6/21/2017

DECRETO SUPREMO N° 005-2017-MINAM Aprueban el Plan de Acción para implementar las Recomendaciones

Aprueban el Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una organización intergubernamental, cuyo trabajo está principalmente dirigido a contribuir a la expansión económica saludable de sus miembros y países asociados; Que, el Perú cuenta con una de las economías de más rápido crecimiento de
Aprueban el Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú
DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una organización intergubernamental, cuyo trabajo está principalmente dirigido a contribuir a la expansión económica saludable de sus miembros y países asociados;

Que, el Perú cuenta con una de las economías de más rápido crecimiento de América Latina, habiendo celebrado múltiples tratados de libre comercio; siendo miembro fundador de la Alianza del Pacífico, miembro activo del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC)
y país miembro de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR); motivo por el cual la OCDE acordó invitar al Perú a participar en un Programa País;

Que, el Programa País está orientado a promover la adhesión a instrumentos de la OCDE y la efectiva implementación de sus estándares y mejores prácticas, así como avanzar en la agenda de reformas del Perú en diferentes áreas de políticas públicas, en particular, en las áreas de emparejamiento del crecimiento económico sostenible con inclusión social, el fortalecimiento de la competitividad y la diversificación de la economía nacional, incrementando la efectividad de las instituciones públicas y alcanzando mejores resultados ambientales;

Que, con fecha 8 de diciembre de 2014, en la ciudad de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos, se suscribió el Acuerdo entre la República del Perú y la OCDE, el mismo que fue ratificado mediante Decreto Supremo Nº 004-2015-RE, entrando en vigor el 13 de febrero de 2015;

Que, en ese contexto, se suscribió el Memorando de Entendimiento relativo al Programa País entre el Gobierno de la República del Perú y la OCDE, el cual establece como uno de los productos entregables el Estudio del Desempeño Ambiental del Perú CEPAL/OCDE;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2016- MINAM, se conforma el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental, que depende del Ministerio del Ambiente, cuyo objeto es revisar y evaluar las recomendaciones del Estudio del Desempeño Ambiental del Perú CEPAL/OCDE, así como elaborar un plan de acción para su implementación;

Que, mediante el Acta Nº 05-GTCMA/2016, el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental aprobó la versión validada del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú;

Que, la Comisión Multisectorial Ambiental tiene entre sus funciones coordinar y concertar políticas en materia ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, y en el artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo
Nº 007-2008-MINAM;

Que, resulta necesario que el Ministerio del Ambiente efectúe las acciones de seguimiento y monitoreo a la ejecución del precitado Plan, en el marco de la Comisión Multisectorial Ambiental, en la medida que las acciones estratégicas de dicho Plan de Acción se vinculan a las competencias de distintas entidades del Estado;

De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
y el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú Aprobar el Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, cuyo texto en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Ejecución del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú La ejecución del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú está a cargo de las entidades comprendidas en dicho Plan; quienes incorporan, según corresponda, las acciones estratégicas a su cargo en sus respectivos planes estratégicos e institucionales.

Artículo 3.- Seguimiento y Monitoreo El seguimiento y monitoreo del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú está a cargo del Ministerio del Ambiente, a través de la Comisión Multisectorial Ambiental, creada mediante Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.

Los representantes de las entidades que integran la Comisión Multisectorial Ambiental son los responsables de informar al Ministerio del Ambiente, la ejecución del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, en el marco de sus funciones y competencias.

Artículo 4.- Financiamiento La implementación de programas, proyectos y demás intervenciones comprendidas en el referido Plan de Acción, se sujetan a la disponibilidad presupuestal de las entidades involucradas, de conformidad con lo establecido en el Marco Macroeconómico Multianual y las reglas fiscales.

Asimismo, la ejecución del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú se financia con cargo
al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, de acuerdo con lo establecido en el Presupuesto Anual de la República.

Artículo 5.- Publicación Publícase el presente Decreto Supremo y el Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www. minam.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra del Ambiente; el Ministro de Relaciones Exteriores; el Ministro de Economía y Finanzas; el Ministro de Transportes y Comunicaciones; el Ministro de Agricultura y Riego; el Ministro de Energía y Minas;
el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
el Ministro de Cultura; el Ministro de Comercio Exterior y Turismo; el Ministro de la Producción; la Ministra de Justicia y Derechos Humanos; la Ministra de Salud y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego
ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente
EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Ministro de Cultura
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos y Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores
PEDRO OLAECHEA ÁLVAREZ CALDERÓN
Ministro de la Producción
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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