1/03/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0629-2016-MINAGRI Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) del

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0629-2016-MINAGRI Lima, 29 de diciembre de 2016 VISTA: La Nota Nº 0421-2016-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre aprobación de la propuesta Plan Operativo Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0629-2016-MINAGRI
Lima, 29 de diciembre de 2016
VISTA:

La Nota Nº 0421-2016-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre aprobación de la propuesta Plan Operativo Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2017; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego, es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria;
ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno;

Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), que debe ser 4 NORMAS LEGALES
Martes 3 de enero de 2017 / El Peruano concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC) y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; asimismo, el numeral 71.3 del mismo artículo señala que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;

Que, mediante el Informe Nº 0209-2016-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ha remitido la propuesta del Plan Operativo Institucional - POI del Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2017, indicando que dicho Plan está conforme a los objetivos de la actual gestión de gobierno determinando las actividades y tareas que permitirán viabilizar el logro de los objetivos y metas a alcanzar para el Año Fiscal 2017 y sobre la base de la Política Nacional Agraria, aprobada por Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI; del Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado - PESEM 2015-2021 (Diciembre 2016) del Sector Agricultura y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0602-2016-MINAGRI; del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2016-2018 del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0125-2016-MINAGRI; y, de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura - PIA correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 013.

Ministerio de Agricultura y Riego, por un monto de S/ 1
282 592 254,00, mediante la Resolución Ministerial Nº 0617-2016-MINAGRI;

Que, la referida propuesta del documento de gestión ha sido elaborada bajo un enfoque de planeamiento estratégico y de gestión por resultados; y, la metodología empleada se ciñe a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico" aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/ PCD; y a la Directiva Sectorial Nº 004-2014-MINAGRI-DM, "Directiva Sectorial para la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional - POI del Ministerio de Agricultura y Riego, sus Programas, Proyectos Especiales y Organismos Públicos Adscritos", aprobada con Resolución Ministerial Nº 0637-2014-MINAGRI; en consecuencia, resulta necesario aprobar la propuesta del citado documento de gestión, para establecer las actividades y responsabilidades de cada uno de los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos de la Entidad, en concordancia con los objetivos institucionales, determinándose el desarrollo de la gestión bajo el enfoque por resultados, que se encuentran acordes a la actual gestión de gobierno;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; y, la Directiva Sectorial Nº 004-2014-MINAGRI-DM, aprobada con Resolución Ministerial Nº 0637-2014-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2017, cuyo texto en Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- El cumplimiento de la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Agricultura y Riego, para el Año Fiscal 2017, que se aprueba por esta Resolución Ministerial, es de responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos del Ministerio de Agricultura y Riego, en el ámbito de sus competencias, con la finalidad de alcanzar los objetivos sectoriales.

Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, presentará al Ministro de Agricultura y Riego un informe trimestral, respecto al seguimiento de los avances de la implementación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Agricultura y Riego, para el Año Fiscal 2017; sin perjuicio de atender el requerimiento de informe que le solicite la Alta Dirección del MINAGRI.

Artículo 4.- La presente Resolución se publica en el Diario Oficial El Peruano; y en la misma fecha, conjuntamente con el Anexo que forma parte de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego

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