3/02/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0159/RE-2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0159/RE-2017 Lima, 22 de febrero de 2017 VISTA: La Carta del Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, en su calidad de Presidente Pro-Témpore de la Alianza del Pacífico, de 23 de diciembre de 2016, mediante la cual ha cursado una invitación al señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Víctor Ricardo Luna Mendoza, para participar del "Diálogo de Alto Nivel en Iniciativas de Integración en el Asia Pacífico: Desafíos y Oportunidades",

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0159/RE-2017
Lima, 22 de febrero de 2017
VISTA:

La Carta del Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, en su calidad de Presidente Pro-Témpore de la Alianza del Pacífico, de 23 de diciembre de 2016, mediante la cual ha cursado una invitación al señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Víctor Ricardo Luna Mendoza, para participar del "Diálogo de Alto Nivel en Iniciativas de Integración en el Asia Pacífico: Desafíos y Oportunidades", a realizarse en la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, del 14 al 15 de marzo de 2017;

CONSIDERANDO:

Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover y defender en el ámbito regional los intereses del Perú con miras a la afirmación de su soberanía e integridad territorial, la consolidación de su seguridad integral, el comercio y la cooperación con los países vecinos, así como la integración a nivel subregional y regional;

Que, la Alianza del Pacífico es una iniciativa de integración regional para conformar un área de integración profunda en la que se avance en la liberación del comercio de bienes, y la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pacífico y al mundo;

Que, el referido Diálogo de Alto Nivel permitirá retomar el diálogo iniciado en noviembre de 2016 en el marco de la XXIV Cumbre de Líderes del APEC, ocasión en la que 17 NORMAS LEGALES
Jueves 2 de marzo de 2017
El Peruano / se incorporaron, en la Declaración de Lima, los desafíos y oportunidades para el libre comercio y la inversión;

Que, en el referido Diálogo de Alto Nivel, participarán los Ministros de Relaciones Exteriores y Comercio de la Alianza del Pacífico, así como altos representantes de los diversos países de la región del Asia Pacífico, entre los que destacan los actuales signatarios del Tratado de Asociación Transpacífico (TPP), la República Popular China, la República de Corea y los Estados Unidos de América;

Que, el Plan Estratégico Institucional 2016-2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado con Resolución Ministerial Nº 1268-2015-RE, el 31 de diciembre de 2015, establece como acciones estratégicas sectoriales, para el logro de sus objetivos estratégicos, el "liderar y promover iniciativas orientadas a fortalecer la Alianza del Pacífico y el relacionamiento con la región Asia-Pacífico";

Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es función de la Dirección de Integración "representar al Ministerio ante las instituciones y organismos de los diferentes procesos de integración, en el ámbito de su competencia";

Que, se estima importante la participación del Director General para Asuntos Económicos y del Director de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema;

Teniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAB) Nº 87, del Despacho Ministerial, de 16 de febrero de 2017
y (GAC) Nº 342, del Despacho Viceministerial, de 15 de febrero de 2017; y la Memoranda (DAE) Nº DAE0086/2017
y Nº DAE0134/2017, ambas de la Dirección General para Asuntos Económicos, del 1 y 17 de febrero de 2017;
respectivamente; y (OPR) Nº OPR0040/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 20 de febrero de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios de los siguientes funcionarios diplomáticos a la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, para participar del 14 al 15 de marzo de 2017, en el Diálogo de Alto Nivel señalado en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 13 al 16 de marzo de 2017:
• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Quesada Incháustegui, Director General para Asuntos Económicos; y, • Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, Director de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociación Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica
US$
Viáticos por día
US$
Número de Días Total viáticos
US$
Luis Felipe Quesada Incháustegui 1 204.00 370,00 2 + 1 1 110,00
Jorge Félix Rubio Correa 1 204.00 370,00 2 + 1 1 110,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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