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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2017-PRODUCE Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de
2/23/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2017-PRODUCE Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de
Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas con cargo al PNICP, destinadas a cofinanciar los instrumentos "Fortalecimiento de Incubadoras", "Emprendedores Innovadores" y "Emprendedores Dinámico y de Alto Impacto" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2017-PRODUCE Lima, 22 de febrero de 2017 VISTOS; el Memorando Nº 008-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.UM, el Informe Nº 013-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERU/UPEG, el Oficio Nº 068-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE, el Informe Nº
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2017-PRODUCE
Lima, 22 de febrero de 2017
VISTOS; el Memorando Nº 008-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.UM, el Informe Nº 013-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERU/UPEG, el Oficio Nº 068-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE, el Informe Nº 072-2017-PRODUCE/ OGPPM-OP, y el Memorando Nº 84-2017-ORIDUCE/ OGPPM; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016- PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017, hasta por la suma de
S/ 354 009 243,00;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES
AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad con el objetivo de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; y se dispone la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de la Producción;
Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces;
precisando que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, la Disposición Complementaria Final a que se refiere el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para 36 NORMAS LEGALES
Jueves 23 de febrero de 2017 / El Peruano los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; asimismo, el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo precedentemente señalado;
Que, con Oficio Nº 068-2017-PRODUCE/INNÓVATE
PERU.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP , remite al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 013-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERU/UPEG, en el cual señala la necesidad de entregar subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS TREINTA MIL
DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 57/100 SOLES (S/ 1 630 224,57), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinadas a cofinanciar los instrumentos "Fortalecimiento de Incubadoras", "Emprendedores Innovadores" y "Emprendedores Dinámico y de Alto Impacto", en el marco de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución; señalando que se cuenta con los convenios correspondientes debidamente suscritos;
Que, por Memorando Nº 84-2017-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº 072-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS TREINTA
MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 57/100 SOLES (S/ 1 630 224,57), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinadas a cofinanciar los instrumentos "Fortalecimiento de Incubadoras", "Emprendedores Innovadores" y "Emprendedores Dinámico y de Alto Impacto", en el marco de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial con cargo a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP del Pliego 038:
Ministerio de la Producción, hasta por la suma de UN
MILLÓN SEISCIENTOS TREINTA MIL DOSCIENTOS
VEINTICUATRO Y 57/100 SOLES (S/ 1 630 224,57), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinadas a cofinanciar los instrumentos "Fortalecimiento de Incubadoras", "Emprendedores Innovadores" y "Emprendedores Dinámico y de Alto Impacto", en el marco de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.
Artículo 2.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.
Artículo 3.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 5.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de la Producción
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