1/14/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0002/RE-2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0002/RE-2017 Lima, 8 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Perú se adhirió, el 10 de abril de 1981, al Tratado Antártico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.º 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0002/RE-2017
Lima, 8 de enero de 2017
CONSIDERANDO:
Que, el Perú se adhirió, el 10 de abril de 1981, al Tratado Antártico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR
I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP);
Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.º 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realización y continuidad de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR) a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Perú en el continente antártico;
Que, la Política Nacional Antártica, prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulación, coordinación, conducción y supervisión toda vez que es su ente rector;
Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica, aprobada por Resolución Ministerial N.º 0624-RE-2014 establece como Acción Estratégica la ejecución anual de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR);
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del artículo 6º, inciso 13, de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Política Nacional Antártica, en cuyo marco se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores público y privado realicen;
25 NORMAS LEGALES
Sábado 14 de enero de 2017
El Peruano / Que, específicamente el inciso k) del artículo 72 del Decreto Supremo Nro. 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone como función específica de la Cancillería dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el continente antártico;
Que, en virtud de los incisos f) y g) del Decreto Supremo N.º 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, le corresponde a la Cancillería organizar las Campañas ANTAR, en coordinación con los sectores vinculados, gestionar y conservar la estación científica peruana en la Antártida;
Que, de acuerdo a estas funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto la realización de la Vigésimo Cuarta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIV) entre el 16 de enero al 5 de marzo de 2017;
Que, conforme el D.S. Nº 078-2016-RE, se modificó el artículo 2º del D.S. Nº 014-2014-RE que aprueba la Política Nacional Antártica, permitiendo al Ministerio de Relaciones Exteriores, por razones excepcionales y debidamente fundamentadas, intervenir para garantizar la administración logística y mantenimiento de la Estación Científica del Perú en la Antártida, en su condición de órgano rector respecto de la Política Nacional Antártica;
Que, la citada Expedición tendrá como objetivos:
profundizar el aporte científico del Perú al conocimiento de la Antártida; dar continuidad a las investigaciones que se vienen desarrollando desde expediciones anteriores; actualizar los estudios técnicos de base para la formulación de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antártica nacional; evaluar las condiciones y dar mantenimiento a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu"; fortalecer la cooperación con otros Estados Parte del Tratado Antártico; y contribuir a la difusión del valor de la Antártida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia;
Que, la Compañía de Operaciones Antárticas (COA) del Servicio de Ingeniería del Ejército del Perú participará en la Vigésimo Cuarta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIV), para realizar labores de mantenimiento, entre otras de orden técnico de su respectiva especialidad, en apoyo a las actividades científico ambientales que se realizarán durante la mencionada Campaña;
Que, el Servicio de Comunicaciones (SECOM) de la Fuerza Aérea del Perú participará en la Vigésimo Cuarta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIV), como personal logístico a cargo de la instalación, operación y mantenimiento del sistema de comunicaciones a implementar en la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), brindando soporte a las actividades científico ambientales que se realizarán durante la mencionada Campaña; asimismo, coordinaciones y labores de apoyo logístico en general en Punta Arenas, Chile;
Que, con Resolución Ministerial N.º 1087-2016-RE, de 7 de diciembre de 2016, se designó a los miembros de la delegación peruana que participará como expedicionarios de la Vigésimo Cuarta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIV), ubicada en la isla Rey Jorge o 25 de Mayo, Antártida, del 9 de enero al 5 de marzo de 2017;
Que, el despliegue y repliegue de los expedicionarios, suministros y equipos de la ANTAR XXIV a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP) se realizará entre el 16 de enero al 5 de marzo de 2017;
Teniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) N.º
4605 , N.º 4732 y N.º 68, del Despacho Viceministerial, de 16 y 30 de diciembre de 2016 y 9 de enero de 2017; y la Memoranda (DSL) N.º DSL0635/2016, DSL0677/2016
y DSL0010/2017, de 15 y 30 de diciembre de 2016 y 9 de enero de 2017, respectivamente, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, y (OPP) N.º
OPP0011/2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 3 de enero de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;
Visto el Decreto Supremo N.º 078-2016-RE que modificó el artículo 2º del D.S. N.º 014-2014-RE; la Resolución Ministerial N.º 1516-2016-DE/FAP y la Resolución Ministerial N.º 1515-2016-DE/FAP de 29 de diciembre de 2016; la Resolución de la Comandancia General de la Fuerza Aérea Nº 0670-COFAP del 28 de diciembre de 2016; la Resolución Directoral Nº 2988
DIGPE del 26 de diciembre de 2016; la Resolución del Comando de Personal del Ejército N.º 2765 RCPE/ SJAPCE/8 de 23 de diciembre de 2016 y la Resolución del Comando de Personal del Ejército N.º 2773 SJATSO/ S.1.b de 26 de diciembre de 2016; y la Resolución de la Comandancia General del Ejército N.º 740 DE/EP/ COPERE-2016 de 26 de diciembre de 2016; mediante los cuales se dispone el cambio de empleo del personal que ahí se detalla, en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores para realizar las labores de administración, logística y mantenimiento de la Estación Científica Machu Picchu de conformidad con la Política Nacional Antártica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º
29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.º 135-2010-RE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores;
el Decreto Supremo N.º 014-2014-RE que aprueba la Política Nacional Antártica, la Resolución Ministerial Nro.
0624/RE-2014 que aprueba su Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º
130-2003-RE y sus modificatorias; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, en el marco de la Vigésimo Cuarta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIV), del siguiente personal a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge ó 25 de Mayo, Antártida, para participar del 18 de enero al 5 de marzo de 2017, a fin de que cumplan funciones de su especialidad en la citada estación; los funcionarios viajarán a la ECAMP, Antártida, utilizando la vía comercial, de acuerdo al siguiente detalle:
MINISTERIO DE DEFENSA - FUERZA AÉREA DEL
PERU - SERVICIO DE COMUNICACIONES (SECOM)
- Mayor FAP César Paolo Chumpitazi Casafranca; y, - Técnico de 2da FAP Jhonny Orlando Villacrez Arista.
MINISTERIO DE DEFENSA - EJÉRCITO DEL PERU
- COMPAÑÍA DE OPERACIONES ANTÁRTICAS
- Mayor EP José Luis Núñez Peralta;
- Mayor EP Ari Inti Salhuana Reyna;
- Mayor EP José Pedro Chuquitaype Rodriguez;
- Capitán EP Hugo Eduardo Villanueva Cusirramos;
- Técnico de 1ra EP Albino Rigoberto Milla Alegre;
- Técnico de 1ra EP Juan Régulo Verástegui Castañeda;
- Técnico de 2da EP Bernardino Mamani Machaca;
- Técnico de 3ra EP Joel García Angulo;
- Suboficial de 1ra EP Florencio Victorio Guerrero Melendres;
- Suboficial de 1ra EP Jheans Rober Vila Cañari;
- Señor Julio César Cari Yupa;
- Señor Manuel Monzón Núñez;
- Señor Pedro Alexander Contreras Hurtado; y, - Señor Cosme Aldo Saavedra Bustinza.
Artículo 2.- Los gastos de participación del siguiente personal, por concepto de viáticos en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, para participar del 16 al 20 de enero de 2017, en la etapa de despliegue y el correspondiente del 4 al 5 de marzo de 2017 en la etapa de repliegue, que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896 Realización Periódica de las Campañas Científicas a la Antártida, debiendo rendir 26 NORMAS LEGALES
Sábado 14 de enero de 2017 / El Peruano cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15)
días posteriores, al término de la expedición de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica Viáticos por día US$
Nº de días Total Viáticos
US$
César Paolo Chumpitazi Casafranca 1 390,00 370,00 6 2 220,00
José Luis Núñez Peralta 1 390,00 370,00 6 2 220,00
Bernardino Mamani Machaca 1 390,00 370,00 6 2 220,00
Artículo 3.- Los gastos de participación del siguiente personal, por concepto de viáticos en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, para participar del 18 al 19 de enero de 2017, en la etapa de despliegue y el correspondiente del 4 al 5 de marzo de 2017 en la etapa de repliegue, que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896 Realización Periódica de las Campañas Científicas a la Antártida, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15)
días posteriores, al término de la expedición de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica Viáticos por día US$
Nº de días Total Viáticos
US$
Jhonny Orlando Villacrez Arista 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Ari Inti Salhuana Reyna 1 475,00 370,00 3 1 110,00
José Pedro Chuquitaype Rodriguez 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Hugo Eduardo Villanueva Cusirramos 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Albino Rigoberto Milla Alegre 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Juan Régulo Verástegui Castañeda 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Joel García Angulo 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Florencio Victorio Guerrero Melendres 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Jheans Rober Vila Cañari 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Julio César Cari Yupa 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Manuel Monzón Núñez 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Pedro Alexander Contreras Hurtado 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Cosme Aldo Saavedra Bustinza 1 475,00 370,00 3 1 110,00
Artículo 4.- Los gastos de participación del siguiente personal por concepto de viáticos que irrogue la presente comisión de servicios durante la permanencia en la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), para participar del 16 de enero al 4 de marzo de 2017, correspondientes al 20% del total de viáticos por día, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896 Realización Periódica de las Campañas Científicas a la Antártica, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días posteriores, al término de la expedición, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Nº de días Viáticos por día al 20% US$
Total Viáticos
US$
César Paolo Chumpitazi Casafranca 44 74 3 256,00
Jhonny Orlando Villacrez Arista 44 74 3 256,00
José Luis Núñez Peralta 44 74 3 256,00
Ari Inti Salhuana Reyna 44 74 3 256,00
José Pedro Chuquitaype Rodriguez 44 74 3 256,00
Hugo Eduardo Villanueva Cusirramos 44 74 3 256,00
Albino Rigoberto Milla Alegre 44 74 3 256,00
Juan Régulo Verástegui Castañeda 44 74 3 256,00
Bernardino Mamani Machaca 44 74 3 256,00
Joel García Angulo 44 74 3 256,00
Nombres y Apellidos Nº de días Viáticos por día al 20% US$
Total Viáticos
US$
Florencio Victorio Guerrero Melendres 44 74 3 256,00
Jheans Rober Vila Cañari 44 74 3 256,00
Julio César Cari Yupa 44 74 3 256,00
Manuel Monzón Núñez 44 74 3 256,00
Pedro Alexander Contreras Hurtado 44 74 3 256,00
Cosme Aldo Saavedra Bustinza 44 74 3 256,00
Artículo 5.- El citado personal se trasladará de la ciudad de Punta Arenas, República de Chile a la Antártida, por vía aérea y marítima, del 20 de enero al 4 de marzo de 2017 y realizará el viaje de regreso, el 5 de marzo de 2017; el costo de transporte será pagado vía encargo, a través de la Embajada del Perú en la República de Chile.
Artículo 6.- Dentro de los quince días (15) calendarios, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar un informe consolidado de las acciones realizadas durante el viaje autorizado al Ministro de Relaciones Exteriores.
Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
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