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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 013-2017-CONADIS/PRE Aprueban el Distintivo Vehicular para el Parqueo

Aprueban el Distintivo Vehicular para el Parqueo de Vehículos conducidos u ocupados por Personas con Discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del CONADIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 013-2017-CONADIS/PRE Lima, 17 de febrero de 2017 VISTOS: El Informe Nº 08-2017-CONADIS/DIR de la Dirección de Investigación y Registro, el Informe Nº 42-2017-CONADIS/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona
Aprueban el Distintivo Vehicular para el Parqueo de Vehículos conducidos u ocupados por Personas con Discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del CONADIS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 013-2017-CONADIS/PRE
Lima, 17 de febrero de 2017
VISTOS:

El Informe Nº 08-2017-CONADIS/DIR de la Dirección de Investigación y Registro, el Informe Nº 42-2017-CONADIS/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad;
estando constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera; constituyendo un pliego presupuestario; y tiene como función establecer y coordinar las políticas multisectoriales nacionales sobre discapacidad a fin de contribuir en el proceso de integración social, económico y cultural de la persona con discapacidad, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 19 de la Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que los estacionamientos públicos y privados, incluyendo las zonas de estacionamiento de los establecimientos públicos y privados, disponen la reserva de espacios para vehículos conducidos por personas con discapacidad o que las transporten;

Que, el artículo 70 del Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP , dispone entre otros, que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, a través del órgano de línea competente, es la entidad encargada de organizar y actualizar el Registro Nacional de la Persona con Discapacídad y otros Registros;

Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba Medidas Adicionales de Simplificación Administrativa, se modifica el artículo 4 de la Ley Nº 28084, Ley que Regula el Parqueo Especial para Vehículos ocupados por Personas con Discapacidad, disponiendo que, cuando estas personas conduzcan o sean ocupantes de unidades vehiculares tienen derecho al uso del parqueo especial en los establecimientos públicos y privados, exhibiendo el distintivo vehicular, emitido por el CONADIS, en un lugar visible del vehículo y durante el tiempo que permanezca estacionado; así también, establece que el distintivo vehicular es portable, personal e intransferible, cuyas características son reguladas por el CONADIS y se emite mediante trámite automático y gratuito, presentando el carné de inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2016-MIMP, establece, entre otros, que la Dirección de Investigación y Registro es el órgano responsable de dirigir y supervisar el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; por lo cual, mediante informe de vistos, la citada Dirección solicita la aprobación del diseño del distintivo vehicular, precisando que el mismo cumple los mecanismos de seguridad para evitar su falsificación; lo cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; por tanto, resulta viable aprobar el presente acto resolutivo;

Con la visación de la Secretaría General, de la Dirección de Investigación y Registro y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que Aprueba Medidas Adicionales de Simplificación Administrativa, el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2016-MIMP y la Resolución Suprema Nº 009-2016-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Distintivo Vehicular para el Parqueo de Vehículos conducidos u ocupados por Personas con Discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, cuyas características están detalladas en el anexo adjunto y forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- El Distintivo Vehicular antes señalado será otorgado de forma automática y de manera gratuita, con la presentación del carné de inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, conforme al procedimiento contemplado en el Reglamento del citado Registro.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad.

Artículo 4.- El anexo adjunto a la presente Resolución será publicado en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.conadisperu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MG. RIOS ESPINOZA
Presidente (e)
Consejo Nacional Para la Integración de la Persona con Discapacidad

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