7/06/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 230-2017-MC Precisan que se mantienen vigentes las Tarifas Promocionales

Precisan que se mantienen vigentes las Tarifas Promocionales para el ingreso a la Ciudad Inka de Machupicchu durante el año 2017, aprobadas mediante la R.M. Nº 493-2016-MC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 230-2017-MC Lima, 5 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 1 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, se declara de interés nacional el turismo y su tratamiento como política prioritaria del Estado para el desarrollo del país; Que, con el objeto de promover el turismo interno,
Precisan que se mantienen vigentes las Tarifas Promocionales para el ingreso a la Ciudad Inka de Machupicchu durante el año 2017, aprobadas mediante la R.M. Nº 493-2016-MC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 230-2017-MC
Lima, 5 de julio de 2017
CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 1 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, se declara de interés nacional el turismo y su tratamiento como política prioritaria del Estado para el desarrollo del país;

Que, con el objeto de promover el turismo interno, el artículo 45 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, dispone que el turismo social comprende todos aquellos instrumentos y medios a través de los cuales se facilita la participación en el turismo de trabajadores, niños, jóvenes, estudiantes, personas con discapacidad, adultos mayores, comunidades campesinas y nativas y otros grupos humanos que por razones físicas, económicas, sociales o culturales tienen acceso limitado a disfrutar de los atractivos y servicios turísticos;

Que, en ese sentido, mediante la Resolución Ministerial Nº 493-2016-MC de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobaron las Tarifas Promocionales para el ingreso a la Ciudad Inka de Machupicchu, durante el año 2017, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la citada resolución;

Que, se ha visto por conveniente precisar que las Tarifas Promocionales contenidas en el Anexo precitado, se mantienen vigentes hasta el 31 de diciembre del año 2017;

De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Precisar que la Resolución Ministerial Nº 493-2016-MC mantiene su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2017; en tal sentido, resultan aplicables las Tarifas Promocionales contenidas en el Anexo de la mencionada resolución, para los visitantes nacionales, los extranjeros residentes en el Perú y de la Comunidad Andina.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para su difusión, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Ministro de Cultura

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