3/25/2017
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000079-2017-MIGRACIONES Modifican la Res. N°
Modifican la Res. Nº 0000358-2016-MIGRACIONES mediante la cual se delegaron diversas funciones en materia administrativa, presupuestaria, de contrataciones, laboral y tributaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000079-2017-MIGRACIONES Lima, 24 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: El Decreto Legislativo Nº 1130, creó la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000079-2017-MIGRACIONES
Lima, 24 de marzo de 2017
CONSIDERANDO:
El Decreto Legislativo Nº 1130, creó la Superintendencia Nacional de Migraciones -
MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones;
determinándose su ámbito, competencia, funciones y estructura orgánica;
Asimismo, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN, establece que el Superintendente es el funcionario de mayor nivel jerárquico, ejerce la titularidad del pliego presupuestal y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad;
asimismo, el inciso w) del artículo 11 del citado Reglamento, establece que el Superintendente puede delegar las atribuciones que estime conveniente en el Gerente General u otros funcionarios de
MIGRACIONES;
De igual forma, el artículo 72 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la vía administrativa;
En virtud de lo antes señalado, mediante Resolución de Superintendencia Nº 0000358-2016-MIGRACIONES, de fecha 30 de diciembre de 2016, se delegaron funciones en materia administrativa, presupuestaria, de contrataciones, laboral, y tributaria en diversos funcionarios de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, con el propósito de otorgar mayor fl uidez a la gestión administrativa del Pliego Presupuestal 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, para el cumplimiento de los objetivos de la institución;
En ese mismo sentido, resulta necesario modificar la Resolución descrita en el considerando precedente, a fin que la delegación en materia de suscripción de Convenios de Cooperación Interinstitucional, recaiga en el(la) Gerente General de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, con el objeto de facilitar su tramitación, contribuyendo así con el mejor cumplimiento de los objetivos institucionales;
Con los vistos de la Gerencia General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incorporar el literal e) en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 0000358-2016-MIGRACIONES, de fecha 30 de diciembre de 2016, conforme a los términos siguientes:
Artículo 1.- Delegar en el(la) Gerente General de la Superintendencia Nacional de Migraciones -
MIGRACIONES, las siguientes facultades y atribuciones: (...)
e) Sobre suscripción de convenios:
- Suscribir los convenios de cooperación interinstitucional.
Artículo 2.- Modificar el literal a) del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 0000358-2016-MIGRACIONES, de fecha 30 de diciembre de 2016, el mismo que quedará redactado en los términos siguientes:
Artículo 2.- Delegar en el(la) Director(a) General de Administración y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, las siguientes facultades y atribuciones:
a) Sobre suscripción de contratos:
- Suscribir contratos y cualquier otro acto relacionado con los fines de la institución, incluyendo los relacionados con créditos devengados y/o reconocimiento de deudas, cesión de derechos y cualquier otro acto jurídico de disposición y/o administración del patrimonio institucional. (...)
Artículo 3.- Precisar que se mantienen subsistentes las demás disposiciones de la Resolución de Superintendencia Nº 0000358-2016-MIGRACIONES.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.migraciones.gob. pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO SEVILLA ECHEVARRÍA
Superintendente Nacional
MIGRACIONES
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)