7/16/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2017-MEM/DM Imponen con carácter permanente servidumbre de ocupación

Imponen con carácter permanente servidumbre de ocupación a favor de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular Luz del Sur S.A.A. para subestación eléctrica ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2017-MEM/DM Lima, 7 de julio de 2017 VISTOS: El Expediente Nº 31241016 sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad estatal, indispensable para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1645 (en adelante, SED Nº 1645), presentada por Luz del Sur S.A.A.; y, el Informe Nº 275-2017-MEM/DGE-DCE; CONSID…
Imponen con carácter permanente servidumbre de ocupación a favor de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular Luz del Sur S.A.A. para subestación eléctrica ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2017-MEM/DM
Lima, 7 de julio de 2017
VISTOS: El Expediente Nº 31241016 sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad estatal, indispensable para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1645 (en adelante, SED
1645), presentada por Luz del Sur S.A.A.; y, el Informe
Nº 275-2017-MEM/DGE-DCE;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 107-96-EM
se otorga a favor de Luz del Sur S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica;

Que, mediante documento con Registro Nº 2664531
presentado el 14 de diciembre de 2016, Luz del Sur S.A.A. solicita la imposición de servidumbre de ocupación sobre el predio inscrito en la Partida Nº P03201929 de propiedad estatal para la SED Nº 1645, instalada dentro de su zona de concesión de distribución de energía eléctrica indicada en el considerando que antecede, ubicada en el Pueblo Joven Urbanización Jardín, Mz. R4', Lote 1, Zona Primera, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente;

Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente según el Informe de Vistos, así como lo señalado en el considerando que antecede, la servidumbre de ocupación para la SED Nº 1645 ocupa terrenos de propiedad estatal;

Que, el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, establece que los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones;

Que, el literal c) del artículo 110 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, establece la constitución de la servidumbre de ocupación indispensable para la instalación de subestaciones de distribución para el servicio público de electricidad, siendo atribución del Ministerio de Energía y Minas imponer con carácter forzoso el establecimiento de dicha servidumbre, acorde al artículo 111 de la citada Ley;

Que, la Dirección General de Electricidad ha verificado que la concesionaria cumple con los requisitos legales y procedimientos correspondientes establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, por lo que recomienda imponer la servidumbre de ocupación para la SED
Nº 1645;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Imponer con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1645, ubicada en el Pueblo Joven Urbanización Jardín, Mz. R4', Lote 1, Zona Primera, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de
Lima, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente, la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Tipo de propiedad Tipo de Terreno 31241016 Subestación Eléctrica de Distribución
Nº 1645
Ubicación: distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima Área: servidumbre de ocupación Coordenadas UTM (WGS 84)
Vértice Norte Este
A 8 654 465,846 287 123,370
B 8 654 470,329 287 122,979
C 8 654 470,633 287 126,466
D 8 654 466,150 287 126,857
Área total:

15,75 m 2
(Suelo, nivel, subterráneo y sus aires)
Estatal Urbano Artículo 2.- Aplicar a la servidumbre impuesta mediante la presente Resolución, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en las normas técnicas pertinentes.

Artículo 3.- Disponer que Luz del Sur S.A.A. adopte las medidas necesarias a fin de que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4.- Disponer que Luz del Sur S.A.A. vele permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio.

Artículo 5.- Establecer que la presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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