios de salud a cargo del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, en el marco de sus instrumentos de gestión institucional aprobados, y en tanto dure el proceso de transferencia.
Artículo 4.- Disponer la continuidad de los sistemas administrativos a cargo de los órganos y unidades ejecutoras del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, en el marco de la normativa vigente, y en tanto dure el proceso de transferencia.
Artículo 5.- La Comisión de Transferencia a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, culmina el proceso de transferencia dentro del plazo previsto en el numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley Nº 30526, debiendo cumplir con presentar el Informe Final y las Actas del proceso en mención, al Despacho Ministerial.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Instituto de Gestión de Servicios de Salud, al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud y a todos los funcionarios que integran la Comisión de Transferencia.
Artículo 7.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el Diario Oficial "El Peruano", y en el portal electrónico del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.aspfiop=115.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
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