3/04/2017

DECRETO SUPREMO N° 006-2017-MIDIS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social DECRETO SUPREMO Nº 006-2017-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
DECRETO SUPREMO Nº 006-2017-MIDIS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, contemplando asimismo los criterios que deben tenerse en cuenta para el diseño y estructura de las entidades y dependencias de la Administración Pública;

Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, definiéndolo como un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal; asimismo, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional;

Que, de acuerdo con la norma señalada en el considerando precedente, el sector desarrollo e inclusión social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, mediante Ley Nº 30435, se crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) y establece los principios, alcance, organización, ámbito, procesos, procedimientos, infracciones y sanciones que lo regulan;
y especifica los integrantes del Sistema y sus funciones en concordancia con la Política Social y en articulación con el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS);

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-MIDIS, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización, el cual establece los criterios, requisitos, mecanismos y normas generales de procedimiento que regulan los procesos de identificación, selección, diseño e implementación de intervenciones públicas focalizadas, el intercambio de información social entre los integrantes del Sistema Nacional de Focalización, así como los criterios y procedimientos para el ejercicio de la potestad sancionadora prevista en el artículo 22 de la Ley Nº 30435;

Que, por Decreto Supremo Nº 008-2016-MIDIS, se aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), creado mediante Ley Nº 29792, el cual tiene por objeto precisar las atribuciones y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en su calidad de ente rector, así como definir la organización y roles de las entidades públicas conformantes del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS);

Que, de acuerdo con los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se requiere la aprobación de un nuevo Reglamento de Organización y Funciones, entre otros casos, por modificación del marco legal sustantivo que conlleve una afectación de la estructura orgánica o modifique total o parcial las funciones previstas para la entidad; y, para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones;

Que, estando dentro de los supuestos mencionados, corresponde aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones para el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación 8 NORMAS LEGALES
Sábado 4 de marzo de 2017 / El Peruano del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que consta de cuatro (4) títulos y ochenta y tres (83)
artículos y el correspondiente Organigrama Estructural, los cuales forman parte integrante del presente decreto supremo.

Artículo 2.- Publicación El Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobado en el artículo precedente, es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), el mismo día de la publicación del presente decreto supremo en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.

DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Implementación del Reglamento de Organización y Funciones Facúltese al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para que, mediante resolución ministerial, emita las disposiciones necesarias para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado en el artículo 1 del presente decreto supremo.

Segunda.- Aprobación de instrumentos de gestión El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social formula sus nuevos instrumentos de gestión sobre la base de la estructura orgánica aprobada a través del presente Decreto Supremo y conforme a la normativa del Régimen del Servicio Civil vigente.

Tercera.- Del Programa Nacional Tambos La inclusión del Programa Nacional Tambos en la estructura orgánica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se efectúa en virtud a lo señalado en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 012-2016-MIDIS, sin perjuicio de que se continúe con el proceso de transferencia correspondiente, en el plazo previsto en la citada norma.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y aquellas normas que se opongan al presente decreto supremo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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