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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 039-2016-EF 607512 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2016 / El
12/23/2016
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 039-2016-EF 607512 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2016 / El
Aceptan Aporte Financiero No Reembolsable a ser otorgado por el KfW, destinado a financiar la implementación de la Tercera Fase del Programa de Áreas Naturales Protegidas (PAN III) - Proyecto para la Conservación de las Áreas Protegidas Marinas y Costeras del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2016-EF Lima, 22 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, otorgará un Aporte Financiero No Reembolsable a la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2016-EF
Lima, 22 de diciembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, otorgará un Aporte Financiero No Reembolsable a la República del Perú hasta por EUR 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES
Y 00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente la Implementación de la Tercera Fase del Programa de Áreas Naturales Protegidas (PAN III) - Proyecto para la Conservación de las Áreas Protegidas Marinas y Costeras del Perú, cuya ejecución estará a cargo del Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú -
PROFONANPE;
Que, el referido Programa tiene como objetivo atender de manera integrada la conservación de las áreas protegidas marinas y costeras del Perú, con énfasis en la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, contribuyendo a la conservación de la biodiversidad marina, costera y su aprovechamiento sostenible.
Que, resulta necesario formalizar la aceptación del referido Aporte Financiero No Reembolsable y autorizar la suscripción del Contrato que lo implementa;
Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por el presente Aporte Financiero No Reembolsable, se cuenta con la opinión favorable del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP del Ministerio del Ambiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Décimo Quinta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar el Aporte Financiero No Reembolsable a ser otorgado por el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, hasta por EUR 10 000 000,00 (DIEZ
MILLONES Y 00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente la Implementación de la Tercera Fase del Programa de Áreas Naturales Protegidas (PAN III) -
Proyecto para la Conservación de las Áreas Protegidas Marinas y Costeras del Perú, cuya ejecución estará a cargo del Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú - PROFONANPE.
Artículo 2.- Autorizar al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir el Contrato que implemente el Aporte Financiero No Reembolsable referido en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema; así como al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado Contrato.
Artículo 3.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará al Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú - PROFONANPE
los recursos provenientes del Aporte Financiero No Reembolsable que se acepta en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, en el cual se fijan las condiciones del aludido traspaso, el mismos que será aprobado mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
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