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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0053-2017-MINAGRI Modifican la R.M. N° 0013-2017-MINAGRI, sobre
2/18/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0053-2017-MINAGRI Modifican la R.M. N° 0013-2017-MINAGRI, sobre
Modifican la R.M. Nº 0013-2017-MINAGRI, sobre conformación del Grupo de Trabajo denominado "Mesa Ejecutiva de Desarrollo Forestal" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0053-2017-MINAGRI Lima, 16 de febrero de 2017 VISTO: El Informe Nº 002-2017-CAG, de fecha 24 de enero de 2017, de la Asesoría del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre modificación de la Resolución Ministerial Nº 0013-2017-MINAGRI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N' 0013-2017-MINAGRI,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0053-2017-MINAGRI
Lima, 16 de febrero de 2017
VISTO:
El Informe Nº 002-2017-CAG, de fecha 24 de enero de 2017, de la Asesoría del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre modificación de la Resolución Ministerial Nº 0013-2017-MINAGRI; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial N'
0013-2017-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de enero de 2017, se crea el Grupo de Trabajo denominado "Mesa Técnica de Desarrollo Forestal", de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego-MINAGRI, encargado de identificar, promover y proponer acciones en materia forestal, que permitan el desarrollo forestal sostenible y la formalización de sus actores:
Que, el documento del Visto, formula la propuesta de modificación de la Resolución Ministerial mencionada en el considerando precedente;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura. modificado por la Ley Nº 30048
a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Articulo 1.- Modificar los artículos 1, 3, 5 y 7 de la Resolución Ministerial Nº 0013-2017-MINAGRI, la misma que queda redactada en los términos siguientes:
"Artículo 1.- Conformación y objeto del Grupo de Trabajo Conformar el Grupo de Trabajo denominado "Mesa Ejecutiva de Desarrollo Forestal'', de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego —
MINAGRI, en adelante el Grupo de Trabajo, que tiene por objeto identificar, promover y proponer acciones en materia forestal, que permitan el desarrollo forestal sostenible y la formalización de sus actores, así como otras funciones que sean determinadas por los integrantes del Grupo de Trabajo."
"Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está conformado por los siguientes integrantes:
a) Ministerio de Agricultura y Riego, MINAGRI, que lo presidirá;
b) Ministerio del Ambiente — MINAM;
c) Ministerio de Comercio Exterior y Turismo —
MINCETUR;
d) Ministerio de la Producción — PRODUCE;
e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre —
SERFOR;
f) Gobierno Regional de Amazonas;
g) Gobierno Regional de Ucayali;
h) Gobierno Regional de Loreto;
i) Gobierno Regional de San Martín;
j) Gobierno Regional de Madre de Dios;
k) Gobierno Regional de Huánuco;
1) Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Ministerio Público;
m) Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre-OSINFOR;
n) Confederación Nacional Forestal del Perú (CONAFOR — PERU);
o) Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP);
p) Asociación de Exportadores (ADEX);
q) Sociedad Nacional de Industrias (SNI);
r) Cámara Nacional Forestal (CNF);
s) Asociación de Productores Forestales de Ucayali (APROFU); y, t) Sociedad de Comercio Exterior del Perú — COMEX"
"Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, la misma que brindará el apoyo administrativo necesario para el desarrollo de las acciones que el Grupo de Trabajo Forestal requiera para el cumplimiento de sus funciones."
"Artículo 7.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sustentan el cumplimiento de sus funciones a su 10 NORMAS LEGALES
Sábado 18 de febrero de 2017 / El Peruano respectivo presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
La participación de los representantes designados por los diferentes niveles de gobierno ante el Grupo de Trabajo es ad honorem."
Artículo 2.- Declarar subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 0013-2017-MINAGRI.
Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y, en la misma fecha en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego
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