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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 013-2017-FONDEPES/J Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro de
2/27/2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 013-2017-FONDEPES/J Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro de
Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal - CAP Provisional del FONDEPES FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 013-2017-FONDEPES/J Lima, 24 de febrero de 2017 VISTOS: El Informe Nº 07-2017-FONDEPES/ OGA/ARH e Informe Nº 015-2017-FONDEPES/OGA/ ARH, ambos del Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, el Informe 037-2017-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 098-2017-FONEDEPES/OGAJ
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 013-2017-FONDEPES/J
Lima, 24 de febrero de 2017
VISTOS: El Informe Nº 07-2017-FONDEPES/ OGA/ARH e Informe Nº 015-2017-FONDEPES/OGA/ ARH, ambos del Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, el Informe 037-2017-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 098-2017-FONEDEPES/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), a través del cual se determinan las áreas programáticas de acción y se regulan las competencias, funciones y su estructura orgánica;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, mediante Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE);
Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014- PCM, señaló que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo Nº 043- 2004, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP;
62 NORMAS LEGALES
Lunes 27 de febrero de 2017 / El Peruano Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE, se aprobaron las modificaciones y la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP
Provisional);
Que, el acápite 7.5 del numeral 7 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH establece que el CAP
Provisional, es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057;
Que, asimismo, el acápite 1.3 del numeral 1 del Anexo 4 de la referida Directiva, indica que, en caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, siguiendo los lineamiento establecidos en el numeral 5 de dicho anexo sobre reordenamiento de cargos. En ningún caso estas acciones habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto;
Que, el CAP Provisional del FONDEPES, fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 320-2015-PRODUCE del 28 de setiembre de 2015, el mismo que cuenta con un reordenamiento autorizado con Resolución Jefatural 029-2016-FONDEPES/J del 21 de enero de 2016;
Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la Entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces;
Que, en ese contexto, el Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la Entidad, propuso a través del Informe Nº 07-2017-FONDEPES/OGA/ARH e Informe Nº 015-2017-FONDEPES/OGA/ARH del 11 de enero y 06 de febrero de 2017, respectivamente, el Reordenamiento del CAP Provisional del FONDEPES, relativo a los cargos dentro del Órgano de Control Institucional, Procuraduría Publica, Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola y Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura;
Que, la propuesta presentada cuenta con la opinión favorable de la Oficina General Planeamiento y Presupuesto, según se advierte del Informe Nº 037-2017-FONDEPES/ OGPP del 17 de febrero de 2017 y de conformidad con el articulo h) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES;
Que, por su parte, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 098-2017-FONDEPES/OGAJ del 23 de febrero de 2017, señaló que resulta viable continuar con el procedimiento de aprobación del Reordenamiento del CAP Provisional del FONDEPES, dado que el mismo se ajusta en estricto a las normas legales vigentes;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos del CAP Provisional FONDEPES, en concordancia con su estructura orgánica vigente;
Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057
- Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/ PE, que aprueba las modificaciones y la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH
"Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal - CAP Provisional, del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero -FONDEPES, el mismo que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución y el Anexo a que se hace referencia el artículo 1 de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", en el Portal del Estado Peruano y en el portal institucional.
Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ISABEL CASTRO SILVESTRE
Jefa
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