8/19/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 291-2017-EF/52 Precisan importe a ser depositado por la Dirección General

Precisan importe a ser depositado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2017-EF/52 Lima, 18 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF se aprobó el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, comprendidas en los alcances de la Quinta Disposición Complementaria
Precisan importe a ser depositado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2017-EF/52
Lima, 18 de agosto de 2017
CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF se aprobó el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, comprendidas en los alcances de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como los montos de sus Saldos de Balance de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados al 31 de diciembre de 2016 que constituyen recursos del Tesoro Público, estableciéndose el procedimiento para el depósito de los mismos a la Cuenta del Tesoro Público;

Que, en el marco de lo dispuesto por el último párrafo del literal f) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a depositar en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales-FONDES, creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, los recursos del Saldo de Balance a que se refiere el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF
que sean determinados mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de dicha Dirección General en coordinación con la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, mediante Memorando Nº 1357-2017-EF/50.06, del 16 de agosto de 2017, la Dirección General de Presupuesto Público manifiesta que los
requerimientos a ser atendidos con cargo al FONDES, a dicha fecha, ascienden a S/ 292 060 000,00 (Doscientos Noventa y Dos Millones Sesenta Mil y 00/100 Soles);

De conformidad con el último párrafo del literal f) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, y el inciso n) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo único.- El importe a ser depositado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales-FONDES, creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, con cargo a los recursos provenientes de los Saldos de Balance a que se refiere el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF, asciende a S/ 292 060 000,00 (Doscientos Noventa y Dos Millones Sesenta Mil y 00/100
Soles).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas

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