1/03/2017

RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 247-2016-ITP/DE Aprueban el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro

Aprueban el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua" RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 247-2016-ITP/DE Callao, 30 de diciembre de 2016 VISTOS: El Memorándum Nº 287-2016-ITP/CITEagroindustrial Moquegua, de fecha 20 de diciembre de 2016, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia T ecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua; el Informe Nº 243-2016-ITP/OPPM-04,
Aprueban el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua"
RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 247-2016-ITP/DE
Callao, 30 de diciembre de 2016
VISTOS:

El Memorándum Nº 287-2016-ITP/CITEagroindustrial Moquegua, de fecha 20 de diciembre de 2016, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia T ecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua; el Informe Nº 243-2016-ITP/OPPM-04, de fecha 26 de diciembre de 2016, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 573-2016-ITP/OAJ, de fecha 27 de diciembre de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92 se crea el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) y de conformidad con la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, se modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); asimismo, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228 "Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE", aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de 11 NORMAS LEGALES
Martes 3 de enero de 2017
El Peruano / la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, los CITE públicos son órganos desconcentrados del ITP;

Que, por Resolución Ministerial Nº 035-2016- PRODUCE, se crea el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua";

Que, el ITP tiene entre sus recursos los provenientes de la prestación de servicios, conforme lo dispone el literal d) del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 92;
y los CITE tienen como función, brindar asistencia técnica y capacitación en relación a procesos, productos, servicios, mejora de diseño, calidad, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto por el literal a) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;

Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que: "Los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente";

Que, conforme con lo previsto en el numeral 37.4 del artículo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1272, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago;

Que, mediante los documentos de Vistos, el CITEagroindustrial Moquegua, presenta la propuesta de Tarifario de Servicios Tecnológicos del mencionado CITE, el mismo que está conformado por cinco (05) servicios tecnológicos, dentro de los cuales se encuentran dos (02) servicios de capacitación denominados: i) Gestión de Calidad en la Cadena Productiva Agroindustrial;
y ii) Técnicos Productivos en la Cadena Productiva Agroindustrial; un (01) servicio de asistencia técnica denominado: Asistencia Técnica en Procesos de la Cadena Productiva Agroindustrial; un (01) servicio de soporte productivo denominado: Toma de Muestras en la Cadena Productiva Agroindustrial; y un (01) servicio de asesoría especializada denominado: Formulación de Proyectos, teniendo en cuenta que dichos servicios se encuentran dentro de sus funciones;

Que, mediante el Informe Nº 243-2016-ITP/OPPM-04, de fecha 26 de diciembre de 2016, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para la aprobación del "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua";

Que, mediante el Informe Nº 573-2016-ITP/OAJ, de fecha 27 de diciembre de 2016, la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable, para la aprobación del Tarifario antes mencionado, al encontrarse los servicios contenidos en el mismo, dentro de las funciones del ITP y cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia;

Con la visación de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE; el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo
Nº 005-2016-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua", conforme se detalla a continuación:

Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO
Unidad de Medida Valor del Servicio (soles)
% UIT
SERVICIOS DE CAPACITACIÓN
001
Gestión de Calidad en la Cadena Productiva Agroindustrial Servicio 42.35 1.0723
002
Técnicos Productivos en la Cadena Productiva Agroindustrial Servicio 61.33 1.5526
SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA
003
Asistencia Técnica en Procesos de la Cadena Productiva Agroindustrial Servicio 105.14 2.6617
SERVICIOS DE SOPORTE PRODUCTIVO
004
Toma de Muestras en la Cadena Productiva Agroindustrial Servicio 228.45 5.7835
SERVICIOS DE ASESORÍA ESPECIALIZADA
005 Formulación de Proyectos Servicio 2921.21 73.9546
Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y en el mismo día, en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVAN CASTILLEJO LEGTIG
Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción

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