1/28/2017

RESOLUCIÓN N° 0059-2017/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN Nº 0059-2017/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 23 de enero del 2017 Visto el Expediente Nº 671-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 169 313 268,70 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado Pampas Grande, circundado por los cerros Bon Bon y Gollorumi al Norte, Cuchicotup y Manja Punta al Este, Buena Vista y Huancor Pampa al Sur; y Media Luna y Bomboncito al Oeste, con acceso desde Pampas Grande por la vía vecinal AN-742

RESOLUCIÓN Nº 0059-2017/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 23 de enero del 2017
Visto el Expediente Nº 671-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 169 313 268,70 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado Pampas Grande, circundado por los cerros Bon Bon y Gollorumi al Norte, Cuchicotup y Manja Punta al Este, Buena Vista y Huancor Pampa al Sur; y Media Luna y Bomboncito al Oeste, con acceso desde Pampas Grande por la vía vecinal AN-742 hasta los Caseríos Huacpata y Cullash, distrito de Pampas Grande, provincia de Huaraz, departamento de Ancash; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 169 313 268,70 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado Pampas Grande, circundado por los cerros Bon Bon y Gollorumi al Norte, Cuchicotup y Manja Punta al Este, Buena Vista y Huancor Pampa al Sur; y Media Luna y Bomboncito al Oeste con acceso desde Pampas Grande por la vía vecinal AN-742 hasta los Caseríos Huacpata y Cullash, distrito de Pampas Grande, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral Nº VII - Oficina Registral de Huaraz, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 10 de junio de 2016 elaborado en base al Informe Técnico Nº 1773-2016-Z.R.NºVII/OC-HZ de fecha 08 de junio de 2016 (folio 47) informando que el polígono se encuentra comprendido en un ámbito donde no existe superposición gráfica con predios inscritos, correspondiente a zona de terrenos eriazos;

Que, por la extensión del terreno se realizaron inspecciones técnicas con fecha 11 y 12 de noviembre de 2015 (folio 55) y 10 de marzo de 2016 (folio 53), observándose que el terreno es de naturaleza eriaza, forma irregular, composición de suelo arenosa-arcillosa y con presencia de fragmentos rocosos, recubiertos con vegetación arbórea y herbácea estacional, topografía con pendientes que van desde 5% a 30% aproximadamente;

27 NORMAS LEGALES
Sábado 28 de enero de 2017
El Peruano / encontrándose ocupado por construcciones dispersas, a la fecha de la inspección;

Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado;

Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA "Reglamento de la Ley Nº 29151" dispone que la primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias;

Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde llevar a cabo el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado sobre el terreno eriazo de 169 313 268,70 m², de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y la Directiva Nº 002-2016/SBN, de fecha 13 de julio de 2016, aprobada en mérito de la Resolución Nº 052-2016/SBN, que regula el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado;

Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1560-2016/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 15 de noviembre de 2016 (folios 63 a 65);

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 169
313 268,70 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado Pampas Grande, circundado por los cerros Bon Bon y Gollorumi al Norte, Cuchicotup y Manja Punta al Este, Buena Vista y Huancor Pampa al Sur; y Media Luna y Bomboncito al Oeste, con acceso desde Pampas Grande por la vía vecinal AN-742 hasta los Caseríos Huacpata y Cullash, distrito de Pampas Grande, provincia de Huaraz, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Oficina Registral de Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Huaraz.

Regístrese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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