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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
5/12/2017
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
Modifican la Única Disposición Complementaria Final de la "Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras" RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 083-2017-OS/CD Lima, 9 de mayo de 2017 VISTO: El Memorándum Nº GAJ-459-2017 del 27 de abril de 2017, mediante el cual la Gerencia de Asesoría Jurídica remite el proyecto de resolución que aprueba la modificación de la Disposición Complementaria Final de la Directiva para la Selección
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 083-2017-OS/CD
Lima, 9 de mayo de 2017
VISTO:
El Memorándum Nº GAJ-459-2017 del 27 de abril de 2017, mediante el cual la Gerencia de Asesoría Jurídica remite el proyecto de resolución que aprueba la modificación de la Disposición Complementaria Final de la Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 037-2016-OS/CD.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispone el artículo 4 de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, y en el artículo 5 de la Ley Nº 28964, Ley que transfiere competencias de supervisión y fiscalización de las actividades mineras a Osinergmin, las funciones de Supervisión, Supervisión Específica y Fiscalización atribuidas a este organismo pueden ser ejercidas a través de empresas supervisoras;
Que, asimismo las referidas normas establecen que las empresas supervisoras son personas naturales o jurídicas debidamente calificadas y clasificadas por el Osinergmin, cuya contratación se realiza respetando los principios de igualdad, no discriminación y libre competencia, para lo cual el Consejo Directivo de Osinergmin aprueba mediante resolución los criterios y procedimientos específicos para su calificación y clasificación, así como para su contratación, designación y ejecución de los servicios que realizan;
Que, mediante Resolución Nº 037-2016-OS-CD, el Consejo Directivo aprobó la "Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras", la cual rige entre otros aspectos, la selección, contratación y ejecución de los servicios de las Empresas Supervisoras;
Que, habiéndose advertido que los procesos de fiscalización de los recursos recaudados del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), tienen procesos similares a los de fiscalización de Aportes por Regulación que se encuentran a cargo de la Gerencia de Administración y Finanzas, en atención al principio de eficacia y eficiencia, corresponde que la fiscalización de dichos recursos sea asumida igualmente por la mencionada Gerencia;
Que, a efectos que la Gerencia de Administración y Finanzas cumpla con la labor de fiscalización de los recursos recaudados por concepto del FISE, resulta necesario modificar la Única Disposición Complementaria Final de la "Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras", con la finalidad de que la mencionada Gerencia pueda ser considerada como Área Solicitante en cuanto a los requerimientos de servicios relacionados con la referida fiscalización;
Que, considerando que las disposiciones materia de la presente resolución se encuentran únicamente relacionadas a un cambio con alcances internos respecto al proceso de selección y contratación de las empresas supervisoras, no corresponde su publicación para recibir comentarios. Sin perjuicio de ello, con la finalidad de contribuir a la transparencia de los procesos de selección y contratación de empresas supervisoras, se dispone su publicación en el diario oficial El Peruano y en el portal interinstitucional a fin de que sea de conocimiento público;
Con la conformidad de la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Jurídica, y estando a lo aprobado por el Consejo Directivo en la sesión Nº 16-2017 en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo de la Ley
Nº 27699;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de Directiva Modificar la Única Disposición Complementaria Final de la "Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras", aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 037-2016-OS-CD, quedando redactada de la siguiente manera:
"Disposición Complementaria Final ÚNICA.- Para efectos del numeral 3.1 del artículo 3 de la presente Directiva, la Gerencia de Administración y Finanzas califica como Área Solicitante únicamente en lo concerniente a los servicios de fiscalización tributaria del Aporte por Regulación, así como a los servicios de supervisión y fiscalización de la recaudación de los recursos del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE)."
Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe).
CARLOS BARREDA TAMAYO
Presidente del Consejo Directivo (e)
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