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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 044-2017-TR Aprueban transferencia financiera a favor de organismos

Aprueban transferencia financiera a favor de organismos ejecutores del sector público, en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86 - Primer Grupo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2017-TR Lima, 13 de marzo de 2017 VISTOS: El Informe Nº 069-2017-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, el Informe Nº 249-2017-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad
Aprueban transferencia financiera a favor de organismos ejecutores del sector público, en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86 - Primer Grupo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2017-TR
Lima, 13 de marzo de 2017
VISTOS: El Informe Nº 069-2017-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, el Informe Nº 249-2017-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, el Informe Nº 146-2017-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, el Oficio Nº 323-2017-MTPE/3/24.1, del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", el Oficio Nº 088-2017-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 281-2017-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema;

Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 215, Nº 234-2014-TR y Nº 027-2017-TR, establece que dicho objetivo se cumple con el financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica, intensiva en mano de obra no calificada (MONC), así como actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y los peligros inminentes declarados según la norma de la materia;

Que, asimismo, el artículo 7 del citado Manual establece como una de las modalidades de acceso al Programa a los proyectos No Concursables, los cuales serán seleccionados por un Comité Especial de acuerdo a los lineamientos que apruebe este Programa, en los que se establecerá el presupuesto, condiciones, procedimientos y plazos, siendo aplicable excepcionalmente a casos de infraestructura social y económica para mitigar los daños ocasionados por desastres naturales, crisis internacionales, entre otros;

Que, el artículo 29 del referido Manual ha dispuesto que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;

Que, el inciso iv) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Programa para la Generación de Empleo social Inclusivo "Trabaja Perú", estableciendo en el numeral 15.2 del citado artículo, que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, mediante Resolución Directoral Nº 020-2017-TP/ DE se aprueba las "Modalidades de Acceso al Programa y Distribución Presupuestal 2017"; asimismo, a través de la Resolución Directoral Nº 023-2017-TP/DE se aprueba los "Lineamientos de Intervención para Presentación de Proyectos en la Modalidad de Acción de Contingencia" y el "Manual de Procedimiento de Priorización de Proyectos de Acción de Contingencia";

Que, del mismo modo, con Resolución Directoral Nº 028-2017-TP/DE, el Programa aprueba el financiamiento correspondiente al Aporte Total del Programa de ochenta (80) proyectos priorizados en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86, a favor de organismos públicos, por el importe de S/ 36 452 147, 68 (Treinta y Seis Millones Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Siete con 68/100 Soles);

Que, posteriormente, con Informe Nº 069-2017-TP/ DE/UGPYTOS-CFATEP, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, considera procedente la transferencia financiera para treinta y ocho (38) proyectos, priorizados mediante la Resolución Directoral precedente, lo cual implica un Aporte Total del Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública ascendente a S/ 18 006 741,70 (Dieciocho Millones Seis Mil Setecientos Cuarenta y Uno y 70/100 Soles), en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86 Primer Grupo;

Que, a través del Informe Nº 249-2017-TP/ DE/UGPPME/CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial
de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación señala que los treinta y ocho (38) proyectos antes descritos forman parte de la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP Nº 151-2017, por el monto de S/ 36 452 147, 68 (Treinta y Seis Millones Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Siete con 68/100
Soles), en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86, por lo que resulta procedente efectuar las transferencias financieras conforme a lo dispuesto en el inciso iv) del literal a) del numeral 15.1 y el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, encontrándose detallados dichos proyectos en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial;

Que, mediante Informe Nº 146-2017-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita;

Que, del mismo modo, con Oficio Nº 088-2017-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico Nº 156-2017-MTPE/4/9.2, de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico Nº 060-2017-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 281-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; y, el inciso iv) del literal a) del numeral 15.1 y el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de treinta y ocho (38) convenios en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86 - Primer Grupo, por el importe total de S/ 18 006 741,70 (Dieciocho Millones Seis Mil Setecientos Cuarenta y Uno con 70/100
Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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