3/11/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0062-2017-JUS Delegan en el (la) Secretario (a) General diversas

Delegan en el (la) Secretario (a) General diversas funciones correspondientes a la gestión administrativa y documentaria, en el marco de la aplicación del D.U. Nº 003-2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0062-2017-JUS Lima, 7 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 10 de la
Delegan en el (la) Secretario (a) General diversas funciones correspondientes a la gestión administrativa y documentaria, en el marco de la aplicación del D.U. Nº 003-2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0062-2017-JUS
Lima, 7 de marzo de 2017
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el artículo 10 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y ejecutiva del Ministerio, estableciendo que puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refiere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer niveles de desconcentración de los procesos decisorios en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 003-2017 se aprobó medidas para evitar la paralización de la ejecución de obras públicas o asociaciones público privadas y la ruptura de la cadena de pagos que ponen en grave riesgo el desempeño económico del país, como consecuencia de actos de corrupción efectuados por o a través de las empresas concesionarias o contratistas, o de sus socios o partes del consorcio, que hayan sido condenadas o hayan admitido la comisión de delitos contra la administración pública o de lavado de activos, a fin de coadyuvar a la sostenibilidad económica y cautelar los intereses del Estado en el marco de la Constitución y las leyes;

Que, el referido Decreto de Urgencia establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos determina lineamientos y disposiciones para la implementación de las medidas dispuestas en él dispuestas, por lo que mediante Resolución Suprema Nº 037-2017-JUS, se constituyó una Comisión Multisectorial de carácter temporal para el apoyo al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el ejercicio de las funciones atribuidas mediante el acotado Decreto de Urgencia, la "Comisión Multisectorial para el apoyo al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el ejercicio de las funciones atribuidas mediante D.U. Nº 003-2017";

Que, sin perjuicio de ello se requiere delegar las funciones correspondientes a la gestión administrativa y documentaria en el marco de la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 003-2017, en el (la) Secretario(a) General;

De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Decreto de Urgencia Nº 003-2017, Decreto de Urgencia que asegura la continuidad de Proyectos de Inversión para la prestación de Servicios Públicos y cautela el pago de la reparación civil a favor del Estado en casos de corrupción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades:

Solicitar información, derivar solicitudes, así como atender consultas y pedidos de información que se formulen al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y toda aquella acción y coordinación correspondiente a la gestión administrativa y documentaria en el marco de la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 003-2017.

Artículo 2.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.

Artículo 3.- El (la) Secretario (a) General, deberá informar cada 30 días al Despacho Ministerial de las acciones efectuadas en el marco de la presente delegación de facultades.

Artículo 4.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General para su conocimiento, cumplimiento y difusión.

Artículo 5.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos

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