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RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 137-2017-GRJ/GR Delegan diversas facultades y atribuciones en
3/12/2017
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 137-2017-GRJ/GR Delegan diversas facultades y atribuciones en
Delegan diversas facultades y atribuciones en funcionarios del Gobierno Regional Junín RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 137-2017-GRJ/GR Huancayo, 23 de febrero de 2017 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 114-2016-GR-JUNÍN/GR, del 10 de febrero de 2016, publicado en el Diario El Peruano el 7 de mayo del 2016, mediante el cual se resuelve delegar las facultades y atribuciones del Gobernador Regional a los Funcionarios de las diferentes Unidades Orgánicas
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 137-2017-GRJ/GR
Huancayo, 23 de febrero de 2017
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE
JUNÍN
VISTO:
La Resolución Ejecutiva Regional Nº 114-2016-GR-JUNÍN/GR, del 10 de febrero de 2016, publicado en el Diario El Peruano el 7 de mayo del 2016, mediante el cual se resuelve delegar las facultades y atribuciones del Gobernador Regional a los Funcionarios de las diferentes Unidades Orgánicas del Gobierno Regional Junín.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 del 10 de marzo del 2015, dispone que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones;
Que, en concordancia con la norma citada, el inciso a) del artículo 21º de la Ley Nº 29867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone "Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos";
Que, el artículo 74º de Ley Nº 27444 - Del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1272, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de diciembre del 2016, faculta la transferencia de competencia de las autoridades, para que los empleados delegados puedan asumir las facultades de gestión delegadas;
Que, mediante Ley Nº 30506, se delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, entre otros. Acorde a ello, es necesario dictar nuevas disposiciones, dejando sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 114-2016-GR-JUNÍN/ GR, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución;
Estando a lo dispuesto y contando con las visaciones del Gerente General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Administración y Finanzas, Oficina Regional de Asesoría Jurídica; y, En uso a las facultades y atribuciones conferidas por el literal d) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DELEGAR, las facultades y atribuciones del Gobernador Regional de Junín a los funcionarios de los diferentes órganos administrativos del Gobierno Regional Junín-sede.
EN EL GERENTE GENERAL REGIONAL:
1. La facultad de suscribir convenios de gestión y de cooperación interinstitucional con entidades del ámbito regional, así como disponer sus modificación, adenda y resolución.
2. La facultad de emitir resoluciones aprobando las modificaciones presupuestariasen el nivel funcional programático, previo informe favorable del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial.
3. En materia de contrataciones de bienes, servicios y obras, la facultad de:
a) Aprobar expediente de contratación para procedimientos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Contratación Directa y regímenes especiales.
b) Designar a los comités de selección para los procedimientos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Régimen Especial, Adjudicación Simplificada y Consultores Individuales.
c) Aprobar bases de los documentos de procedimientos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Contratación Directa, así como los regímenes especiales.
d) Cancelar procedimientos de selección de Licitación Pública y Concurso Público, así como de procedimientos de regímenes especiales.
e) Suscribir contratos de los procedimientos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Contratación Directa, así como de regímenes especiales;
asimismo suscribir adendas para su modificación de corresponder.
f) Resolver contratos derivados de Licitación Pública, Concurso Público, Contratación Directa, así como de regímenes especiales.
g) Las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, aplicables una vez que entre en vigencia la norma reglamentaria aprobado por Decreto Legislativo Nº 1341.
h) Aprobar las ampliaciones de plazo de contratos derivados de licitación pública, concurso público, contracción directa, así como de procesos de selección de regímenes especiales.
i) Aprobar las intervenciones económicas de los contratos de obras.
j) Aprobar las ampliaciones de plazo de las obras ejecutadas por la modalidad de administración directa.
k) Resolver recursos impugnativos de apelación que los postores interpongan en procedimientos de selección, dentro del marco de lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
4. La facultad de aprobar el Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional de Junín.
5. La facultad de aprobar el Plan Operativo Informático del ejercicio fiscal correspondiente.
6. La facultad de implementar las recomendaciones de los informes de auditoría resultante de la ejecución de los servicios de control posterior, de mantener un
proceso permanente de monitoreo y seguimiento de los avances obtenidos hasta lograr su total implementación, de informar y remitir la documentación a la Contraloría y al OCI en la oportunidad y forma que sean requeridos. Así como la implementación de las alertas de los organismos de control.
EN EL GERENTE REGIONAL DE
INFRAESTRUCTURA
1. La facultad de designar a los miembros del Comité de Recepción de Obras.
2. La facultad de designar a los Inspectores y Residentes de Obras cuando no les alcancen las normas de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
3. La facultad de aprobar la liquidación de obras ejecutados por contrato; así como de las obras ejecutadas por la modalidad de administración directa.
4. La facultad de aprobar y denegar las ampliaciones de plazo de obras ejecutados por administración directa.
EN EL GERENTE REGIONAL DE DESARROLLO
SOCIAL
1. La facultad de aprobar y modificar estudios definitivos y/o expedientes técnicos que tengan por objeto la ejecución de proyectos dentro de su competencia.
EN EL GERENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO
1. La facultad de aprobar y modificar estudios definitivos y/o expedientes técnicos que tengan por objeto la ejecución de proyectos dentro de su competencia.
EN EL GERENTE REGIONAL DE RECURSOS
NATURALES Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
1. La facultad de aprobar y modificar estudios definitivos y/o expedientes técnicos que tengan por objeto la ejecución de proyectos dentro de su competencia.
EN EL DIRECTOR REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN
Y FINANZAS
1. En materia del Sistema de Abastecimiento, la facultad de:
1.1 Aprobar los inventarios físicos de bienes en uso.
1.2 Aprobar las altas y bajas de bienes de acuerdo a los procedimientos técnicos normativos que los regulan.
1.3 Aprobar la disposición de bienes dados de baja que no resulten de utilidad para el Gobierno Regional.
2. En materia de Administración Financiera, la facultad de:
2.1 Aprobar la apertura de fondo para pagos en efectivo y/o fondo fijo para caja chica, el monto asignado y al responsable de su administración y custodia.
2.2 Aprobar el reconocimiento de intereses por incumplimiento de pago.
2.3 Aprobar el castigo directo e indirecto de las cuentas incobrables.
3. En materia de Contrataciones 3.1 Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Estado y sus respectivas modificaciones; así como evaluar su ejecución.
3.2 Aprobar el expediente de contrataciónpara procedimientos de selección deAdjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales y Comparación de Precios.
3.3 Aprobar las bases de procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada y Subasta Inversa Electrónica, solicitud de expresión de interés para selección de Consultores Individuales y Solicitud de Cotizaciones para Comparación de Precios.
3.4 Cancelar procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales y Comparación de Precios.
3.5 Suscribir contratos derivados de procedimientos de Selección para Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica y Consultores Individuales.
3.6 Resolver contratos derivados de procedimientos de selección Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica y Selección de Consultores Individuales.
3.7 Aprobar las ampliaciones de plazo de contratos derivados de procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica y Selección de Consultores Individuales.
DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTOS Y
SERVICIOS AUXILIARES
1. La facultad de suscribir órdenes de compra y servicio, y resolverlos de ser el caso, derivados de procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada y Subasta Inversa Electrónica para bienes y servicios en general en los que no se formalice un contrato.
2. La facultad de suscribir contratos u órdenes de compra y servicio, resolverlo de ser el caso para procedimientos de selección de Comparación de Precios.
3. La facultad de suscribir o resolver contratos de montos iguales o inferiores a Ocho (8) UIT (Unidad Impositiva Tributaria)
Artículo 2º.- EL PERSONAL DELEGADO, efectuará los actos administrativos con sujeción y respeto al ordenamiento jurídico vigente, cualquier infracción a ello, será de su exclusiva responsabilidad.
Artículo 3º.- DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 114-2016-GR-JUNÍN/ GR del 10 de febrero de 2016.
Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente Resolución a todas las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional Junín Regístrese, comuníquese y archívese.
ÁNGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI
Gobernador Regional
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