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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 459-2017-MINEDU Modifican el T exto Unico de Procedimientos
8/18/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 459-2017-MINEDU Modifican el T exto Unico de Procedimientos
Modifican el T exto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2017-MINEDU Lima, 16 de agosto de 2017 VISTOS, el Expediente Nº 2017-0082341, que contiene los Oficios Nºs 050-2017/SUNEDU-03, 058-2017/ SUNEDU-03 y 068-2017/SUNEDU-03; los Informes Nºs 040-2017/SUNEDU-03-07 y 52-2017/SUNEDU-03-07; los Informes Nºs 089-2017/SUNEDU-03-06 y 0124-2017/ SUNEDU-03-06; el Informe Nº 61-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME;
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2017-MINEDU
Lima, 16 de agosto de 2017
VISTOS, el Expediente Nº 2017-0082341, que contiene los Oficios Nºs 050-2017/SUNEDU-03, 058-2017/ SUNEDU-03 y 068-2017/SUNEDU-03; los Informes Nºs 040-2017/SUNEDU-03-07 y 52-2017/SUNEDU-03-07;
los Informes Nºs 089-2017/SUNEDU-03-06 y 0124-2017/ SUNEDU-03-06; el Informe Nº 61-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME; y el Informe Nº 712-2017-MINEDU/SG-OGAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) como Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal. Tiene domicilio y sede principal en la ciudad de Lima y ejerce su jurisdicción a nivel nacional, con su correspondiente estructura orgánica;
Que, el numeral 39.1 del artículo 39 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, dispone que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por la decisión del titular de los organismos constitucionalmente autónomos. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad;
Que, con Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprobaron los Lineamientos para elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en el marco de la Ley Nº 27444; cuya finalidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de los referidos Lineamientos, es permitir que los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos cumplan con su propósito de ser documentos compiladores, informativos y simplificadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas entidades administrativas del Estado;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-MINEDU, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU);
Que, el numeral 39.3 del artículo 39 del TUO de la Ley Nº 27444, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; asimismo, el numeral 43.5 del artículo 43 del citado TUO, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;
Que, con Oficios Nºs 050-2017/SUNEDU-03, 058-2017/SUNEDU-03 y 068-2017/SUNEDU-03, la Secretaría General de la SUNEDU, propone la modificación del TUPA de la SUNEDU, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa y en el Decreto Legislativo Nº 1272, que modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; para lo cual adjunta los Informes Nºs 040-2017/SUNEDU-03-07 y 52-2017/SUNEDU-03-07 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y 089-2017/SUNEDU-03-06 y 0124-2017/ SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la SUNEDU, respectivamente, que sustentan que la referida modificación consiste en eliminar el Procedimiento Nº 2:
"Emisión de constancia de inscripción del diploma en el Registro Nacional de Grados y Títulos (Universidades, Instituciones y Escuelas de Educación Superior)" y el Procedimiento Nº 4: "Corrección de datos ingresados en el Registro Nacional de Grados y Títulos por error u omisión de las Universidades, Instituciones y Escuelas de Educación Superior Universitaria"; modificar la denominación del Procedimiento Nº1 por "Emisión de Constancia de Inscripción de los grados académicos y títulos profesionales o de resoluciones de reconocimiento en el Registro Nacional de Grados y Títulos", y del Procedimiento Nº 3 por "Reconocimiento de diplomas de grados y títulos obtenidos en el extranjero"; modificar el requisito 1 del Procedimiento Nº 3 por "Diploma que acredite el grado académico o título profesional que debe contar con la Apostilla de La Haya o legalizaciones respectivas, según sea el caso"; eliminar los requisitos 1, 2, 3 y 4 del Procedimiento Nº 1 y los requisitos 2, 3, 4, 5
y 6 del Procedimiento Nº 3; actualizar la base legal de los procedimientos administrativos y servicio brindado en exclusividad; y modificar las unidades orgánicas donde inician los Procedimientos Nºs 1 y 3 y el servicio brindado en exclusividad;
Que, mediante Informe Nº 61-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que la citada propuesta cumple con las normas vigentes para la elaboración y aprobación del TUPA; por lo que, concluye que es procedente su aprobación;
Que, resulta necesario aprobar la modificación del TUPA de la SUNEDU, con la finalidad de brindar un servicio eficiente a los ciudadanos, así como información precisa sobre sus procedimientos administrativos y servicio prestado en exclusividad, conforme a lo establecido en el numeral 39.3 del artículo 39 y numeral 43.5 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444, toda vez que la misma no involucra la creación de nuevos procedimientos, así como el incremento de derechos de tramitación o requisitos;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; el Decreto Legislativo Nº 1246, que aprueba las diversas medidas de simplificación administrativa; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA, en el marco de la Ley Nº 27444;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU)
Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-MINEDU, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) serán publicados en el Diario Oficial "El Peruano"; así como, en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe); en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe); y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARILÚ MARTENS CORTÉS
Ministra de Educación
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