6/08/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0215-2017-MINAGRI Delegan en los Directores Ejecutivos del PSI y AGRO

Delegan en los Directores Ejecutivos del PSI y AGRO RURAL la facultad de suscribir en representación del Ministerio el Contrato de Entidad Privada Supervisora para la prestación del servicio de supervisión de diversas obras en el departamento de Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0215-2017-MINAGRI Lima, 5 de junio de 2017 VISTO: El Oficio Nº014-2017-MINAGRI-DVDIAR/DGIAR-CE.R.M. Nº 507-2016, de fecha 31 de mayo de 2017, del Presidente del Comité Especial reconformado por la Resolución Ministerial Nº
Delegan en los Directores Ejecutivos del PSI y AGRO RURAL la facultad de suscribir en representación del Ministerio el Contrato de Entidad Privada Supervisora para la prestación del servicio de supervisión de diversas obras en el departamento de Ancash
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0215-2017-MINAGRI
Lima, 5 de junio de 2017
VISTO:

El Oficio Nº014-2017-MINAGRI-DVDIAR/DGIAR-CE.R.M. Nº 507-2016, de fecha 31 de mayo de 2017, del Presidente del Comité Especial reconformado por la Resolución Ministerial Nº 0507-2016-MINAGRI, responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la Empresa Privada que financiará y/o ejecutará los proyectos priorizados por la Resolución Ministerial Nº 0040-2016-MINAGRI y la Entidad Supervisora; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice;

Que, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1250, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a efectuar la ejecución de proyectos de inversión pública en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, pesca, deporte, ambiente, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones y justicia, incluyendo su mantenimiento, en el ámbito de sus competencias, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, de acuerdo a lo establecido en dicha norma legal y lo que disponga su respectivo Reglamento;

Que, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2017-EF, el Titular de la Entidad Pública es responsable de aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos aplicables al mecanismo de Obras por Impuestos; asimismo, el Titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional, puede delegar mediante resolución las atribuciones que le otorgan en otros jerárquicamente dependientes de él o en la máxima autoridad administrativa de los órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes del sector, con excepción de la aprobación de la lista de proyectos priorizados, la autorización de contratación directa y la nulidad de oficio;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0606-2016-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de diciembre de 2016, se designó al señor Ingeniero Agrícola Alberto Victorino Joo Chang, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0636-2016-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 01 de enero de 2017, se designó al señor Ingeniero Civil Félix Bernabé Agapito Acosta, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, del Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, en consecuencia, se ha considerado pertinente delegar el Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, la facultad de suscribir, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego, el Contrato de Entidad Privada Supervisora para la prestación del servicio de supervisión de la obra con Código SNIP Nº 251666, denominada "MEJORAMIENTO
DEL CANAL DE RIEGO QUIA, DISTRITO DE
HUAYLLAPAMPA-RECUAY - ANCASH"; y, en el Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, la facultad de suscribir el Contrato de Entidad Privada Supervisora para la prestación del servicio de supervisión de la obra con Código SNIP
241542 denominada "MEJORAMIENTO DEL CANAL DE
RIEGO CHIHUIP BAJO SECTOR YUMPE, DISTRITO
DE HUAYLLACAYÁN - BOLOGNESI- ANCASH", con la Entidad Privada Supervisora respectiva;

Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Informe Legal Nº 575-2017-MINAGRI-SG/
OGAJ;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en el Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones-PSI, la facultad de suscribir, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego, el Contrato de Entidad Privada Supervisora para la prestación del servicio de supervisión de la obra con Código SNIP Nº 251666, denominada "MEJORAMIENTO
DEL CANAL DE RIEGO QUIA, DISTRITO DE
HUAYLLAPAMPA- RECUAY-ANCASH", que celebra de una parte el Ministerio de Agricultura y Riego y, de otra parte, la Entidad Privada Supervisora respectiva.

Artículo 2.- Delegar en el Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, la facultad de suscribir el Contrato de Entidad Privada Supervisora para la prestación del servicio de supervisión de la obra con Código SNIP
241542 denominada "MEJORAMIENTO DEL CANAL DE
RIEGO CHIHUIP BAJO SECTOR YUMPE, DISTRITO DE
HUAYLLACAYÁN - BOLOGNESI- ANCASH", que celebra de una parte el Ministerio de Agricultura y Riego y, de otra parte, la Entidad Privada Supervisora respectiva.

Artículo 3.- La delegación de facultades a que se refiere los artículos 1 y 2, precedentes, es indelegable, y no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones-PSI y al Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, ambos del Ministerio de Agricultura y Riego, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y, conjuntamente, en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego

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