5/16/2017

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 94-2017-SUNAFIL

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 94-2017-SUNAFIL Lima, 15 de mayo de 2017 VISTOS: El Memorándum Nº 128-2017-SUNAFIL/DS de fecha 03 de mayo de 2017 del Despacho de Superintendencia, el Informe Nº 174-2017-SUNAFIL/OGA-ORH de fecha 10 de mayo de 2017 de la Oficina de Recursos Humanos, el Memorándum Nº 940-2017-SUNAFIL-SG-OGA de fecha 12 de mayo de 2017 de la Oficina General de Administración, el Memorándum Nº 677-2017-SUNAFIL/ OGA-ORH y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 94-2017-SUNAFIL
Lima, 15 de mayo de 2017
VISTOS:

El Memorándum Nº 128-2017-SUNAFIL/DS de fecha 03 de mayo de 2017 del Despacho de Superintendencia, el Informe Nº 174-2017-SUNAFIL/OGA-ORH de fecha 10 de mayo de 2017 de la Oficina de Recursos Humanos, el Memorándum Nº 940-2017-SUNAFIL-SG-OGA de fecha 12 de mayo de 2017 de la Oficina General de Administración, el Memorándum Nº 677-2017-SUNAFIL/ OGA-ORH y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1º de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad;

Que, asimismo, el artículo 6º de la mencionada Ley dispone que todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;

Que, el literal f) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la Sunafil;

Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, el cargo de Intendente Regional de Áncash está calificado como empleado de confianza;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 041-2016-SUNAFIL se designó a partir del 01 de abril de 2016, entre otros, al señor Luis Walter Hernández Vallejos, en el cargo de Intendente Regional de Áncash;

Que, a la fecha se ha visto por conveniente dar por concluida la designación antes mencionada, y en consecuencia designar a la persona que asumirá el cargo de Intendente Regional de Ancash, por lo que corresponde adoptar las acciones de personal necesarias y emitir el acto resolutivo que lo respalde;

Que, mediante Informe Nº 174-2017-SUNAFIL/OGA-ORH, la Oficina de Recursos Humanos manifiesta que se evidencia que la señora Carolina Lucy Valer Ramos cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificación de Cargos de la SUNAFIL para el cargo de Intendente Regional, en virtud de lo cual estima que resulta viable su designación en el cargo de Intendente Regional de Ancash;

Con el visado de la Secretaria General, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Jefa de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con las facultades conferidas en el literal f) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Luis Walter Hernández Vallejos, en el cargo de Intendente Regional de Áncash de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar a la señora Carolina Lucy Valer Ramos, en el cargo de Intendente Regional de Áncash de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil.

Artículo 3º.- Notificar la presente resolución a las personas mencionadas en los artículos precedentes así como a la Oficina General de Administración, para las acciones pertinentes.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal de transparencia de la Sunafil ( ).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SYLVIA ELIZABETH CÁCERES PIZARRO
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral

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