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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0308-2017-MINAGRI Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) del
8/18/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0308-2017-MINAGRI Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) del
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0308-2017-MINAGRI Lima, 31 de julio de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 1974-2017-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 0100-2017-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0308-2017-MINAGRI
Lima, 31 de julio de 2017
VISTOS:
El Oficio Nº 1974-2017-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 0100-2017-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales aplicables a todos los niveles de gobierno;
aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, dispone que el ahora denominado Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria;
ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno;
Que, el numeral 71.3 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;
Que, mediante el Informe Nº 0100-2017-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, de fecha 26 de julio de 2017, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ha remitido la propuesta del Plan Operativo Institucional - POI del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2018, la misma que se encuentra acorde con los objetivos de la actual gestión de Gobierno Nacional y sobre la base de la Política Nacional Agraria, aprobada por Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI; del Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado - PESEM 2015-2021 (Diciembre 2016) del Sector Agricultura y Riego, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 0602-2016-MINAGRI; y, el Plan Estratégico Institucional Actualizado PEI 2016-2018 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0207-2017-MINAGRI; lo que permitirá viabilizar el logro de los objetivos y metas a alcanzar para el Año Fiscal 2018;
Que, asimismo, el referido documento de gestión se encuentra conforme a la Directiva Sectorial Nº 004-2014-MINAGRI-DM, "Directiva Sectorial para la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional - POI del Ministerio de Agricultura y Riego, sus Programas, Proyectos Especiales y Organismos Públicos adscritos," aprobada con Resolución Ministerial Nº 0637-2014-MINAGRI; y, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, de acuerdo a la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/
PCD;
Que, asimismo, el artículo 2, de la citada Resolución, amplía el plazo señalado en el inciso 6.6 del numeral 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, referido a la aprobación del Plan Operativo Institucional 2018 hasta el 31 de julio de 2017;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la propuesta del citado documento de gestión, para establecer las actividades y responsabilidades de cada uno de los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos de la Entidad, en concordancia con los objetivos estratégicos institucionales, a fin de lograr un agro próspero con productividad, equidad, sostenibilidad e interculturalidad;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; y, la Directiva Sectorial Nº 004-2014-MINAGRI-DM, aprobada con Resolución Ministerial Nº 0637-2014-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego
para el Año Fiscal 2018, cuyo texto en Anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El cumplimiento de la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2018, que se aprueba por esta Resolución Ministerial, es de responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos del Ministerio de Agricultura y Riego, en el ámbito de sus respectivas competencias, con la finalidad de alcanzar los objetivos sectoriales.
Artículo 3º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, presentará a la Secretaría General de este Ministerio un informe trimestral, respecto al seguimiento de los avances de la implementación del Plan Operativo Institucional (POI) del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, para el Año Fiscal 2018; sin perjuicio de atender dicho órgano de asesoramiento el requerimiento de información que le solicite la Alta Dirección del MINAGRI.
Artículo 4º.- La presente Resolución se publica en el Diario Oficial El Peruano; y en la misma fecha, conjuntamente con el Anexo que forma parte de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE MANUEL HERNANDEZ CALDERON
Ministro de Agricultura y Riego
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