6/24/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 873-2017 DE/MGP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 873-2017 DE/MGP Lima, 21 de junio de 2017 Vista, la Carta G.500-2861 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 12 de junio de 2017; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 424-2014-MGP/ DGED del Director General de Educación de la Marina, de fecha 18 de setiembre de 2014, se nombró en Misión de Estudios en el país con eficacia anticipada a Oficiales, entre otros, a la Teniente Primero SN.(MC) Cynthia Melissa MARROU Porras, para que participe en
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 873-2017 DE/MGP
Lima, 21 de junio de 2017
Vista, la Carta G.500-2861 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 12 de junio de 2017;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Directoral Nº 424-2014-MGP/ DGED del Director General de Educación de la Marina, de fecha 18 de setiembre de 2014, se nombró en Misión de Estudios en el país con eficacia anticipada a Oficiales, entre otros, a la Teniente Primero SN.(MC) Cynthia Melissa MARROU Porras, para que participe en el Programa de Residentado Médico en la Universidad de San Martín de Porres, con sede en la Dirección de Salud y Centro Médico Naval "Cirujano Mayor Santiago Távara", del 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2017, mediante la modalidad "A tiempo completo";
Que, por Oficio Nº 1919-2016-DPG-FMH-USMP, de fecha 2 de noviembre de 2016, el Director de la Sección de Posgrado de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad de San Martín de Porres hace de conocimiento a la referida Oficial Subalterno, que como parte de la formación académica y clínica de dicho programa, realizará una rotación externa internacional en el Servicio de Urología y Ginecología (piso pélvico), en la Universidad Estadual de Campinas - UNICAMP, ubicada en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 1 de julio al 31 de agosto de 2017;
Que, mediante Oficio N.1000-1841 de fecha 2 de junio de 2017, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios de la Teniente Primero SN.(MC) Cynthia Melissa MARROU
Porras, para que participe en la mencionada actividad, lo que permitirá aplicar y difundir en la Institución los conocimientos adquiridos en el diagnóstico y adecuado tratamiento de las enfermedades relacionadas con el sistema urinario y aparato genital femenino;
Que, de acuerdo con el documento Nº 099-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú,
conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE;
Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1500-2016-DE/SG, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Teniente Primero SN.(MC) Cynthia Melissa MARROU Porras, CIP. 02122145, DNI. 43388454, para que participe en la rotación externa internacional en el Servicio de Urología y Ginecología (piso pélvico), en la Universidad Estadual de Campinas - UNICAMP, en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 1 de julio al 31 de agosto de 2017; así como, autorizar su salida del país el 30 de junio y su retorno el 1 de setiembre de 2017.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Sao Paulo (República Federativa del Brasil) - Lima
US$. 961.87 US$. 961.87
----------------------TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$. 961.87
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
BRL 11,620.44 x 2 meses (julio - agosto 2017) BRL 23,240.88
----------------------TOTAL A PAGAR EN REALES: BRL 23,240.88
Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente.
Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.
Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 6.- La Oficial Subalterno designada, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7.- La mencionada Oficial Subalterno, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios.
Artículo 8.- La citada Oficial Subalterno, está impedida de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa
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