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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 190-2017-MIMP Modifican artículos del Manual de Operaciones del INABIF
7/04/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 190-2017-MIMP Modifican artículos del Manual de Operaciones del INABIF
Modifican artículos del Manual de Operaciones del INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2017-MIMP Lima, 3 de julio de 2017 Vistos el Memorándum Nº 367-2017-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 046-2017-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y los Oficios Nº 593 y 609- 2017-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2017-MIMP
Lima, 3 de julio de 2017
Vistos el Memorándum Nº 367-2017-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 046-2017-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y los Oficios Nº 593 y 609- 2017-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP , determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica;
Que, con Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP y se dispuso, a través de su Cuarta Disposición Complementaria Final, que el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF aprobará su respectivo Manual de Operaciones;
Que, en virtud a lo señalado precedentemente, con Resolución Ministerial Nº 315-2012-MIMP del 20 de noviembre de 2012, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, documento de gestión institucional y de operatividad del citado Programa Nacional que establece su naturaleza, finalidad, objetivo, estructura orgánica y funciones;
Que, posteriormente, con Decreto Supremo Nº 002-2017-MIMP se dispone la fusión por absorción de los Programas Nacionales YACHAY y VIDA DIGNA, que forman parte de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, Unidad Ejecutora 006 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, teniendo este último la calidad de entidad absorbente;
Que, asimismo, en la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo se dispone que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en un plazo de noventa (90) días hábiles, debe adecuar el Manual de Operaciones del INABIF, así como modificar el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del MIMP en la parte pertinente, de conformidad con la normativa de la materia;
Que, mediante los Oficios de vistos, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF ha propuesto la modificación del Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, aprobado por Resolución Ministerial Nº 315-2012-MIMP, en atención al Informe Nº 143-2017-INABIF/UPP
y su anexo, emitido por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del referido Programa Nacional, el cual señala que el objeto de la citada modificación es incorporar las funciones de los fusionados Programas Nacionales YACHAY y VIDA DIGNA a la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y a la Unidad de Servicios de Protección de Personas Adultas Mayores, respectivamente;
Que, en ese contexto, por Memorándum Nº 046-2017-MIMP/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 046-2017-MIMP/ OGPP/OMI de la Oficina de Modernización Institucional, manifestando que luego de haber revisado los criterios previstos en los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública", aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, ha considerado procedente la modificación del Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, aprobado por Resolución Ministerial Nº 315-2012-MIMP; por lo cual resulta necesario modificar dicho Manual;
Con los vistos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección Ejecutiva del INABIF, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-MIMP que dispone la fusión por absorción de los Programas Nacionales YACHAY y VIDA
DIGNA al INABIF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modifíquese los artículos 25, 27, 29 y 32 del Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, aprobado por Resolución Ministerial Nº 315-2012-MIMP, los que quedarán redactados conforme al texto siguiente:
De las Unidades de Línea De la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Artículo 25º.- La Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes es la unidad orgánica encargada de programar, conducir, coordinar, ejecutar y supervisar las actividades de prevención, promoción y protección a los niños, niñas y adolescentes en situación de presunto estado de abandono, a nivel nacional. (...)
Las funciones de la Unidad de servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, son las siguientes: (...)
k) Activar la red de protección integral y promover el desarrollo de las capacidades y competencias de las niñas, niños y adolescentes en situación de calle a través de los educadores de calle, a nivel nacional;
l) Promover y gestionar el acceso a los servicios de protección de las niñas, niños y adolescentes en situación de calle a través de los Centros de Referencia, a nivel nacional;
m) Promover y coordinar con las instituciones públicas, privadas y la comunidad, la implementación de Centros de Referencia u otras estrategias para la atención de las niñas, niños y adolescentes en situación de calle, a nivel nacional;
n) Adicionar a todas sus funciones la gestión de acciones en favor de la restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en situación de calle. (...)
De la Unidad de Servicios de Protección de Personas Adultas Mayores Artículo 27º.- La Unidad de Servicios de Protección de Personas Adultas Mayores es la unidad orgánica encargada de programar, conducir, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de prevención, promoción y protección de la Persona Adulta Mayor en situación de vulnerabilidad y riesgo social, de los servicios a cargo del Programa, a nivel nacional. (...)
Las funciones de la Unidad de Servicios de Protección de Personas Adultas Mayores son las siguientes: (...)
l) Promover y coordinar la ejecución de los servicios de atención básica para las personas adultas mayores en situación de calle, supervisando la aplicación de la metodología de intervención en favor de los beneficiarios;
m) Promover y gestionar la implementación de Centros de Atención de Noche y acceso a los servicios de alimentación y vivienda para la atención de los beneficiarios del Programa;
n) Coordinar las acciones pertinentes para viabilizar la atención y/o protección de las personas adultas mayores en situación de calle, que por su condición de alto riesgo y/o vulnerabilidad no accedan voluntariamente a ser beneficiarias del Programa;
o) Adicionar a todas sus funciones la gestión de acciones en favor de la restitución de los derechos de las personas adultas mayores en situación de calle. (...)
CAPÍTULO III: SERVICIOS DE PROTECCIÓN Y
DESARROLLO FAMILIAR
Artículo 29º.- El Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar cuenta con los servicios de protección y desarrollo familiar, encargados de la prestación efectiva del servicio. Para dicho efecto, programan y ejecutan las actividades pertinentes para su materialización en la población en situación de abandono o riesgo social, a nivel nacional.
Los servicios de protección y desarrollo familiar son los siguientes:
• Centros de Atención Residencial - CAR
• Centros de Desarrollo Integral de la Familia - CEDIF
• Centros Comunales Familiares - CCF
• Centros de Atención de emergencias y urgencias -
INABIF en ACCIÓN
• Centros de Referencia - CR
• Centros de Atención de Noche (...)
TÍTULO IV (...)
CAPÍTULO III: PROCESOS OPERATIVOS
Artículo 32º.- Los procesos operativos principales se encuentran a cargo de las unidades orgánicas de línea, se enmarcan en sus metodologías de intervención y corresponden a: (...)
j) Desarrollo de las Capacidades y Competencias de los Niños, Niñas y Adolescentes en situación de calle La intervención en los niños, niñas y adolescentes en situación de calle se realiza de acuerdo a la metodología de intervención, en la que se indica la labor que el Educador de Calle desempeñará con el niño, niña y adolescentes. Este proceso se encuentra a cargo de la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Las fases de intervención son:
• Identificación de zonas de intervención.
Consiste en la focalización y mapeo de los lugares donde se concentran los niños, niñas y adolescentes que son sujetos de la intervención del Programa. Se recopila información sobre las actividades que realizan los niños, niñas y adolescentes, sobre el vínculo familiar existente o no y los servicios, programas o proyectos que intervienen en la zona.
• Abordaje y diagnóstico Es el primer contacto con los niños, niñas o adolescentes y su familia. Se establecen los vínculos afectivos entre Educador y usuario(a) y se recoge información sobre los problemas que presenta a nivel personal, familiar y social (diagnóstico); las necesidades urgentes (alimentación, salud, entre otras) que presenta el niño, niña o adolescentes o su familia, que luego deberán ser atendidas por medio de los servicios del Programa y de los existentes en la comunidad.
• Incorporación del niño, niña o adolescentes al sistema de protección El Programa, ante la denuncia de una situación de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, designa la atención inmediata del caso a un Educador de Calle, quien efectuada su intervención especializada, presenta el informe situacional a la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para su derivación a la autoridad competente.
• Desarrollo y Seguimiento Está orientada a la promoción, acceso y restitución de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle. Comprende el conjunto de acciones que gestiona el Educador de Calle para que los(as)
usuarios(as) accedan a los servicios especializados, según las necesidades identificadas en el diagnóstico.
También incluye información, orientación y educación sobre sus derechos y el acompañamiento y orientación a sus familias para el fortalecimiento de su rol proveedor y protector. Para este proceso se atiende a los usuarios en los Centros de Referencia, brindando los siguientes servicios:
- Acompañamiento y orientación a la familia Son las acciones orientadas a los padres, tutores y familiares responsables para que cumplan con aquellos roles y funciones que favorecen la adecuada protección y desarrollo físico, mental y emocional de los niños, niñas y adolescentes a su cargo.
- Fortalecimiento del vínculo con el Sistema Educativo Son las acciones que contribuyen a que los(as)
usuarios(as) del Programa se inserten al Sistema Educativo o mejoren su rendimiento escolar, a través de acciones tales como: apoyo en las tareas, implementación de bibliotecas en los Centros de Referencia, orientación y consejería a los padres, tutores o familiares para que motiven la participación de sus hijos en la escuela, entrega de paquetes escolares, trámite para exoneración de pagos de APAFA, seguimiento escolar, etc. Con ello se busca que el usuario(a) se mantenga en la escuela con un aprovechamiento promedio. Con dichas acciones se busca contribuir además, con la reducción de la permanencia de los niños, niñas y adolescentes en calle.
- Gestión del Servicio de Formación Es el Servicio de Formación Educativa que se gestiona con el propósito de fortalecer sus capacidades y competencias, permitiéndoles mejorar su calidad de vida y reinsertarse al mercado laboral.
Se busca que, previa evaluación de las aptitudes y bajo la orientación del Educador de Calle, los(as)
usuarios(as) del Programa puedan seguir carreras superiores, técnicas, ocupacionales, artísticas o deportivas, orientadas a un mayor desarrollo personal y a una mejora de sus ingresos.
Este servicio se puede otorgar producto de la gestión con otras instancias intra o intersectoriales, sector privado, etc.
- Atención y seguimiento a niños, niñas y adolescentes en situación de calle cuando la autoridad competente lo solicite.
La Dirección Ejecutiva del Programa recibe una solicitud de la autoridad competente para la atención personalizada de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, asigna mediante la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
al Educador de Calle, que realizará el seguimiento respectivo y comunicará mediante informe el estado de la atención brindada al niño, niña y adolescente a la instancias correspondientes.
Tratándose de una solicitud de la Dirección de Investigación Tutelar o de sus Unidades, se deberá adjuntar el Informe Social, Psicológico y el Plan de trabajo individual de los niños, niñas y adolescentes, a fin que el Educador de Calle realice el seguimiento respectivo.
• Egreso Cuando el niño, niña o adolescente alcanza el nivel de desarrollo previsto en la metodología de intervención, será egresado del proceso y el Educador de Calle efectuará el seguimiento respectivo; el mismo que comprenderá visitas domiciliarias, entrevistas periódicas de acompañamiento y seguimiento escolar de ser necesario, para contribuir a que los logros obtenidos durante la intervención se mantengan a través del tiempo.
k) Prestación de Servicios Complementarios Son los procesos complementarios a la intervención, orientados a fortalecer la red de soporte social a la que pertenecen los(as) usuarios(as) del Programa a fin de contribuir a la sostenibilidad en el tiempo de los resultados logrados por el Educador de Calle. Este proceso se encuentra a cargo de la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y comprende:
• Sensibilización de la comunidad sobre la problemática de las niñas, niños y adolescentes en situación de calle Consiste en la ejecución de acciones de comunicación (radio, tv, advocacy o incidencia, etc.) que procuren el cambio de actitud de la sociedad en general respecto a la vida de Niños, Niñas y Adolescentes (en adelante NNA) en situación de calle (NNA que viven en la calle, NNA que trabajan en la calle, NNA en situación de mendicidad y NNA en explotación sexual); pasando de la actual indiferencia o permisividad a un rechazo de ese tipo de situaciones de los niños, niñas y adolescentes.
Los resultados de estas acciones se evidenciarán en la formulación de planes y/o normas que contribuirán a la restitución de los derechos de los NNA.
• Impulso y/o fortalecimiento de la Red de Protección Local El Programa busca desarrollar sinergias con instituciones públicas y privadas para establecer redes, mesas y comités para la protección integral de NNA en situación de calle. Este proceso incluye la identificación de actores sociales, sensibilización, capacitación, participación en las mesas de trabajo y/o asistencia técnica de ser necesario. Se priorizan a las
COMUDENAS.
El Programa también busca incorporar en la agenda social de los Gobiernos Regionales y Locales estrategias de intervención dirigidas a NNA en situación de calle. Se promoverá que los Municipios incorporen en sus planes de gestión acciones a favor de la infancia y adolescencia en situación de calle: normas u ordenanzas de protección, espacios de articulación, espacios de participación para NNA en situación de calle, implementación de educadores de calle, etc. Para ello el Programa brindará la asistencia técnica respectiva.
• Gestión para la prestación de servicios sociales alternativos para mejorar los ingresos familiares Comprende la promoción de servicios por el Programa para contribuir a mejorar los ingresos de los padres o madres, con la finalidad de que puedan asumir su rol proveedor y que sus hijos dejen la situación de calle.
Incluye, entre otras acciones, promover la colocación laboral de los padres o madres de familia a través de los diferentes programas sociales existentes o entidades privadas con la condición de que los hijos dejen la situación de calle.
Los(as) usuarios(as) de estas prestaciones serán previamente evaluados y seleccionados, así como objeto de un acompañamiento permanente por parte de la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
l) Proceso de Atención Básica Es el proceso mediante el cual el Programa presta a sus beneficiarios el servicio denominado Centro de Atención de Noche, que consiste en alojamiento nocturno, alimentación y atención básica de salud. Con este servicio se busca mejorar la calidad de vida de las Personas Adultas Mayores (PAM) en situación de calle, ofreciéndoles un alojamiento nocturno, cena y desayuno, siendo el ingreso a dicho servicio voluntario.
La ejecución de este proceso está a cargo de la Unidad de Servicios de Protección de Personas Adultas Mayores.
m) Proceso de articulación y acceso para la restitución de derechos de las PAM en situación de calle.
Durante este proceso se realizan las gestiones correspondientes para el acceso al servicio de identidad, salud, justicia u otros, en coordinación con las instituciones correspondientes.
La ejecución de este proceso está a cargo de la Unidad de Servicios de Protección de Personas Adultas Mayores.
n) Proceso de articulación interinstitucional Consiste en la realización de un conjunto de acciones para coordinar y concertar la prestación de servicios y recursos de instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil, bajo un marco de valores, principios y reglas comunes, a fin de promover la oferta y el acceso a servicios, en el marco de la restitución y protección de los derechos de las personas adultas mayores en situación de riesgo y/o desprotección, en los niveles local, regional y nacional.
Este proceso también se orienta a articular y fortalecer una estructura social que permita el desarrollo e implementación de acciones que garanticen una respuesta integral a las necesidades de las personas adultas mayores en situación de riesgo y/o desprotección, para mejorar su calidad de vida.
o) Proceso de capacitación Comprende acciones dirigidas a coordinar y desarrollar capacidades en el personal del Programa y de las instituciones públicas y privadas involucradas en el proceso de intervención, a fin de mejorar la atención que se brinda a los beneficiarios(as).
Artículo 2.- Incorpórese al Anexo II del Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, denominado Cuadro de Necesidades de Personal del INABIF, la relación de cargos que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nº 152-2014-MIMP y Nº 303-2014-MIMP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
ANEXO
CUADRO DE NECESIDADES DE PERSONAL
DENOMINACIÓN: Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
CARGO CANTIDAD
Ciudades de Intervención - Educadores de Calle Amazonas Coordinador/a 1
Educador/a II 2
Total 3
Ancash Coordinador/a 1
Educador/a II 7
Total 8
Apurímac Coordinador/a 1
Educador/a II 3
Total 4
Arequipa Coordinador/a 1
Educador/a II 8
Total 9
Ayacucho Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
Cajamarca Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
Cusco Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
Huancavelica Coordinador/a 1
Educador/a II 4
Total 5
Huánuco Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
Ica Coordinador/a 1
Educador/a II 8
Total 9
Junín Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
La Libertad Coordinador/a 1
Educador/a II 7
Total 8
Lambayeque Coordinador/a 1
Educador/a II 5
Total 6
Lima Coordinador/a 4
Educador/a II 32
Total 36
Lima Huaral Coordinador/a 1
Educador/a II 2
Total 3
Loreto Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
Madre de Dios Coordinador/a 1
Educador/a II 4
Total 5
Moquegua Coordinador/a 1
Educador/a II 4
Total 5
Pasco Coordinador/a 1
Educador/a II 4
Total 5
Piura Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
Puno Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
San Martín Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
Tacna Coordinador/a 1
Educador/a II 4
Total 5
Tumbes Coordinador/a 1
Educador/a II 3
Total 4
Ucayali Coordinador/a 1
Educador/a II 6
Total 7
Total puesto en ciudades de intervención 185 (*) (*) La cantidad de necesidades de personal estarán en función de la demanda existente de los servicios en las zonas de intervención
Denominación: Unidad de Servicios de Protección de Personas Adultas Mayores
CARGO CANTIDAD
Prestación de servicios - Ciudades de Intervención Arequipa Especialista en Salud II 1
Especialista Social II 1
Especialista en Salud I 1
Técnico(a) en Salud II 1
Total 4
Ancash Especialista en Salud II 1
Especialista Social II 1
Especialista en Salud I 1
Técnico(a) en Salud II 1
Total 4
Lima Especialista en Salud II 1
Especialista Social II 6
Especialista en Salud I 5
Técnico(a) en Salud II 3
Total 15
Ica Especialista en Salud II 1
Especialista Social II 1
Especialista en Salud I 1
Técnico(a) en Salud II 1
Total 4
Huancayo Especialista en Salud II 1
Especialista Social II 1
Especialista en Salud I 1
Técnico(a) en Salud II 1
Total 4
Iquitos Especialista en Salud II 1
Especialista Social II 1
Especialista en Salud I 1
Técnico(a) en Salud II 1
Total 4
Tacna Especialista en Salud II 1
Especialista Social II 1
Especialista en Salud I 1
Técnico(a) en Salud II 1
Total 4
Total puesto en ciudades de intervención 39 (*) (*) La cantidad de necesidades de personal estarán en función de la demanda existente de los servicios en las zonas de intervención
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