3/28/2017

RESOLUCIÓN N° 0127-2017-JNE Declaran conformación de los Jurados Electorales Especiales

Declaran conformación de los Jurados Electorales Especiales correspondientes a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, que se instalarán e iniciarán sus actividades el 1 de abril de 2017 RESOLUCIÓN Nº 0127-2017-JNE Lima, veintisiete de marzo de dos mil diecisiete VISTOS los Oficios Nº 150-2017-PRES/CSJAR, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Nº 1175-2017-P-CSJCU-PJ, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Nº 1136-2017-P-CSJAN/PJ,
Declaran conformación de los Jurados Electorales Especiales correspondientes a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, que se instalarán e iniciarán sus actividades el 1 de abril de 2017
RESOLUCIÓN Nº 0127-2017-JNE
Lima, veintisiete de marzo de dos mil diecisiete VISTOS los Oficios Nº 150-2017-PRES/CSJAR, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Nº 1175-2017-P-CSJCU-PJ, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Nº 1136-2017-P-CSJAN/PJ, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash, Nº 39-2017-SG-SP-CSJLI/PJ, del secretario general de la Corte Superior de Justicia de Lima, y Nº 274-2017-P-CSJLL/ PJ, del presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, mediante los cuales comunican la elección en sala plena de los jueces superiores designados como presidentes titulares y suplentes de los Jurados Electorales Especiales;
asimismo, los Oficios Nº 2385-2017-MP-PJFS-AR, del presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Nº 565-2017-MP-FN-PJFS-CUSCO/ PRE, del presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, Nº 545-2017-MP/PJFS-DF-ANCASH, del presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ancash, Nº 3868-2017-PJFSDFL-MP-FN, del presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Nº 449-2017-MP-PJFS-LL y Nº 450-2017-MP-PJFS-LL, de la presidenta de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, con los que comunican la elección de los fiscales superiores designados como miembros de los Jurados Electorales Especiales, titulares y suplentes; así como el acta de la audiencia pública de fecha 17 de marzo de 2017, sobre la realización del sorteo para la designación de los ciudadanos que integrarán los Jurados Electorales Especiales del proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017.

ANTECEDENTES
Mediante la Resolución Nº 0046-2017-JNE, de fecha 24 de enero de 2017, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, se convocó a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, para el domingo 11 de junio de 2017, en veintisiete distritos de la República; siendo estos:

1) Ocoña (Camaná, Arequipa), 2) Ayo (Castilla, Arequipa), 3) Tisco (Caylloma Arequipa), 4) Camilaca (Candarave, Tacna), 5) Tumay Huaraca (Andahuaylas, Apurímac), 6)
Soraya (Aymaraes, Apurímac), 7) Turpay (Grau, Apurímac), 8) San Pedro (Canchis, Cusco), 9) Phara (Sandia, Puno), 10)
Coris (Aija, Ancash), 11) Huacllán (Aija, Ancash), 12) Succha (Aija, Ancash), 13) Masín (Huari, Ancash), 14) Pamparomas (Huaylas, Ancash), 15) Santa Cruz (Huaylas, Ancash), 16)
Llama (Mariscal Luzuriaga, Ancash), 17) Macate (Santa, Ancash), 18) Chiara (Huamanga, Ayacucho), 19) Colta (Páucar del Sara Sara, Ayacucho), 20) Rondos (Lauricocha, Huánuco), 21) Zúñiga (Cañete, Lima), 22) Madean (Yauyos, Lima), 23) La Jalca (Chachapoyas, Amazonas), 24) San Cristóbal (Luya, Amazonas), 25) Utco (Celendín, Cajamarca), 26) Condormarca (Bolívar, La Libertad) y 27) Sitabamba (Santiago de Chuco, La Libertad).

Con la misma resolución, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 32 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante LOJNE), para esta consulta popular, se definieron cinco circunscripciones administrativas y de justicia electoral, sobre las que igual número de Jurados Electorales Especiales (JEE) tendrán competencia para impartir justicia electoral en primera instancia, así como los distritos en los que estos tendrán sus sedes, conforme al siguiente detalle:

N.º JEE SEDE
COMPETENCIA
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
1 AREQUIPA
AREQUIPA (Arequipa, Arequipa)
AREQUIPA CAMANA OCOÑA
AREQUIPA CASTILLA AYO
AREQUIPA CAYLLOMA TISCO
TACNA CANDARAVE CAMILACA
2 CUSCO
CUSCO (Cusco, Cusco)
APURIMAC ANDAHUAYLAS
TUMAY
HUARACA
APURIMAC AYMARAES SORAYA
APURIMAC GRAU TURPAY
CUSCO CANCHIS SAN PEDRO
PUNO SANDIA PHARA
3 HUARAZ
HUARAZ (Huaraz, Ancash)
ANCASH AIJA CORIS
ANCASH AIJA HUACLLAN
ANCASH AIJA SUCCHA
ANCASH HUARI MASIN
ANCASH HUAYLAS PAMPAROMAS
ANCASH HUAYLAS SANTA CRUZ
ANCASH
MARISCAL
LUZURIAGA
LLAMA
ANCASH SANTA MACATE
4 LIMA
JESUS
MARÍA (Lima, Lima)
AYACUCHO HUAMANGA CHIARA
AYACUCHO
PAUCAR DEL
SARA SARA
COLTA
HUANUCO LAURICOCHA RONDOS
LIMA CAÑETE ZUÑIGA
LIMA YAUYOS MADEAN
5 TRUJILLO
TRUJILLO (Trujillo, La Libertad)
AMAZONAS CHACHAPOYAS LA JALCA
AMAZONAS LUYA SAN CRISTOBAL
CAJAMARCA CELENDIN UTCO
LA LIBERTAD BOLIVAR CONDORMARCA
LA LIBERTAD
SANTIAGO DE
CHUCO
SITABAMBA
CONSIDERANDOS
Conformación de los Jurados Electorales Especiales 1. Los JEE son órganos temporales creados específicamente para cada proceso electoral, encargados de impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y los artículos 32 y 36 de la LOJNE.

2. Estos órganos de justicia electoral, tal como lo dispone el artículo 33 de la LOJNE, están constituidos por tres miembros: el primer miembro, quien preside el JEE, deberá ser un juez superior proveniente de la Corte Superior de Justicia en la que se encuentra la sede del JEE;
el segundo miembro deberá ser designado por el Ministerio Público del correspondiente distrito fiscal, elegido entre los fiscales superiores en actividad o jubilados; y el tercer miembro será un ciudadano con residencia en el distrito sede del JEE, designado a través de un procedimiento de selección aleatoria llevado a cabo por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y posterior sorteo en acto público, realizado por el Jurado Nacional de Elecciones.

Designación de los presidentes de los Jurados Electorales Especiales 3. En cumplimiento de lo ordenado por la LOJNE, en su artículo 33, literal a, modificado por la Ley Nº 29688, se cursaron oficios a las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Ancash, Lima y La Libertad, solicitando la designación, mediante elección en sala plena, de los jueces superiores que tendrán la calidad de presidente de los JEE, titular y suplente, en el proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017.

Así, los presidentes de las referidas cortes superiores cumplieron con comunicar la designación de los magistrados elegidos para asumir tal función.

Designación de los segundos miembros de los Jurados Electorales Especiales 4. Asimismo, se solicitó a las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Cusco, Ancash, Lima y La Libertad, la designación de los fiscales superiores para el cargo de miembro, titular y suplente, de estos JEE mediante elección entre sus fiscales superiores en actividad y jubilados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33, literal b, de la LOJNE.

De la misma manera, los presidentes de las referidas Juntas de Fiscales Superiores han dado respuesta con los nombres de sus designados.

Designación de los terceros miembros de los Jurados Electorales Especiales 5. Con relación a la designación del ciudadano integrante de los JEE, en aplicación de lo dispuesto en el literal c del artículo 33 de la LOJNE, el Reniec, con fecha 27 de febrero de 2017, seleccionó aleatoriamente a grupos de veinticinco ciudadanos con domicilio registrado en cada uno de los distritos sedes de los JEE.

Las listas con los nombres de los ciudadanos seleccionados fueron publicadas con fecha 3 de marzo de 2017. Precisamente, la lista correspondiente a los ciudadanos del distrito de Jesús María (Lima, Lima) se publicó en el Diario Oficial El Peruano, y las otras listas fueron publicadas en los respectivos diarios de avisos judiciales, a efectos de la presentación de tachas, las cuales son resueltas por las comisiones de fiscales más antiguos de los correspondientes distritos fiscales.

Vencido el plazo para la interposición de tachas contra los ciudadanos, las comisiones de fiscales de los Distritos Fiscales de Arequipa, Cusco, Ancash, Lima y La Libertad, informaron la no presentación de estas.

6. Mediante sorteo, en audiencia pública de fecha 17 de marzo de 2017, se estableció el orden de prelación de los veinticinco ciudadanos de cada una de las listas correspondientes a cada JEE, y fueron designados como integrantes de estos órganos electorales los ciudadanos que resultaron sorteados en primer lugar,
siendo sus respectivos suplentes los ciudadanos que, de acuerdo al orden obtenido en el sorteo, ocupan los lugares subsiguientes de la lista. Los demás ciudadanos, en su orden, quedaron también en calidad de miembros suplentes y podrán ser convocados a ejercer el cargo, de ser necesario. Así, el resultado del sorteo fue el siguiente:

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE AREQUIPA
CONDICIÓN NOMBRES Y APELLIDOS
Titular NURI ANTONIETA OJEDA RÁMIREZ
Suplente GERMÁN ANTONIO PACHECO MENDOZA
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CUSCO
CONDICIÓN NOMBRES Y APELLIDOS
Titular ARMANDO MARCELINO TACO LLAVE
Suplente KARIN CÁCERES FLORES
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE HUARAZ
CONDICIÓN NOMBRES Y APELLIDOS
Titular HERNÁN CASIMIRO SOTELO TINOCO
Suplente ANDRÉS RAFAEL OBREGÓN MENDOZA
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA
CONDICIÓN NOMBRES Y APELLIDOS
Titular VALERIANO ELOY ZÚÑIGA RUBIO
Suplente SONIA NANCY BYTTON DOOR
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE TRUJILLO
CONDICIÓN NOMBRES Y APELLIDOS
Titular MARIANA DEL CARMEN RÍOS LÁZARO
Suplente FELIPE HUMBERTO TUYEME GALLOSO
7. Obtenido dicho resultado y conforme al orden de prelación de la lista de ciudadanos correspondiente a cada JEE, se procedió a la notificación a los titulares y primeros suplentes.

8. En el caso del JEE de Arequipa, la ciudadana Nuri Antonieta Ojeda Ramírez, solicitó que se le exonere de asumir el cargo de miembro, por razones de salud, que sustentó con copia de documentos emitidos en los servicios de reumatología, cardiología y medicina interna de EsSalud y por un médico particular; asimismo, debido a que estaría próxima a cumplir los 70 años, el 13 de junio de 2017, hecho que determinaría que a esa fecha, es decir, dos días después de la consulta popular y antes de que se proclamen los resultados de los comicios, tendría que dejar de ejercer el cargo por límite de edad, en virtud de lo previsto por los artículos 12 y 35 de la LOJNE. Es por esta razón que, se convoca al siguiente ciudadano de la lista, Germán Antonio Pacheco Mendoza, quien asumirá el cargo de miembro del JEE de Arequipa en calidad de titular, quedando como suplente la siguiente persona de la lista, es decir, la ciudadana Rosario Azucena García Márquez.

9. Así también, en el caso del JEE de Cusco, el ciudadano Armando Marcelino Taco Llave, no pudo ser ubicado en el domicilio declarado en el distrito de Cusco (Cusco, Cusco) debido a que, actualmente, dicho inmueble es conducido por persona distinta y es local de un centro de formación particular.

La primera suplente correspondiente al JEE de Cusco, ciudadana Karín Cáceres Flores, no fue ubicada en el domicilio declarado en el distrito de Cusco (Cusco, Cusco), siendo recibida la notificación por un familiar, quien manifestó que la referida ciudadana reside en la comunidad de Yucay. Esta situación fue ratificada por la propia ciudadana Karín Cáceres Flores, quien a través de una comunicación electrónica solicitó ser excusada debido a que reside y labora en el distrito de Yucay (Urubamba, Cusco), es decir, en lugar distinto a la sede del JEE.

La segunda suplente a miembro del JEE de Cusco, según el orden de la lista, la ciudadana Gloria Tairo Tairo, no fue encontrada en el domicilio declarado en el distrito de Cusco (Cusco, Cusco), en el cual ya no reside, según lo manifestado por la persona que es actual ocupante del predio, quien atendió al notificador.

En vista de ello, se convoca al siguiente suplente, ciudadano Marlon Marmanillo Allende, quien asumirá el cargo de miembro del JEE de Cusco en calidad de titular, quedando como suplente la ciudadana Gloria Paulina Cardoso de Flórez.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DECLARAR que los Jurados Electorales Especiales correspondientes a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, que se instalarán e iniciarán sus actividades el 1 de abril de 2017, quedan conformados de la siguiente manera:

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE AREQUIPA
MIEMBRO TITULARES SUPLENTES
PRIMER
MIEMBRO
CÉSAR ARTURO BURGA
CERVANTES
PRESIDENTE
CONSUELO CECILIA
AQUIZE DÍAZ DE MONTES
DE OCA
PRESIDENTA
SEGUNDO
MIEMBRO
CIRO ALEJO MANZANO
MARÍA CECILIA ESTRADA
ARAGÓN
TERCER
MIEMBRO
GERMÁN ANTONIO
PACHECO MENDOZA
ROSAZUCENA
GARCÍA MÁRQUEZ
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CUSCO
MIEMBRO TITULARES SUPLENTES
PRIMER
MIEMBRO
ROLANDO TTITO QUISPE
PRESIDENTE
KARINNA JUSTINA
HOLGADO NOA
PRESIDENTE
SEGUNDO
MIEMBRO
IVÁN JESÚS LOO SU DAVID LAZO GAMARRA
TERCER
MIEMBRO
MARLON MARMANILLO
ALLENDE
GLORIA PAULINA
CARDOSO DE FLÓREZ
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE HUARAZ
MIEMBRO TITULARES SUPLENTES
PRIMER
MIEMBRO
ABRAHAM MELQUIADES
VÍLCHEZ CASTRO
PRESIDENTE
DWIGHT GUILLERMO
GARCÍA LIZÁRRAGA
PRESIDENTE
SEGUNDO
MIEMBRO
AURA VIOLETA
RODRÍGUEZ ORMAECHE
MARCO LEOPOLDO DE LA
CRUZ ESPEJO
TERCER
MIEMBRO
HERNÁN CASIMIRO
SOTELO TINOCO
ANDRÉS RAFAEL
OBREGÓN MENDOZA
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA
MIEMBRO TITULARES SUPLENTES
PRIMER
MIEMBRO
OFELIA MARIEL URREGO
CHUQUIHUANGA
PRESIDENTE
EDER VLADEMIRO JUÁREZ
JURADO PRESIDENTE
SEGUNDO
MIEMBRO
ELA MERCEDES MONGE
PALOMINO
CLEVER CHÁVEZ BORBOR
TERCER
MIEMBRO
VALERIANO ELOY ZÚÑIGA
RUBIO
SONIA NANCY BYTTON
DOOR
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE TRUJILLO
MIEMBRO TITULARES SUPLENTES
PRIMER
MIEMBRO
JUAN VIRGILIO CHUNGA
BERNAL
PRESIDENTE
MIGUEL ANTONIO
MENDIBURU MENDOCILLA
PRESIDENTE
SEGUNDO
MIEMBRO
JAIME SANTIAGO
ZEVALLOS DURAND
HÉCTOR MARTÍN REBAZA
CARRASCO
TERCER
MIEMBRO
MARIANA DEL CARMEN
RÍOS LÁZARO
FELIPE HUMBERTO
TUYEME GALLOSO
Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio
de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Ancash, Lima y La Libertad, de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Cusco, Ancash, Lima y La Libertad, y de los integrantes de los Jurados Electorales Especiales, para los fines que se estime pertinentes.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Marallano Muro Secretaria General (e)

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