1/01/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000287-2016-J/ONPE Aprueban Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal

Aprueban Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2016 Reprogramado, Versión 02 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000287-2016-J/ONPE Lima, 30 de diciembre del 2016 VISTOS; el Informe Nº 000536-2016-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000193-2016-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe Nº 000000-2016-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Conforme lo señala el numeral 71.1 del artículo
Aprueban Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2016 Reprogramado, Versión 02 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000287-2016-J/ONPE
Lima, 30 de diciembre del 2016
VISTOS; el Informe Nº 000536-2016-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000193-2016-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe Nº 000000-2016-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Conforme lo señala el numeral 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, "Las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso";

De acuerdo a lo prescrito en el numeral 71.3 del artículo 71º del cuerpo normativo señalado precedentemente, los Planes Operativos Institucionales (POI) refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal, conteniendo los procesos a desarrollar para cumplir sus Metas; así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;

En ese contexto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitió las resoluciones jefaturales de aprobación Nº 000389-2015-J/ONPE del "Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2016", Nº 000155-2016-J/ ONPE del "Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2016 Reprogramado, Versión 01"; y, Nº 000271-2015-J/ ONPE, de la Directiva DI01-GPP/PLAN: "Formulación, Monitoreo, Reprogramación y Evaluación de los Planes Institucionales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales", Versión 01, que establece en su numeral 7.2.4.1 incisos a) y b) lo siguiente:
a) Los casos en que se efectúa la reprogramación del POI son:
- Modificaciones de la estructura orgánica y/o estructura funcional y programática de la institución;
- Modificaciones presupuestarias, que incidan en la ejecución a nivel de actividades o metas presupuestarias del POI inicialmente aprobado;
- Actualización del Plan Estratégico Institucional;
- Disposiciones emanadas por la Alta Dirección, que reorienten las prioridades, lineamientos u objetivos institucionales.
b) Las circunstancias para que los órganos puedan solicitar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (GPP), la inclusión, modificación y/o anulación de actividades operativas, tareas o metas físicas, las cuales se harán efectivas cuando se reprograme el POI por alguno de los casos dispuestos en los incisos i, ii, iii y iv del numeral 7.2.4.1;

De acuerdo a la normativa antes señalada, mediante el Informe de vistos la GPP propone la reprogramación del POI antes referido, el mismo que ha recogido las propuestas de inclusión, modificación y/o anulación de actividades operativas, tareas o metas físicas por los diversos órganos de la Entidad y teniendo en cuenta las modificaciones presupuestarias e incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE para el Año Fiscal 2016; precisándose que el referido Plan, considera los lineamientos establecidos en el Plan Estratégico Institucional 2014-2017 de la ONPE;

Mediante el Informe de vistos, la Gerencia General recomienda la aprobación del POI para el Año Fiscal 2016
Reprogramado, Versión 02, de acuerdo a lo propuesto por la GPP;

Estando a lo dispuesto en el artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411; y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como por el literal s) y t) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ ONPE y sus modificatorias;

Con los visados de la Gerencia General, de la Secretaría General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2016 Reprogramado, Versión 02 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Establecer como responsabilidad de todos los órganos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales el cumplimiento del referido Plan, debiendo formular la evaluación correspondiente en los plazos y 44 NORMAS LEGALES
Domingo 1 de enero de 2017 / El Peruano forma que establece la normativa vigente, quedando a cargo de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar el seguimiento y evaluación correspondientes.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional www.onpe.gob.pe, y en el Portal del Estado Peruano, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 29091.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe Oficina Nacional de Procesos Electorales

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