8/13/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 284-2017-MC Modifican las RR.MM. N°s. 422-2016-MC y 166-2017-MC, en lo

Modifican las RR.MM. Nºs. 422-2016-MC y 166-2017-MC, en lo relativo a lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco de la Ley Nº 30264 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 284-2017-MC Lima, 11 de agosto de 2017 VISTOS, el Memorando Nº 0000016-2017/GA/DM/ MC del Comité Especial designado mediante Resolución Viceministerial Nº 086-2017-VMPCIC-MC; los Memorando Nº 000833-2017/OGPP/SG/MC y Nº 000834-2017/ OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe
Modifican las RR.MM. Nºs. 422-2016-MC y 166-2017-MC, en lo relativo a lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco de la Ley Nº 30264
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 284-2017-MC
Lima, 11 de agosto de 2017
VISTOS, el Memorando Nº 0000016-2017/GA/DM/ MC del Comité Especial designado mediante Resolución Viceministerial Nº 086-2017-VMPCIC-MC; los Memorando Nº 000833-2017/OGPP/SG/MC y Nº 000834-2017/ OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000015-2017-OP/OGPP/SG/ MC de la Oficina de Presupuesto; el Informe Nº 000040-2017-OI/OGPP/SG/MC de la Oficina de Inversiones; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado tiene el objetivo de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales;

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, conforme a sus competencias, a efectuar la ejecución de proyectos de inversión pública en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, pesca, deporte, ambiente, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones y justicia, incluyendo su mantenimiento, en el ámbito de sus competencias, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230;

Que, a través del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Gobierno Regional de la Libertad de fecha 21 de junio de 2016, se establecieron lineamientos de estrecha cooperación entre las partes a fin de ejecutar de forma conjunta el proyecto denominado "Acondicionamiento turístico del complejo arqueológico El Brujo de Magdalena de Cao, distrito de Magdalena de Cao-Ascope-La Libertad", con código SNIP Nº 172122, respecto del Componente 2 Acondicionamiento Turístico El Brujo - 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo;

Que, por Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC de fecha 2 de noviembre de 2016, se aprobó la lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y sus normas reglamentarias; entre los cuales, se encuentra el citado proyecto de inversión;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2017-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1 de marzo de 2017, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, que tiene como objeto establecer disposiciones reglamentarias para la aplicación del mecanismo de Obras por Impuestos de acuerdo a las citadas normas;

Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 086-2017-VMPCIC-MC de fecha 16 de mayo de 2017, se aprueba la decisión de llevar a cabo los procesos de selección para elegir a la Empresa Privada y a la Entidad Privada Supervisora del referido proyecto de inversión, respecto del Componente 2 Acondicionamiento Turístico El Brujo - 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo; y, se constituye el Comité Especial encargado de la
convocatoria, organización y ejecución de los procesos de selección antes mencionados;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 195-2017-MC de fecha 6 de junio de 2017, se modificó la Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, a fin de complementar la información de la lista de proyectos priorizados aprobada;
y con la Adenda Nº 001 al Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Gobierno Regional de la Libertad se adecuó su contenido conforme al Decreto Supremo Nº 036-2017-EF antes citado, modificando los compromisos de las partes;

Que, mediante la Adenda Nº 002 al Convenio antes mencionado, se modificó los compromisos de inversión de las partes, complementando los componentes del proyecto a ejecutar; por lo que, con los documentos del Visto, se sustenta la necesidad de modificar la Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, modificada por la Resolución Ministerial Nº 195-2017-MC, a fin de llevar adelante los referidos procesos de selección;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 166-2017-MC de fecha 23 de mayo de 2017, se designó a la Unidad Ejecutora 001: Administración General como la Unidad Ejecutora encargada de ejecutar las actividades del citado proyecto, que estén a cargo del Ministerio de Cultura; y, de acuerdo a lo solicitado en el Memorando Nº 000016-2017/ GA/DM/MC, corresponde complementar los componentes señalados en el artículo 1 de dicha resolución;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, el Decreto Supremo Nº 036-2017-EF , que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, modificada por la Resolución Ministerial Nº 195-2017-MC, en los términos siguientes:
"Artículo 1.- Aprobar la lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 036-2017-EF, los mismos que se detallan a continuación:

Nº DEPARTAMENTO
CODIGO
SNIP
NOMBRE DEL PROYECTO
MONTO DE
INVERSIÓN EN
SOLES (...)
3 LA LIBERTAD 172122 ACONDICIONAMIENTO
TURÍSTICO DEL COMPLEJO
ARQUEOLÓGICO EL BRUJO DE
MAGDALENA DE CAO, DISTRITO
DE MAGDALENA DE CAO,
ASCOPE, LA LIBERTAD
COMPONENTES:

2. Acondicionamiento Turístico El Brujo - 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo 3. Promoción y Difusión Turística 6. Supervisión 2 913 426,90
435 853,48
203 939,88
Artículo 2.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 166-2017-MC en los términos siguientes:
"Designar a la Unidad Ejecutora 001: Administración General como la Unidad Ejecutora encargada de ejecutar las actividades del proyecto denominado "Acondicionamiento turístico del complejo arqueológico El Brujo de Magdalena de Cao, distrito de Magdalena de Cao-Ascope-La Libertad", con código SNIP Nº 172122, respecto de los Componentes: 2. Acondicionamiento Turístico El Brujo - 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo; 3. Promoción y Difusión Turística; y 6.

Supervisión, que estén a cargo del Ministerio de Cultura".

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a PROINVERSIÓN, para los efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 3 de la Ley Nº 29230.

Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo encargado del Despacho del Ministerio de Cultura

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