2/08/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 061-2017-MEM/DM Aprueban relación de procedimientos a cargo de las

Aprueban relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o del órgano competente para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 061-2017-MEM/DM Lima, 6 de febrero de 2017 VISTOS: El Informe Nº 001-2017-MEM-OGP/DIR y el Memorando Nº 0009-2017-MEM/OGP, del 3 y 4 de enero de 2017, respectivamente, emitidos por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante
Aprueban relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o del órgano competente para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 061-2017-MEM/DM
Lima, 6 de febrero de 2017
VISTOS: El Informe Nº 001-2017-MEM-OGP/DIR y el Memorando Nº 0009-2017-MEM/OGP, del 3 y 4 de enero de 2017, respectivamente, emitidos por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM
se aprueban los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en el marco de la Ley de Procedimiento Administrativo General;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de los referidos Lineamientos establece que los Ministerios deben publicar la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales, incluyendo su denominación, plazo máximo de atención y requisitos máximos a solicitar respecto de los procedimientos;

Que, asimismo la citada disposición establece que a partir de dicha publicación los Gobiernos Regionales deben adecuar las disposiciones contenidas en su respectivo TUPA, pudiendo en cualquier caso fijar un plazo menor de atención o menores requisitos en los procedimientos;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 139-2008-MEM/DM se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o del órgano competente para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1246
se aprueban diversas medidas de simplificación administrativa orientadas, entre otras cosas, a la prohibición de exigencias de información y de documentos 13 NORMAS LEGALES
Miércoles 8 de febrero de 2017
El Peruano / a los administrados, y a la facilitación del cumplimiento de obligaciones en los procedimientos administrativos;

Que, de acuerdo al informe de Vistos, es necesario aprobar una relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o del órgano competente para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas, que se encuentre acorde al marco normativo vigente;

Con el visto bueno del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General Asesoría Jurídica; y, de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Ministerio de Energía y Minas; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y, en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o del órgano competente para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas, incluyendo su denominación, plazo máximo de atención y requisitos máximos a solicitar; la cual forma parte de la presente Resolución como Anexo.

Artículo 2.- Los Gobiernos Regionales deben adecuar las disposiciones contenidas en sus TUPA a lo establecido en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, pudiendo de ser el caso, fijar un plazo menor de atención o menores requisitos en los procedimientos.

Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 139-2008-MEM/DM a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; asimismo, disponer la publicación del Anexo que forma parte de la presente Resolución en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob. pe) y en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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