3/25/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 184-2017-IN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2017-IN Lima, 24 de marzo de 2017 VISTOS; el Oficio Nº 7635-2017-DIRNOP PNP/ OCN INTERPOL LIMA-EM, de fecha 28 de febrero de 2017, de la Dirección de la Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima; y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 109-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 18 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 7635-2017-DIRNOP PNP/ OCN INTERPOL LIMA-EM, de fecha 28 de febrero de 2017, la

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2017-IN
Lima, 24 de marzo de 2017
VISTOS; el Oficio Nº 7635-2017-DIRNOP PNP/ OCN INTERPOL LIMA-EM, de fecha 28 de febrero de 2017, de la Dirección de la Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima; y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 109-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 18 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 7635-2017-DIRNOP PNP/ OCN INTERPOL LIMA-EM, de fecha 28 de febrero de 2017, la Dirección de la Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima hace extensivo la invitación de la Secretaria General de la Organización Internacional Policía Criminal (OIPC) - INTERPOL a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, a fin que personal policial de la División de Delitos de Alta Tecnología, de la Dirección Ejecutiva contra el Terrorismo, de la Dirección de Criminalística y de otra área que se considere necesaria, participen en el "Test de Campo" del Proyecto Integrado de Identificación de Locutor (SIIP), a realizarse el 29 de marzo de 2017, en la ciudad de Lisboa - República Portuguesa;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 109-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 18 de marzo de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Jhon Adolfo Káser Ocharán, del Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú Teodoro Silva Silva, del Capitán de la Policía Nacional del Perú David Abraham Silva Arangoitia y del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Américo Janampa Quispe, propuestos por las Direcciones Contra el Terrorismo, de Criminalística, de Investigación Criminal y Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, respectivamente, para que participen en el evento antes citado, a realizarse en la ciudad de Lisboa - República Portuguesa, para lo cual deberá autorizarse el viaje del 27 al 30 de marzo de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que el propósito de este evento es demostrar el Sistema SIIP y su contribución con el trabajo de investigación de las agencias policiales, buscando promover un debate abierto entre los socios claves sobre los desafíos y temas relevantes considerados para el desarrollo de un sistema de identificación de locutores privados con un alcance mundial;

Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002:

Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional de Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 1653-2017-DIRADM-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE., de fecha 17 de marzo de 2017, de la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú;

Que, asimismo, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios;

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, conforme el artículo 1º del citado Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1º del decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial El Peruano;

Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Jhon Adolfo Káser Ocharán, del Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú Teodoro Silva Silva, del Capitán de la Policía Nacional del Perú David Abraham Silva Arangoitia y del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Américo Janampa Quispe, del 27 al 30 de marzo de 2017, a la ciudad de Lisboa - República Portuguesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$ Días Pers. Total US$
Pasajes aéreos 1,575.00 X X 4 = 6,300.00
Viáticos 540.00 X 1 X 4 = 2,160.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas por los viáticos asignados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior

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