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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 031-2017-TR Aprueban transferencia financiera del Programa Nacional para

Aprueban transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" en el marco del convenio suscrito con la Universidad Nacional del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2017-TR Lima, 24 de febrero de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 151-2017-MTPE/3/24.3/CE de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; el Informe Nº 70-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP y el Memorando Nº 123-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP, de la Unidad
Aprueban transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" en el marco del convenio suscrito con la Universidad Nacional del Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2017-TR
Lima, 24 de febrero de 2017
VISTOS: El Oficio Nº 151-2017-MTPE/3/24.3/CE de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; el Informe Nº 70-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP y el Memorando Nº 123-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Memorando Nº 61-2017-MTPE/3/24.3/ CE/UGE de la Unidad Gerencial de Emprendimiento; el Oficio Nº 66-2017-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 254-2017-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2011-TR, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 004-2012-TR, 013-2012-TR, 003-2015-TR y 008-2016-TR, se crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú", con el objeto de promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2015-TR, se modifica la denominación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" por la de Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", en adelante, el Programa, y señala que toda referencia en políticas, normativas, documentos de gestión, comunicaciones, proyectos y procesos a cargo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo realizada al Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú";

Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza la realización de manera excepcional, de transferencias financieras con entidades públicas, entre otros, para los procesos de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el diario oficial "El Peruano";

Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", aprobado por Resolución Ministerial Nº 202-2012-TR, establece que el objetivo del Programa es desarrollar acciones para promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país;

Que, en el marco del 15º Concurso de Proyectos, convocado por el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO, el proyecto "Emprendimiento con éxito en la Región Lima Provincias: Cañete", ha sido seleccionado para su financiamiento por FONDOEMPLEO; por lo que, para su ejecución se ha establecido el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 001-2017 suscrito entre el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Universidad Nacional del Callao, que acorde a los fines del Programa, permitirá realizar actividades de capacitación y asistencia para el autoempleo, desarrollar 31 NORMAS LEGALES
Sábado 25 de febrero de 2017
El Peruano / y fortalecer las competencias laborales de las personas desempleadas o en riesgo de perder el empleo, facilitando el acceso al mercado laboral;

Que, el referido convenio en la Cláusula Sétima establece que, el Programa mediante transferencia financiera dispondrá para el desarrollo del referido proyecto, el monto total de S/ 557,588.00 (Quinientos Cincuenta y Siete Mil Quinientos Ochenta y Ocho con 00/100 Soles);

Que, la Cláusula Décima del convenio antes señalado, precisa que dicha transferencia financiera se realizará en dos desembolsos, el primer desembolso correspondiente al 60% del monto total del proyecto, al día siguiente de recibido el Plan de Trabajo elaborado por la Universidad Nacional del Callao y el segundo desembolso correspondiente al 40% del monto restante, en el plazo de cinco (5) días hábiles posteriores al inicio de la Fase 4: Puesta en marcha del plan de negocio y entrega del kit emprendedor;

Que, en ese contexto, la Unidad Gerencial de Emprendimiento a través del Memorando Nº 61-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGE, que adjunta el Plan de Trabajo, remitido por la Universidad Nacional del Callao, a través del Oficio Nº 003-2017/IMPULSA PERU/CAÑETE/ EMPRENDIMIENTO, solicita iniciar los trámites de la transferencia financiera del primer desembolso señalado en el Convenio de Colaboración Interinstitucional suscrito con la Universidad Nacional del Callao;

Que, a través del Memorando Nº 123-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa "Impulsa Perú", remite la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 100 por la suma de S/ 334,553.00 (Trescientos Treinta y Cuatro Mil Quinientos Cincuenta y Tres y 00/100 Soles), correspondiente al primer desembolso que se realiza a la Universidad Nacional del Callao;

Que, mediante Oficio Nº 151-2017/MTPE/3/24.3/ CE, la Coordinación Ejecutiva del Programa Impulsa Perú, solicita continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial que autorice la transferencia financiera a la Universidad Nacional del Callao, en el marco de lo dispuesto en Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

Que, a través del Oficio Nº 66-2017-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico Nº 051-2017- MTPE/4/9.2 emitido por la Oficina de Presupuesto, con la opinión favorable correspondiente;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 254-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Coordinación Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Emprendimiento, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; y la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" a favor de la entidad ejecutora, hasta por la suma de S/ 334,553.00 (Trescientos Treinta y Cuatro Mil Quinientos Cincuenta y Tres y 00/100 Soles), correspondiente al primer desembolso que se realiza en el marco del convenio suscrito con la Universidad Nacional del Callao, detallado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que la presente resolución ministerial y el Anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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